Norma Legal Oficial del día 09 de marzo del año 2019 (09/03/2019)


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NORMAS LEGALES

Sábado 9 de marzo de 2019 /

El Peruano

PRODUCE
Convocan a procesos electorales, del año 2019, para la elección de representantes de las Asociaciones de las MYPE y Comités de MYPE en espacios de representación de ámbito nacional y regional
RESOLUCIÓN MINISTERIAL N°076-2019-PRODUCE Lima, 8 de marzo de 2019 VISTOS: El Informe N° 012-2019-PRODUCE/DCImmoralesc y el Memorando N° 53-2019-PRODUCE/ DVMYPE-I/DGDE/DCI de la Dirección de Cooperativas e Institucionalidad; los Memorandos Nos. 392 y 553-2019-PRODUCE/DVMYPE-I/DGDE de la Dirección General de Desarrollo Empresarial; el Informe N° 206-2019-PRODUCE/OGAJ de la Oficina General de Asesoría Jurídica; y, CONSIDERANDO: Que, de acuerdo con el artículo 3 del Decreto Legislativo N° 1047, Decreto Legislativo que aprueba la Ley de Organización y Funciones del Ministerio de la Producción y modificatorias, el Ministerio de la Producción es competente, entre otros, en materia de micro y pequeña empresa, y promoción y desarrollo de cooperativas; Que, la Ley N° 29051, Ley que regula la participación y la elección de los representantes de las MYPE en las diversas entidades públicas y modificatoria, establece el marco legal para el acceso de las Asociaciones de las Micro y Pequeñas Empresas­MYPE, así como de los Comités de MYPE constituidos al interior de otras organizaciones gremiales, a los espacios de representación de entidades públicas que, por su naturaleza, finalidad, ámbito y competencia, se encuentran vinculadas directamente con la temática de las MYPE; Que, el literal d) del numeral 2.1 del artículo 2 del Reglamento de la Ley N° 29051, aprobado por Decreto Supremo N° 014-2015-PRODUCE, en adelante el Reglamento, define como "Espacio de Representación" a las comisiones, consejos, directorios, u órganos colegiados de naturaleza directiva, consultiva o ejecutora, integrados o adscritos a la estructura de una entidad pública, creados por Resolución Ministerial o norma de mayor jerarquía, de tipo permanente y que cuentan entre sus miembros, conforme a su norma de creación, con representantes de las MYPE; asimismo, el artículo 5 establece que el Ministerio de la Producción realiza el proceso electoral para todas las entidades públicas que cuentan con espacios de representación una (01) vez al año, para tal fin, dichas entidades públicas deben solicitar la realización del proceso electoral; Que, el literal b) del numeral 7.1 del artículo 7 del Reglamento, señala que el Ministerio de la Producción realiza la convocatoria al proceso electoral mediante Resolución Ministerial; igualmente, el artículo 8 señala que en la convocatoria se dispone la publicación del cronograma de acciones y plazos que deben tener en cuenta las Asociaciones de las MYPE y Comités de MYPE para participar en el proceso electoral, así como los requisitos que solicitan las entidades públicas bajo el ámbito de aplicación de la Ley N° 29051, entre otra información relevante; Que, el artículo 16 del Reglamento establece que el Ministerio de la Producción, en la Resolución Ministerial de convocatoria, constituye y designa al Comité Electoral responsable de conducir el proceso electoral, disponiendo su instalación y la fecha de inicio de sus funciones; Que, con la Resolución Ministerial N° 198-2015-PRODUCE, se aprueban las "Normas Complementarias al Decreto Supremo N° 014-2015-PRODUCE, que aprueba el Reglamento de la Ley N° 29051, Ley que regula la participación y elección

de los representantes de las MYPE en las diversas entidades públicas"; Que, mediante la Ley N° 30075, Ley de Fortalecimiento de la Comisión de Promoción del Perú para la Exportación y el Turismo­PROMPERÚ, se dispone que el órgano máximo de dirección de PROMPERÚ es su Consejo Directivo, el cual está integrado por veinte (20) miembros, entre los cuales se encuentra un (01) representante de las Asociaciones de la Micro y Pequeña Empresa, elegido conforme a la Ley N° 29051 y su Reglamento; Que, de acuerdo a lo dispuesto en los artículos 85 y 86 del Texto Único Ordenado de la Ley de Impulso al Desarrollo Productivo y al Crecimiento Empresarial, aprobado por Decreto Supremo N° 013-2013-PRODUCE, los Gobiernos Regionales crean, en cada región, un Consejo Regional de la Micro y Pequeña Empresa, con el objeto de promover el desarrollo, la formalización y la competitividad de la MYPE en su ámbito geográfico y su articulación con los planes y programas nacionales; siendo así, la conformación de dicho Consejo responderá a las particularidades del ámbito regional, debiendo estar representados el sector público y las MYPE, y presidido por un representante del Gobierno Regional; Que, con los Memorandos Nos. 392 y 553-2019-PRODUCE/DVMYPE-I/DGDE, la Dirección General de Desarrollo Empresarial remite el Informe N° 012-2019-PRODUCE/DCI-mmoralesc y el Memorando N° 53-2019-PRODUCE/DVMYPE-I/DGDE/DCI, respectivamente, mediante los cuales la Dirección de Cooperativas e Institucionalidad, en atención: i) a las solicitudes cursadas por las entidades públicas para la convocatoria e implementación de los procesos de elección, ii) al ámbito territorial de los espacios de representación a ser cubiertos, y iii) al nivel de representación vigente de las Asociaciones y Comités de las MYPE reconocidos por el Registro Nacional de Asociaciones de la Micro y Pequeña Empresa­RENAMYPE, solicita la convocatoria para la elección, del año 2019, de los representantes de las MYPE en el espacio de representación pública de ámbito nacional: Consejo Directivo de PROMPERÚ, y en los espacios de representación pública de ámbito de un Gobierno Regional: Consejos Regionales de la Micro y Pequeña Empresa de los Gobiernos Regionales de Huánuco, La Libertad, Madre de Dios y Tumbes; proponiendo para tal fin, la publicación de la referida convocatoria, la misma que incluye el cronograma del proceso electoral; Que, en mérito a las normas antes citadas, es necesario realizar la convocatoria para la elección, del año 2019, de los representantes de las Asociaciones de las MYPE y Comités de MYPE en los espacios de representación de las entidades públicas mencionados en el considerando precedente, que han presentado al Ministerio de la Producción las solicitudes de convocatoria e inicio del proceso electoral correspondiente; De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 29051, Ley que regula la participación y la elección de los representantes de las MYPE en las diversas entidades públicas y modificatoria, y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo N° 014-2015-PRODUCE; el Decreto Legislativo N° 1047, Decreto Legislativo que aprueba la Ley de Organización y Funciones del Ministerio de la Producción y modificatorias; y el Decreto Supremo N° 002-2017-PRODUCE, que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de la Producción y modificatoria; SE RESUELVE: Artículo 1.- Convocatoria para la elección, del año 2019, de los representantes de las MYPE en los espacios de representación de las entidades públicas 1.1Convóquese al proceso electoral, del año 2019, para la elección del representante de las Asociaciones de las MYPE y Comités de MYPE en el espacio de representación de la siguiente entidad pública de ámbito nacional: - Un (01) representante ante el Consejo Directivo de la Comisión de Promoción del Perú para la Exportación y el Turismo­PROMPERÚ. 1.2 Convóquese a los procesos electorales, del

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