Norma Legal Oficial del día 01 de marzo del año 2019 (01/03/2019)


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TEXTO DE LA PÁGINA 86

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NORMAS LEGALES

Viernes 1 de marzo de 2019 /

El Peruano

5. Con fecha 15 de junio de 2018 (fojas 4), Alfredo Cueva Torres, regidor del Concejo Distrital de Chavín de Pariarca, provincia de Huamalíes, departamento de Huánuco, presentó su solicitud de licencia, sin goce de haber, siendo esta aprobada mediante Acuerdo de Concejo N.° 007-2018-MDCHP, de fecha 9 de julio de 2018 (fojas 2 y 3), por el periodo comprendido entre el 7 de setiembre y el 7 de octubre de 2018. 6. En el presente caso, se aprecia que el regidor presentó su solicitud de licencia dentro del plazo previsto, por lo que, para completar el número de regidores, en cumplimiento de las disposiciones establecidas en la Resolución Nº 0081-2018-JNE, en concordancia con lo dispuesto en el numeral 2 del artículo 24 de la Ley N.° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, resulta procedente convocar a Ynés Pujay Calixto, identificada con DNI N.° 71926197, candidata no proclamada de la organización política Avanzada Regional Independiente Unidos por Huánuco, conforme a la información remitida por el Jurado Electoral Especial de Huamalíes, con motivo de las Elecciones Regionales y Municipales 2014. Por lo tanto, el Pleno del Jurado Nacional de Elecciones, en uso de sus atribuciones, RESUELVE Artículo Primero.- DEJAR SIN EFECTO la credencial otorgada a Alfredo Cueva Torres, regidor del Concejo Distrital de Chavín de Pariarca, provincia de Huamalíes, departamento de Huánuco, por el periodo comprendido entre el 7 de setiembre y el 7 de octubre de 2018. Artículo Segundo.- CONVOCAR a Ynés Pujay Calixto, identificada con DNI N.° 71926197, para que asuma, provisionalmente, el cargo de regidora del Concejo Distrital de Chavín de Pariarca, provincia de Huamalíes, departamento de Huánuco, por el periodo comprendido entre el 7 de setiembre y el 7 de octubre de 2018, otorgándosele la correspondiente credencial que la faculta como tal. Regístrese, comuníquese y publíquese. SS. TICONA POSTIGO ARCE CÓRDOVA CHANAMÉ ORBE

no juramentó a su cargo para el periodo de gobierno municipal 2019-2022, debido a su fallecimiento. CONSIDERANDOS 1. El artículo 6.de la Ley Nº 26997, que establece la conformación de las comisiones de transferencia de la administración municipal, en concordancia con el artículo 34 de la Ley Nº 20864, Ley de Elecciones Municipales (en adelante, LEM), dispone que los ciudadanos proclamados autoridades municipales deberán juramentar de acuerdo con el procedimiento establecido en dicha norma. 2. En el presente caso, se advierte que Javier Sandoval Siesquen, regidor electo para el Concejo Distrital de Mórrope, provincia y departamento de Lambayeque, en el marco de las Elecciones Regionales y Municipales 2018, no juramentó ni asumió el cargo para el periodo de gobierno municipal 2019-2022, debido a su fallecimiento, lo cual se encuentra acreditado por la copia certificada del acta de defunción que obra a fojas 7. 3. Estando a lo expuesto, debe procederse conforme lo dispone el artículo 35 de la LEM, que establece que para cubrir las vacantes que se produzcan en los concejos municipales se incorpora al candidato inmediato que no hubiera sido proclamado, de acuerdo con el orden de resultados del escrutinio final, y que haya figurado en la misma lista que integro el regidor que produjo la vacante 4. En ese sentido, en aplicación del numeral 2 del artículo 24 de la Ley de Orgánica de Municipalidades, que establece que en casos de vacancia del regidor, este es reemplazado por el suplente, respetando la precedencia establecida en su propia lista electoral, corresponde dejar sin efecto la credencial que le fuera otorgada a Javier Sandoval Siesquen como regidor del Concejo Distrital de Mórrope, provincia y departamento de Lambayeque, y convocar a Luz Angélica Baldera Sandoval, identificada con DNI Nº 77291836, candidata no proclamada de la organización política Partido Aprista Peruano, a efectos de que asuma el cargo de regidora del citado concejo distrital a fin de completar el periodo de gobierno municipal 2019-2022. 5. Cabe señalar que dicha convocatoria se realiza de conformidad con el Acta General de Proclamación de Resultados de Cómputo y de Autoridades Municipales Distritales Electas, de fecha 16 de noviembre de 2018, emitida por el Jurado Electoral Especial de Chiclayo, con motivo de las Elecciones Regionales y Municipales 2018. Por lo tanto, el Pleno del Jurado Nacional de Elecciones, en uso de sus atribuciones, RESUELVE

CHÁVARRY CORREA RODRÍGUEZ VÉLEZ Concha Moscoso Secretaria General 1745566-25 Artículo Primero.- DEJAR SIN EFECTO la credencial que le fuera otorgada a Javier Sandoval Siesquen como regidor de la Municipalidad Distrital de Mórrope, provincia y departamento de Lambayeque, emitida con motivo de las Elecciones Regionales y Municipales 2018. Artículo Segundo.- CONVOCAR a Luz Angélica Baldera Sandoval, identificada con DNI Nº 77291836, para que asuma el cargo de regidora del Concejo Distrital de Mórrope, provincia y departamento de Lambayeque, a fin de completar el periodo de gobierno municipal 20192022, para lo cual se le otorgará la respectiva credencial que la faculte como tal. Regístrese, comuníquese y publíquese. SS. TICONA POSTIGO ARCE CÓRDOVA CHANAMÉ ORBE Lima, diecinueve de febrero de dos mil diecinueve CHÁVARRY CORREA VISTA la solicitud de convocatoria de candidato no proclamado, presentado por Nery Alejandro Castillo Santamaría, alcalde de la Municipalidad Distrital de Mórrope, provincia y departamento de Lambayeque, en vista de que el regidor electo Javier Sandoval Siesquen Concha Moscoso Secretaria General 1745566-1

Convocan a ciudadana para que asuma cargo de regidora del Concejo Distrital de Mórrope, provincia y departamento de Lambayeque
RESOLUCIÓN Nº 0018-2019-JNE Expediente Nº JNE.2019000115 MÓRROPE - LAMBAYEQUE - LAMBAYEQUE CONVOCATORIA DE CANDIDATO NO PROCLAMADO

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