Norma Legal Oficial del día 13 de marzo del año 2019 (13/03/2019)


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TEXTO DE LA PÁGINA 91

El Peruano / Miércoles 13 de marzo de 2019

NORMAS LEGALES

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ORDENANZA REGIONAL Artículo Primero.- APROBAR el Plan Maestro del Área de Conservación Regional Vilacota Maure 2017-2021, que en anexo forma parte de la presente Ordenanza Regional, con el objetivo de mantener y/o mejorar las condiciones de los ecosistemas terrestres y acuáticos; conservar las poblaciones de especies de fauna de interés para el ACR Vilacota Maure y promover la investigación científica; promover el desarrollo de actividades económicas sostenibles y compatibles con la conservación del ACR Vilacota Maure, en beneficio de la población local; fomentar la participación activa de los actores involucrados en la gestión del ACR Vilacota Maure. Artículo Segundo.- ENCARGAR a la Gerencia General Regional y a la Gerencia Regional de Recursos Naturales y Gestión del Medio Ambiente del Gobierno Regional de Tacna para que en coordinación con las demás gerencias involucradas implementen la presente ordenanza regional en el más breve plazo calendario. Artículo Tercero.- La presente Ordenanza Regional entrará en vigencia al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial El Peruano. Artículo Cuarto.- DISPENSAR la presente Ordenanza Regional del trámite de lectura y aprobación del acta respectiva. Artículo Quinto.- PUBLICAR y DIFUNDIR la presente Ordenanza Regional en el Diario Oficial El Peruano en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 42 de la Ley Nº 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales; asimismo, el anexo se difundirá en el portal electrónico de la institución, conforme al Decreto Supremo Nº 001-2009JUS, disponiéndose que la publicación sea efectuada por la Gobernación Regional del Gobierno Regional de Tacna. Comuníquese al señor Gobernador Regional del Gobierno Regional de Tacna, para su promulgación. En la ciudad de Tacna, al día veintitrés de agosto del año dos mil dieciocho. SANTOS PABLO AGAMA Presidente Consejo Regional de Tacna POR TANTO: Mando se registre, notifique, difunda y cumpla. Dado en la sede del Gobierno Regional de Tacna, al día 15 de octubre de 2018. OMAR GUSTAVO JIMENEZ FLORES Gobernador Regional 1748376-1

Gerencia Municipal, el Informe Nº 009-2019-MSBPPM del Procurador Público Municipal, el Informe Nº 01-2019-MSB-GM-GPV de la Gerencia de Participación Vecinal, Informe Nº 17-2019-MSB-GSC de la Gerencia de Seguridad Ciudadana, Informe Nº 12-2019-MSBGSC del Gerente de Seguridad Ciudadana, el Informe Nº 006-2019-MSB-GSVTU de la Gerencia de Seguridad Vial y Transitabilidad Urbana, el Informe Nº 001-2019-MSBGDH de la Gerencia de Desarrollo Humano, el Informe Nº 05-2019-MSB-GMAOP de la Gerencia de Medio Ambiente y Obras Públicas, el Informe Nº 001-201-MSB/SCII de la Secretaría de Comunicaciones e Imagen Institucional, el Informe Nº 005-2019-MSB-GM-GDU-UPUC de la Unidad de Planeamiento Urbano y Catastro, el Informe Nº 003-2019-MSB-GM-GDU, el Informe Nº 077-2019-MSBGM-GAF-URH de la Unidad de Recursos Humanos, el Informe Nº 98-2019-MSB-GM-GAF-UA de la Unidad de Abastecimiento, el Informe Nº 07-2019-MSB-GAT de la Gerencia de Administración Tributaria, el Informe Nº 003-2019-MSB-GTI de la Gerencia de Tecnologías de la Información, el Informe Nº 018-2019-MSB-GPE-UPR de la Unidad de Planeamiento y Racionalización, el Informe Nº 27-2019-MSB-GM-GPE de la Gerencia de Planificación Estratégica, el Informe Nº 049-2019-MSB-GM-GPE-UPE de la Unidad de Presupuesto y Estadística, el Memorando Nº 015-2019-MSB-GPE de la Gerencia de Planificación Estratégica, el Informe Nº 072-2019-MSB-GM- GAJ de la Gerencia de Asesoría Jurídica el Memorándum Nº 132-2019-MSB-GM de la Gerencia Municipal, sobre la Ordenanza que Aprueba el Reglamento de Organización y Funciones - ROF y la estructura organiza de la Municipalidad de San Borja; y, CONSIDERANDO: Que, el artículo 194º de la Constitución Política del Perú, concordante en el Artículo II del Titulo Preliminar de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, los Gobiernos Locales gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia; Que, según señala el Artículo 195º de la Carta Magna, los gobiernos locales promueven el desarrollo y la economía local, y la prestación de los servicios públicos de su responsabilidad, en armonía con las políticas y planes nacionales y regionales de desarrollo. Son competentes para, entre otros aspectos, aprobar su organización interna y su presupuesto; Que, mediante Ley Nº 27658, Ley Marco de Modernización del Estado, declara que el Estado Peruano se encuentra en proceso de modernización en sus diferentes instancias, dependientes, entidades, organizaciones y procedimientos, con la finalidad de mejorar la gestión publica y construir un Estado democrático, descentralizado al servicio del ciudadano; Que, el Decreto Supremo Nº 004-2013-PCM, que aprueba la Política de Modernización de la Gestión Publica, señala que es el principal documento orientador de la modernización de la gestión publica en el Perú, que establecerá la visión, los principios y lineamientos para una actuación coherente y eficaz del sector público, al servicio de los ciudadanos y el desarrollo del país. Dicha norma, refuerza los objetos y acciones que deben cumplir las entidades publicas y fortalece las políticas de obligatorio cumplimiento aprobadas mediante Decreto Supremo Nº 024-2007PCM, que define y establece las Políticas Nacionales, las que se encuentran orientadas a la adopción de un enfoque de gestión basado en procesos; Que, como alcance de la política de modernización contenida en el numeral 2.2 del punto 2, se señala que "Modernizar la gestión pública es una responsabilidad de todas las autoridades, funcionarios y servidores del Estado en cada uno de sus organismos y niveles de gobierno. En ese sentido, cualquier esfuerzo que apunte a elevar los niveles de desempeño de las entidades del Estado a favor de los ciudadanos, debe involucrar a los diversos sectores y niveles de gobierno. Por lo tanto, la modernización de la gestión pública es una política de Estado que alcanza a todas las entidades públicas que lo conforman, sin afectar los

GOBIERNOS LOCALES

MUNICIPALIDAD DE SAN BORJA
Aprueban Reglamento de Organización y Funciones - ROF y la Estructura Orgánica de la municipalidad
ORDENANZA Nº 621-MSB San Borja, 19 de febrero de 2019 EL CONCEJO DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SAN BORJA VISTOS; en la V-2019 Sesión Ordinaria de Concejo de fecha 19 de febrero de 2019, el Dictamen Nº 007-2019-MSB-CAL de la Comisión de Asuntos Legales, el Memorando Circular Nº 001-2019-MSB-GM de la

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