Norma Legal Oficial del día 12 de marzo del año 2019 (12/03/2019)


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TEXTO DE LA PÁGINA 111

El Peruano / Martes 12 de marzo de 2019

NORMAS LEGALES
EL CONCEJO MUNICIPAL DE RICARDO PALMA;

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trece mil setecientos veinte y tres y 00/100 soles) para la contratación de personal bajo la modalidad de CAS, con cargo al Presupuesto Institucional de Ejercicio 2019. Que, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 39 de la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales - Ley N° 27867, los Acuerdos del Consejo Regional expresan la decisión de este órgano sobre asuntos internos del Consejo Regional, de interés público, ciudadano o institucional o declara su voluntad de practicar o determinar un acto o sujetarse a una conducta o norma institucional. Que, el artículo 97 literal a) del Reglamento Interno del Consejo Regional, establece las proposiciones presentadas por el Gobernador Regional, que pueden versar sobre cualquier asunto y de manera exclusiva le corresponde la iniciativa en materia presupuestal y financiera. Que, en Sesión Extraordinaria de fecha 30 de enero de 2019, celebrada en el Auditorio del Consejo Regional, sito en el Jr. Apurímac N° 460 - Callería, el Consejo Regional del Gobierno Regional de Ucayali, en uso de sus atribuciones conferidas por la Ley N° 27867 - Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, en concordancia con el Reglamento Interno del Consejo Regional; y, transcurrido el debate conforme costa en el Acta de la presente Sesión, con el voto Unánime, se aprueba lo siguiente: ACUERDO REGIONAL: Artículo Primero.- APROBAR la Transferencia Financiera por parte del Gobierno Regional de Ucayali a favor de la Contraloría General de la República, por el importe de Doscientos trece mil setecientos veinte y tres y 00/100 soles (S/ 213,723.00), con cargo al Presupuesto Institucional de Apertura del ejercicio 2019. Artículo Segundo.- REMITIR el presente Acuerdo Regional al Gobernador Regional de Ucayali para los fines pertinentes. Articulo Tercero.- DISPENSAR el Presente Acuerdo Regional del trámite a la Lectura y aprobación del Acta para que se proceda a su implementación correspondiente. Articulo Cuarto.- ENCARGAR a la Oficina Regional de Administración del Gobierno Regional de Ucayali, la publicación del presente Acuerdo Regional en el Diario Oficial "El Peruano", debiendo publicarse además en un Diario de mayor circulación de la Capital de la Región, y a la Oficina de Tecnologías de la Información para su difusión y publicación a través del portal de la página web del Gobierno Regional de Ucayali (www.regionucayali. gob.pe). POR TANTO: Regístrese, publíquese y cúmplase. JESSICA LIZBETH NAVAS SÁNCHEZ Consejera Delegada 1748487-1

VISTOS: El Informe Nº 002-2019-GPP/MDRP de fecha 03 de enero de 2019 del Área de Planeamiento y Presupuesto, el Memorando Nº 001-2019-GM/MDRP de fecha 03 de enero de 2019 de Gerencia Municipal, el Informe Nº 002-2019-OAL/MDRP de fecha 04 de enero de 2019 de Asesoría Legal; CONSIDERANDO: Que, el artículo 194º de la Constitución Política del Estado, modificado por la Ley de Reforma Nº 28607, en concordancia con el artículo II del Título Preliminar de la Ley Nº 27972, establece que los gobiernos locales gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia. La autonomía que la Constitución Política del Perú establece para las municipalidades, radica en la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y de administración, con sujeción al ordenamiento jurídico; Que, el artículo 9º numeral 3) de la Ley Orgánica de Municipalidades ­ Ley Nº 27972, establece que corresponde al Concejo Municipal "Aprobar el régimen de organización interior y funcionamiento del gobierno local; lo cual resulta concordante con lo establecido en el artículo 40º de la misma norma, que señala "Las ordenanzas de las Municipalidades Provinciales y Distritales, en la materia de su competencia, son las normas de carácter general de mayor jerarquía en la estructura normativa municipal, por medio de los cuales se aprueba la organización interna, la regulación, la administración, supervisión de los servicios públicos y las materias en las que la Municipalidad tiene competencia normativa (...)"; Que, mediante Ley Nº 27658, Ley Marco de Modernización de Gestión del Estado, se declara el Estado Peruano en Proceso de Modernización en sus diferentes instancias, dependencias, entidades, organizaciones y procedimientos con la finalidad de mejorar la gestión pública y construir un estado democrático, descentralizado y al servicio del ciudadano, estableciendo principios, acciones, mecanismos y herramientas para llevar a cabo el mismo; Que, el Decreto Supremo Nº 043-2006-PCM, que aprueba los lineamientos para la elaboración y aprobación del Reglamento de Organización y Funciones ROF por parte de la Administración Pública, en su artículo 28º precisa que se requiere, entre otros, la aprobación del ROF en el siguiente caso: (...) f) Para optimizar o simplificar los procesos de la entidad con la finalidad de cumplir con mayor eficiencia su misión y funciones; Que, mediante Informe Nº 002-2019-GPP/MDRP, el Área de Planeamiento y Presupuesto, remite la propuesta de Ordenanza que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones (ROF) y nuevo organigrama de la Municipalidad Distrital de Ricardo Palma; Que, mediante Informe Nº 002-2019-OAL/MDRP el Área de Asesoría Legal, señala que de la revisión del texto del proyecto de Reglamento de Organización y Funciones (ROF) y de su Informe Técnico Sustentatorio, se puede apreciar que se ambos se desarrollaron cumpliendo los lineamientos contenidos en el Decreto Supremo Nº 0432006-PCM; Estando a los fundamentos expuestos y en uso de las facultades conferidas por el inciso 8) del artículo 9º y artículo 40º de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972, contando con el voto UNÁNIME de los señores regidores asistentes a la sesión de concejo de la fecha, y con la dispensa del trámite de lectura y aprobación de actas se aprueba la siguiente: ORDENANZA QUE APRUEBA EL REGLAMENTO DE ORGANIZACIÓN Y FUNCIONES (ROF) Y ORGANIGRAMA DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE RICARDO PALMA Artículo Primero.- APROBAR el Reglamento de Organización y Funciones - ROF y organigrama de la Municipalidad Distrital de Ricardo Palma ­ Provincia de Huarochirí ­ Departamento de Lima, los mismos que como Anexo forman parte integrante de la presente Ordenanza.

GOBIERNOS LOCALES PROVINCIAS

MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE RICARDO PALMA
Ordenanza que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones (ROF) y Organigrama de la Municipalidad
ORDENANZA MUNICIPAL Nº 001-2019-MDRP Ricardo Palma, 14 de enero de 2019

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