Norma Legal Oficial del día 20 de junio del año 2019 (20/06/2019)


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NORMAS LEGALES

Jueves 20 de junio de 2019 /

El Peruano

doctrina, organización, el empleo de nueva tecnología y otros recursos materiales entre ambos Ejércitos; Que, conforme a lo mencionado en la Hoja de Gastos del Jefe del Departamento de Presupuesto de la Dirección de Relaciones Internacionales del Ejército del 20 de mayo de 2019, los gastos derivados por concepto de compra de pasajes aéreos internacionales de ida y vuelta que ocasione la presente autorización de viaje, se efectuarán con cargo al Presupuesto Institucional del Año Fiscal 2019 de la Unidad Ejecutora 003: Ejército Peruano, conforme a lo establecido en el inciso a) del artículo 10 del Reglamento de Viajes al Exterior del Personal Militar y Civil del Sector Defensa, aprobado con el Decreto Supremo N° 002-2004DE/SG; Que, la actividad antes señalada se encuentra considerada en el Plan de Viajes al Exterior del Sector Defensa para el Año Fiscal 2019; el cual se encuentra pendiente de aprobación; Que, teniendo en consideración los itinerarios de los vuelos internacionales; y, con el fin de prever la participación de los Oficiales Superiores en la fecha requerida, es necesario autorizar su salida del país con un (01) día de anticipación, así como su retorno un (01) día posterior al término del mismo, sin que estos días adicionales irroguen gasto alguno al Tesoro Público; Estando a lo propuesto por el Comandante General del Ejército; y, De conformidad con el Decreto Legislativo N° 1134, que aprueba la Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Defensa, el Decreto Supremo N° 0062016-DE, que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Defensa; la Ley N° 30879, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2019; la Ley Nº 27619, Ley que Regula la Autorización de Viajes al Exterior de Servidores y Funcionarios Públicos y su Reglamento aprobado con el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM y modificado con el Decreto Supremo N° 056-213-PCM; el Decreto Supremo N° 002-2004/DE/SG y sus modificatorias, que reglamentan los Viajes al Exterior del Personal Militar y Civil del Sector Defensa. SE RESUELVE: Artículo 1.- Autorizar el viaje al exterior en Comisión de Servicio, al Coronel EP Raúl Enrique DEVOTO URIBE, Subdirector de Gestión de Riesgo de Desastres, de la Dirección de Apoyo al Desarrollo Nacional del Ejército, identificado con DNI N° 07472766 y CIP N° 115447800, y al Coronel EP Carlos Alberto TEJADA GALESSIO, Jefe del Departamento de Apoyo al Desarrollo, del Comando de Apoyo al Desarrollo Nacional del Ejército, identificado con DNI N° 43800796 y CIP N° 115660800, para participar en la "Capacitación Avanzada y Asesoramiento en Gestión y Preservación Ambiental; e, Intercambio de Experiencias relacionado con Gestión de Desastres/ Sismos", a realizarse en la ciudad de Buenos Aires, República Argentina, en el periodo comprendido del 24 de junio de 2019 al 28 de junio de 2019; así como autorizar su salida del país el 23 de junio de 2019 y su retorno al país el 29 de junio de 2019. Artículo 2.- El Ministerio de Defensa ­ Ejército del Perú, efectuará los pagos que correspondan, con cargo al presupuesto institucional del Año Fiscal 2019, de acuerdo a los conceptos siguientes: Pasajes Aéreos: Lima ­ Buenos Aires (República Argentina) ­ Lima (Clase Económica) US$ 648.48 x 02 personas (Incluye TUUA) US$. 1,296.96 Total a pagar en Dólares Americanos US$ 1,296.96

y los resultados obtenidos durante el viaje autorizado, dentro de los quince (15) días calendario contados a partir de la fecha de retorno al país. Artículo 5.- La presente Resolución Ministerial no dará derecho a exoneración ni liberación de impuestos aduaneros de ninguna clase o denominación. Regístrese, comuníquese y publíquese. JOSÉ HUERTA TORRES Ministro de Defensa 1780643-1

Modifican Anexo de la R.M. N° 1567-2017DE/SG a fin de incluir a la Oficina General de Administración del INDECI como Unidad Ejecutora de Inversiones del Ministerio
RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 0779-2019-DE/SG Jesús María, 18 de junio de 2019 VISTOS: El Informe N° 110-2019-MINDEF/VRD/DGPP/DIPRI de fecha 20 de mayo de 2019, emitido por la Dirección de Programación de Inversiones del Ministerio de Defensa; y, el Informe Legal de la Oficina General de Asesoría Jurídica. CONSIDERANDO: Que, el Decreto Legislativo N° 1252 tiene por objeto la creación del Sistema Nacional de Programación Multianual y Gestión de Inversiones como sistema administrativo del Estado, con la finalidad de orientar el uso de los recursos públicos destinados a la inversión para la efectiva prestación de servicios y la provisión de la infraestructura necesaria para el desarrollo del país; Que, el numeral 5.1 del artículo 5 del Texto Único Ordenado del referido dispositivo legal, ha previsto que son Órganos del mencionado Sistema, la Dirección General de Programación Multianual y Gestión de Inversiones, los Órganos Resolutivos, las Oficinas de Programación Multianual de Inversiones, las Unidades Formuladoras y las Unidades Ejecutoras de Inversiones del Sector, Gobierno Regional o Gobierno Local; Que, el artículo 9 del Reglamento del Decreto Legislativo N° 1252, aprobado por el Decreto Supremo N° 284-2018-EF, establece que el Órgano Resolutivo es el Ministro, el Titular o la máxima autoridad ejecutiva del Sector; Que, el numeral 13.2 del artículo 13 del precitado Reglamento, establece que son Unidades Ejecutoras de Inversiones ­ UEI las unidades ejecutoras, pudiendo ser UEI cualquiera de las unidades de la organización de las entidades y los órganos de las empresas públicas sujetas al Sistema Nacional de Programación Multianual y Gestión de Inversiones; Que, mediante Resolución Ministerial N° 15672017 DE/SG se designó a los órganos que realizan las funciones de Unidades Ejecutoras de Inversiones ­ UEI del Ministerio de Defensa, así como sus responsables, de acuerdo al marco normativo del Decreto Legislativo N° 1252; Que, mediante la Resolución Ministerial N° 4652017-DE/SG, se designó a la Dirección de Programación de Inversiones como órgano encargado de realizar las funciones de la Oficina de Programación Multianual de Inversiones - OPMI en el Ministerio de Defensa, así como al Director de Programación de Inversiones de la Dirección General de Planeamiento y Presupuesto, como Responsable de la Oficina de Programación Multianual de Inversiones en el Ministerio de Defensa; Que, con Oficio N° 2126-2019-INDECI/4.0 el Secretario General del Instituto Nacional de Defensa Civil, solicita el registro de la Oficina General de Administración

Artículo 3.- El Comandante General del Ejército queda facultado para variar la fecha de inicio y término de la autorización a que se refiere el artículo 1, sin exceder el total de días autorizados y sin variar la actividad para la cual se autoriza el viaje, ni el nombre del personal autorizado. Artículo 4.- Los Oficiales Superiores designados deberán cumplir con presentar un informe detallado ante el titular de la Entidad, describiendo las acciones realizadas

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