Norma Legal Oficial del día 17 de marzo del año 2019 (17/03/2019)


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TEXTO DE LA PÁGINA 51

El Peruano / Domingo 17 de marzo de 2019

NORMAS LEGALES

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CONSIDERANDO: Que, por Resolución SBS N° 12651-2009 de fecha 09 de setiembre de 2009, se autorizó la inscripción del señor Fernando Nakasone Nozoe como Corredor de Seguros Generales; Que, la Secretaría Técnica mediante Acta de Evaluación de fecha 18 de febrero de 2019, ha considerado pertinente aceptar la inscripción del señor Fernando Nakasone Nozoe postulante a Corredor de Seguros de Personas - persona natural, con arreglo a lo dispuesto en el Reglamento del Proceso de Evaluación de los Postulantes al Registro, concluyéndose el proceso de evaluación; Que, el solicitante ha cumplido con los requisitos formales y procedimientos establecidos en el Reglamento del Registro de Intermediarios y Auxiliares de Seguros, modificado por la Resolución SBS N° 808-2019 y en el Reglamento del Proceso de Evaluación de los Postulantes al Registro; De conformidad con lo establecido en la Ley N° 26702 y sus modificatorias - Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Orgánica de la Superintendencia de Banca y Seguros; y, en el Texto Único de Procedimientos Administrativos - TUPA de esta Superintendencia aprobado por Resolución SBS N° 16782018; RESUELVE: Artículo Primero.- Autorizar la ampliación de la inscripción del señor Fernando Nakasone Nozoe, con matrícula número N-3970, en el Registro de Intermediarios y Auxiliares de Seguros, Empresas de Reaseguros del Exterior y Actividades de Seguros Transfronterizas, Sección III De los Corredores de Seguros: A. Personas Naturales punto 3.- Corredores de Seguros Generales y de Personas, a cargo de esta Superintendencia. Artículo Segundo.- La presente Resolución entra en vigencia al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial "El Peruano". Regístrese, comuníquese y publíquese. CARLOS MELGAR ROMARIONI Secretario General 1750492-1

Que, en atención a la invitación cursada, y en tanto los temas que se desarrollarán redundarán en beneficio del ejercicio de las funciones de supervisión y regulación de la SBS, se ha considerado conveniente designar al señor Javier Martín Poggi Campodónico, Superintendente Adjunto de Estudios Económicos, para que participe en el Panel I: Basel III as a Macroprudential Toolkit: Challenges and Issues for Implementation del citado evento; Que, la Superintendencia de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones, mediante Directiva SBS N° SBS-DIR-ADM-085-22, ha dictado una serie de Medidas Complementarias de Austeridad en el Gasto para el Ejercicio 2019, estableciéndose en el Numeral 4.4.1 que, se restringen los viajes al exterior, únicamente se autorizarán aquellos viajes para eventos que requieran la representación sobre temas vinculados con negociaciones bilaterales, multilaterales, foros o misiones oficiales que comprometan la presencia de los trabajadores, así como aquellos necesarios para el ejercicio de sus funciones, capacitaciones o eventos de sumo interés para la Superintendencia, como el presente caso; Que, en consecuencia, es necesario autorizar el viaje del citado funcionario para participar en el evento indicado, cuyos gastos por concepto de alojamiento y traslados serán cubiertos por el Banco Central de Chile, en tanto que los gastos por concepto de pasaje aéreo y viáticos complementarios serán cubiertos por esta Superintendencia con cargo al Presupuesto correspondiente al ejercicio 2019; y, En uso de las facultades que le confiere la Ley N° 26702 "Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Orgánica de la Superintendencia de Banca y Seguros", de conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 27619, así como en el Decreto Supremo N° 047-2002PCM y en el Decreto Supremo N° 056-2013-PCM, y en virtud a la Directiva SBS N° SBS-DIR-ADM-085-22 sobre Medidas Complementarias de Austeridad en el Gasto para el Ejercicio 2019; RESUELVE: Artículo Primero.- Autorizar el viaje del señor Javier Martín Poggi Campodónico, Superintendente Adjunto de Estudios Económicos de la SBS, del 27 al 30 de marzo de 2019 a la ciudad de Santiago de Chile, República de Chile, para los fines expuestos en la parte considerativa de la presente Resolución. Artículo Segundo.- El citado funcionario, dentro de los 10 (diez) días hábiles siguientes a su reincorporación, deberá presentar un informe detallado describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante el viaje autorizado. Artículo Tercero.Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente autorización por concepto de alojamiento y traslados serán cubiertos por el Banco Central de Chile, en tanto que los gastos por concepto de pasaje aéreo y viáticos complementarios serán cubiertos por esta Superintendencia con cargo al Presupuesto correspondiente al ejercicio 2019, de acuerdo al siguiente detalle: Pasaje aéreo Viáticos complementarios US$ US$ 382,43 296,00

Autorizan viaje de funcionario a Chile, en comisión de servicios
RESOLUCIÓN SBS N° 1035-2019 Lima, 13 de marzo de 2019 LA SUPERINTENDENTA DE BANCA, SEGUROS Y ADMINISTRADORAS PRIVADAS DE FONDOS DE PENSIONES VISTA: La invitación cursada por el Banco Interamericano de Desarrollo (BID) y el Banco Central de Chile a la Superintendencia de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones (SBS), con el fin de participar en el Workshop "Basel III in the Context of the Macroprudential Approach", que se llevará a cabo los días 28 y 29 de marzo de 2019 en la ciudad de Santiago de Chile, República de Chile; CONSIDERANDO: Que, el Workshop "Basel III in the Context of the Macroprudential Approach", que congrega a especialistas de diversas entidades supervisoras internacionales, tiene como objetivo intercambiar experiencias respecto a la implementación de Basilea III en el concepto de un enfoque macroprudencial;

Artículo Cuarto.- La presente Resolución no otorga derecho a exoneración o liberación de impuestos de Aduana de cualquier clase o denominación a favor del funcionario cuyo viaje se autoriza. Regístrese, comuníquese y publíquese. SOCORRO HEYSEN ZEGARRA Superintendenta de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones 1749946-1

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