Norma Legal Oficial del día 08 de marzo del año 2019 (08/03/2019)


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TEXTO DE LA PÁGINA 31

El Peruano / Viernes 8 de marzo de 2019

NORMAS LEGALES

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d) En materia de contrataciones del Estado: (...) - Aprobar el otorgamiento de la buena pro a las propuestas que superen el valor estimado o el valor referencial en los procedimientos de selección. (...) - Aprobar las contrataciones directas en los supuestos previstos en los literales e), g), j), k), l) y m) del numeral 27.1 del artículo 27 de la Ley de Contrataciones del Estado. (...) - Declarar la nulidad del pliego de absolución de consultas y observaciones e integración de bases, en caso se incurra en alguno de los supuestos previstos en el numeral 44.2 del artículo 44 de la Ley. (...)." Artículo 2.- Dejar subsistentes las demás disposiciones contenidas en la Resolución de Presidencia Ejecutiva N° 002-2019-INACAL/PE. Artículo 3.- Notificar la presente resolución a la Oficina de Administración del Instituto Nacional de Calidad. Regístrese, comuníquese y publíquese. ROCÍO BARRIOS ALVARADO Presidenta Ejecutiva Instituto Nacional de Calidad 1747252-1

General del Perú en Bruselas, Reino de Bélgica, con eficacia anticipada, al 9 de febrero de 2019, fecha de su fallecimiento. Artículo 2.- Cancelar las Letras Patentes correspondientes. Artículo 3.- Aplicar el egreso que irrogue la presente Resolución Suprema a las partidas correspondientes del pliego presupuestal del Ministerio de Relaciones Exteriores. Artículo 4.- La presente Resolución Suprema será refrendada por el Ministro de Relaciones Exteriores. Regístrese, comuníquese y publíquese. MARTÍN ALBERTO VIZCARRA CORNEJO Presidente de la República NÉSTOR POPOLIZIO BARDALES Ministro de Relaciones Exteriores 1747891-14

Dan por terminadas funciones de Embajador Extraordinario y Plenipotenciario del Perú en la República de Panamá
RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 046-2019-RE Lima, 7 de marzo de 2019 CONSIDERANDO:

RELACIONES EXTERIORES
Dan por terminadas funciones de Cónsul General del Perú en Bruselas, Reino de Bélgica
RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 045-2019-RE Lima, 7 de marzo de 2019 VISTAS: La Resolución Suprema Nº 040-2014-RE, que nombró al entonces Consejero en el Servicio Diplomático de la República Wilbert Haya Enríquez, Cónsul General del Perú en Bruselas, Reino de Bélgica, desde el 1 de mayo de 2014; La Resolución Suprema Nº 032-2019-RE, que dispone dar por terminada la carrera pública del Ministro Consejero en el Servicio Diplomático de la República Wilbert Haya Enríquez, con eficacia anticipada, a partir del 9 de febrero de 2019, fecha de su fallecimiento; CONSIDERANDO: Que, el referido funcionario diplomático falleció el 9 de febrero de 2019, conforme se acredita con el Acta de Defunción Nº 02005977, expedida por el Consulado General del Perú en Bruselas, Reino de Bélgica; De conformidad con la Ley Nº 28091, Ley del Servicio Diplomático de la República y sus modificatorias, el Decreto Supremo Nº 130-2003-RE, Reglamento de la Ley del Servicio Diplomático de la República y sus modificatorias; el Reglamento Consular del Perú, aprobado por el Decreto Supremo Nº 076-2005-RE; y, el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Relaciones Exteriores, aprobado por Decreto Supremo Nº 135-2010-RE; y, Decreto Supremo Nº 004-2019-JUS, que aprueba el Texto Único Ordenado de la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General; SE RESUELVE: Artículo 1.- Dar por terminadas las funciones del Ministro Consejero en el Servicio Diplomático de la República Wilbert Haya Enríquez, como Cónsul

Que, mediante Resolución Suprema N° 134-2017RE, de 10 de mayo de 2017, se nombró Embajador Extraordinario y Plenipotenciario del Perú en la República de Panamá al Embajador en el Servicio Diplomático de la República Mario Juvenal López Chávarri; Que, mediante Resolución Ministerial N° 0387-2017RE, se fijó el 1 de junio de 2017, como la fecha en que el citado funcionario diplomático asumió funciones como Embajador Extraordinario y Plenipotenciario del Perú en la República de Panamá; De conformidad con la Ley N° 28091, Ley del Servicio Diplomático de la República y modificatorias, el Decreto Supremo N° 130-2003-RE, Reglamento de la Ley del Servicio Diplomático de la República y modificatorias; y, el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Relaciones Exteriores, aprobado por Decreto Supremo N° 135-2010-RE; SE RESUELVE: Artículo 1.- Dar por terminadas las funciones del Embajador en el Servicio Diplomático de la República Mario Juvenal López Chávarri, como Embajador Extraordinario y Plenipotenciario del Perú en la República de Panamá. Artículo 2.- La fecha de término de sus funciones será fijada mediante Resolución Ministerial. Artículo 3.- Cancelar las Cartas Credenciales y los Plenos Poderes correspondientes. Artículo 4.- Darle las gracias, por los importantes servicios prestados a la Nación en el desempeño de sus funciones. Artículo 5.- Aplicar el egreso que irrogue la presente Resolución a las partidas correspondientes del Pliego Presupuestal del Ministerio de Relaciones Exteriores. Artículo 6.- La presente Resolución Suprema será refrendada por el Ministro de Relaciones Exteriores. Regístrese, comuníquese y publíquese. MARTÍN ALBERTO VIZCARRA CORNEJO Presidente de la República NÉSTOR POPOLIZIO BARDALES Ministro de Relaciones Exteriores 1747891-15

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