Norma Legal Oficial del día 20 de marzo del año 2019 (20/03/2019)


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TEXTO DE LA PÁGINA 73

El Peruano / Miércoles 20 de marzo de 2019

NORMAS LEGALES
VISTO:

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Huancavelica (CAR Huancavelica), en concordancia con el artículo 23º de la Ley Marco del Sistema Nacional de Gestión Ambiental y el artículo 40º de su reglamento, conforme a los cuales la CAR es la instancia encargada de la coordinación y concertación de la política ambiental regional, promoviendo el diálogo y el acuerdo entre los sectores público y privado, actuando en coordinación con el gobierno regional para la implementación del SRGA. Que, con informe Nº 201-2018/GOB.REG.HVCA/GGRGRRNyGA de fecha 03 de diciembre de 2018, emitido por la Gerencia Regional de Recursos Naturales y Gestión Ambiental del Gobierno Regional de Huancavelica, se recomienda que, previo informe de la Oficina Regional de Asesoría Jurídica, se solicite al Consejo Regional la aprobación de la propuesta de actualización del SRGA de Huancavelica; Que, el Artículo 38º de la Ley 27867 - Ley Orgánica de los Gobiernos Regionales establece que las Ordenanzas Regionales norman asuntos de carácter general, la organización y administración del Gobierno Regional y reglamentan materias de su competencia; Por lo que, en uso de las atribuciones conferidas en la Constitución Política del Estado, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, sus modificatorias y al Reglamento Interno del Consejo Regional; con el voto unánime de sus miembros; ORDENA: Artículo Primero.- APROBAR la actualización del Sistema Regional de Gestión Ambiental de Huancavelica (SRGA de Huancavelica), la misma que como Anexo forma parte integrante de la presente Ordenanza Regional. Artículo Segundo.- Encargar a la Gerencia Regional de Recursos Naturales y Gestión del Medio Ambiente del Gobierno Regional de Huancavelica las acciones necesarias para la implementación del SRGA de Huancavelica. Artículo Tercero.- DÉJESE sin efecto legal las normas que se opongan a la presente Ordenanza Regional. Comuníquese al señor Gobernador Regional para su promulgación. En Huancavelica a los dieciocho días del mes de diciembre del dos mil dieciocho. LUZ IRMA MATAMOROS GARCÍA Presidenta del Consejo Regional POR TANTO: Mando se publique y cumpla. Dado en la Sede del Gobierno Regional de Huancavelica, a veintisiete días del mes de diciembre del año dos mil dieciocho. GLODOALDO ÁLVAREZ ORÉ Gobernador Regional 1750860-1

El Memorando Nº 038-2019-GPP/MDCH, de la Gerencia de Planeamiento y Presupuesto, el Informe Nº 059-2019-GPP/MDCH e Informe Técnico Sustentatorio de la Gerencia de Planeamiento y Presupuesto y el Informe Nº 034-2019-GAJ/MDCH, de la Gerencia de Asesoría Jurídica; y, CONSIDERANDO: Que, el artículo 194º de la Constitución Política del Perú, concordante en el Artículo II del Título Preliminar de la Ley Orgánica de Municipalidades Ley Nº 27972, los Gobiernos Locales gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia. Que, mediante Ordenanza Nº 365-MDCH, se aprueba el Reglamento de Organización y Funciones de la Municipalidad Distrital de Chaclacayo la cual fue modificada mediante Ordenanza Nº 381 y Ordenanza 410. Que, mediante Decreto Supremo Nº 054-2018-PC se aprueba los lineamientos de organización del estado el mismo que establece los lineamientos para la aprobación del Reglamento de Organizaciones y Funciones en las entidades del estado. Que, mediante Memorando N.º 038-2019-GPP/MDCH de Gerencia de Planeamiento y Presupuesto, considera que la elaboración de la nueva estructura orgánica y proyecto de ROF, responde a la necesidad y los objetivos institucionales de la actual administración municipal, instrumento de gestión que tiene que estar alineado y articulado a los instrumentos de Planificación como es el Plan Local de Desarrollo Concertado 2017-2021, y el plan Estratégico Institucional 2018-2020, sin perder de vista el Plan de Gobierno Municipal 2019-2022. Que, mediante Ley Nº 27972 Ley Orgánica de Municipalidades en el Artículo 9º Numeral 3º especifica que es atribuciones del Concejo Municipal, aprobar el Régimen de Organización Interior y Funcionamiento del Gobierno Local. Estando a los fundamentos expuestos, y en uso de las facultades conferidas por el numeral 8 del artículo 9º y artículo 40º de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, el Concejo Municipal por MAYORÍA, y con dispensa del trámite de aprobación del acta, aprobó la siguiente: ORDENANZA QUE APRUEBA EL REGLAMENTO DE ORGANIZACIÓN Y FUNCIONES DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE CHACLACAYO Artículo Primero.- APROBAR el Reglamento de Organización y Funciones de la Municipalidad Distrital de Chaclacayo y la Estructura Orgánica que como anexo forma parte integrante de la presente Norma. Artículo Segundo.- DEJAR sin efecto toda Norma que se aponga a la presente. Artículo Tercero.- PUBLICAR el texto aprobatorio de la presente Ordenanza en el Diario Oficial El Peruano y encargar a la Subgerencia de Tecnología de la Información de la Municipalidad Distrital de Chaclacayo la publicación del íntegro de este documento en el Portal del Estado Peruano y en el Portal Institucional. Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase.

GOBIERNOS LOCALES

MUNICIPALIDAD DE CHACLACAYO
Aprueban Reglamento de Organización y Funciones de la Municipalidad
ORDENANZA MUNICIPAL Nº 423-MDCH Chaclacayo, 13 de marzo de 2019 POR CUANTO: el Concejo Distrital de Chaclacayo, en sesión Extraordinaria de la fecha; y,

MANUEL JAVIER CAMPOS SOLOGUREN Alcalde 1750326-1

Ordenanza que autoriza la celebración de Matrimonio Civil Comunitario en el distrito
ORDENANZA MUNICIPAL Nº 424-2019-MDCH Chaclacayo, 13 de marzo de 2019

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