Norma Legal Oficial del día 09 de marzo del año 2019 (09/03/2019)


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TEXTO DE LA PÁGINA 41

El Peruano / Sábado 9 de marzo de 2019

NORMAS LEGALES

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año 2019, para la elección de los representantes de las Asociaciones de las MYPE en los espacios de representación de las siguientes entidades públicas de ámbito de un Gobierno Regional: - Cuatro (04) representantes ante el Consejo Regional de la Micro y Pequeña Empresa del Gobierno Regional de Huánuco. - Cinco (05) representantes ante el Consejo Regional de la Micro y Pequeña Empresa del Gobierno Regional de La Libertad. - Cuatro (04) representantes ante el Consejo Regional de la Micro y Pequeña Empresa del Gobierno Regional de Madre de Dios. - Cuatro (04) representantes ante el Consejo Regional de la Micro y Pequeña Empresa del Gobierno Regional de Tumbes. 1.3 La Dirección de Cooperativas e Institucionalidad de la Dirección General de Desarrollo Empresarial realiza los procesos electorales antes señalados, conforme a las disposiciones, los requisitos y el cronograma de acciones y plazos que establece la Convocatoria que, en Anexo, forma parte integrante de la presente Resolución, y conforme a las disposiciones establecidas en la Ley N° 29051, Ley que regula la participación y la elección de los representantes de las MYPE en las diversas entidades públicas, su Reglamento aprobado por Decreto Supremo N° 014-2015-PRODUCE y sus Normas Complementarias aprobadas por Resolución Ministerial N° 198-2015-PRODUCE, así como las demás disposiciones que aprueben y publiquen los Comités Electorales respectivos. Artículo 2.- Requisitos generales y especiales 2.1 Las Asociaciones de las MYPE y Comités de MYPE, y sus candidatos titulares y suplentes deben cumplir con los requisitos correspondientes establecidos en los artículos 22 y 23 del Reglamento de la Ley N° 29051, aprobado por Decreto Supremo N° 014-2015-PRODUCE, así como en el numeral 7.3.3 de las Normas Complementarias, aprobadas por Resolución Ministerial N° 198-2015-PRODUCE. 2.2 Para la elección del representante de las Asociaciones de las MYPE y Comités de MYPE en el espacio de representación de la entidad pública de ámbito nacional, Consejo Directivo de la Comisión de Promoción del Perú para la Exportación y el Turismo­PROMPERÚ, los candidatos deben cumplir con el siguiente requisito especial: - Acreditar ser el conductor (persona natural con negocio) o accionista, socio, Gerente General (persona jurídica) de una MYPE exportadora. 2.3 Para la elección de los representantes de las Asociaciones de las MYPE en los espacios de representación de las entidades públicas de ámbito de un Gobierno Regional, Consejos Regionales de la Micro y Pequeña Empresa de los Gobiernos Regionales de Huánuco, La Libertad, Madre de Dios y Tumbes, no se contemplan requisitos especiales para los candidatos. Artículo 3.- Constitución de Comités Electorales

3.2 Los Comités Electorales se instalan en un plazo no mayor de diez (10) días hábiles, contados a partir del día siguiente de la publicación de la presente Resolución, e inician sus funciones a partir de la fecha de su instalación. 3.3 Las funciones y actuaciones de los Comités Electorales se sujetan a las disposiciones contenidas en la Ley N° 29051, su Reglamento aprobado por Decreto Supremo N° 014-2015-PRODUCE, sus Normas Complementarias aprobadas por Resolución Ministerial N° 198-2015-PRODUCE y las demás disposiciones que aprueben y publiquen los Comités Electorales. 3.4 El Comité Electoral adiciona a su denominación las siglas de la entidad pública y/o del espacio de representación respecto del cual se realiza el proceso electoral de los representantes de las MYPE. Artículo 4.- Fecha, horario y modalidad del acto electoral El acto electoral se realiza el 30 de abril de 2019, en el horario de 09:00 a 15:00 horas, en la modalidad virtual, para lo cual la Dirección de Cooperativas e Institucionalidad de la Dirección General de Desarrollo Empresarial del Despacho Viceministerial de MYPE e Industria del Ministerio de la Producción, coordina con la Oficina Nacional de Procesos Electorales­ONPE, las acciones de asistencia técnica que correspondan. Artículo 5.- Difusión del proceso electoral Los Comités Electorales disponen la publicación de los actos realizados en el marco de los procesos electorales convocados en el artículo 1 de la presente Resolución, en el Portal Institucional del Ministerio de la Producción, a fin de garantizar la adecuada difusión conforme a lo establecido en el artículo 13 del Reglamento de la Ley N° 29051, aprobado por Decreto Supremo N° 014-2015-PRODUCE. Artículo 6.- Publicidad Publicar la presente Resolución y la Convocatoria en el Portal Institucional del Ministerio de la Producción (www.gob.pe/produce), el mismo día de la publicación de la presente Resolución en el Diario Oficial El Peruano. Regístrese, comuníquese y publíquese RAÚL PÉREZ-REYES ESPEJO Ministro de la Producción 1748314-1

RELACIONES EXTERIORES
Autorizan viaje de funcionario diplomático a la República de Corea, en comisión de servicios
RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 0149/RE-2019 Lima, 6 de marzo de 2019 CONSIDERANDO:

3.1 Constitúyanse los Comités Electorales que se encargan de la conducción de los procesos electorales a que se refiere el artículo 1 de la presente Resolución, los cuales se conforman, en cada caso, por los siguientes miembros: a) Presidente: El/La Director/a de la Dirección de Cooperativas e Institucionalidad de la Dirección General de Desarrollo Empresarial del Despacho Viceministerial de MYPE e Industria del Ministerio de la Producción. b) Secretario: El/La profesional designado/a por el Despacho Viceministerial de MYPE e Industria del Ministerio de la Producción. c) Vocal: El/La profesional designado/a por el espacio de representación que solicitó la convocatoria al proceso electoral.

Que, el Taller "Veinte años del FOCALAE y más" organizado por el Ciber Secretariado del Foro de Cooperación América Latina-Asia del Este, FOCALAE, se realizará en la ciudad de Seúl, República de Corea, el 26 y 27 de marzo 2019; Que, el objetivo del referido taller es evaluar los compromisos adoptados en la ciudad de Busán, República de Corea, en agosto de 2017, particularmente, los avances del "Nuevo Plan de Acción" y realizar los preparativos para la 9° Reunión de Ministros de Relaciones Exteriores del FOCALAE (FMM) a celebrarse este año en la República Dominicana; Que, el Perú es un miembro activo del referido Foro, participando en sus reuniones e incentivando las iniciativas de cooperación en materia de crecimiento

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