Norma Legal Oficial del día 20 de marzo del año 2019 (20/03/2019)


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TEXTO DE LA PÁGINA 65

El Peruano / Miércoles 20 de marzo de 2019

NORMAS LEGALES

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Artículo Segundo.- RECHAZAR y CONDENAR los actos vandálicos ocurridos en el distrito de Guadalupito, provincia de Virú, departamento de La Libertad, durante la jornada electoral desarrollada 7 de octubre de 2018. Artículo Tercero.- EXHORTAR a las organizaciones políticas y al público en general a evitar todo tipo de actos de violencia perpetrados durante el presente proceso electoral, los cuales son incompatibles con los principios básicos de la democracia y que tratan de impedir el ejercicio pleno al derecho de sufragio. Regístrese, comuníquese y publíquese. SS. TICONA POSTIGO ARCE CÓRDOVA CHÁVARRY CORREA RODRÍGUEZ VÉLEZ Concha Moscoso Secretaria General 1751389-11

OFICINA NACIONAL DE PROCESOS ELECTORALES
Aprueban "Instrucciones para la Asignación de Número Par a la Organización Política Local Distrital de las Elecciones Municipales Complementarias 2019" y las "Instrucciones para el Sorteo de Ubicación de las Organizaciones Políticas en la Cédula de Sufragio de las Elecciones Municipales Complementarias 2019"
RESOLUCIÓN JEFATURAL N° 000100-2019-JN/ONPE Lima,14 de marzo del 2019 VISTOS: El Informe N° 000016-2019-GGE/ONPE, de la Gerencia de Gestión Electoral; el Informe N° 0000602019-GG/ONPE, de la Gerencia General; así como, el Informe N° 000103-2019-GAJ/ONPE, de la Gerencia de Asesoría Jurídica; y, CONSIDERANDO: El artículo 37 de la Ley N° 26859, Ley Orgánica de Elecciones (en adelante, LOE), establece que la Oficina Nacional de Procesos Electorales (en adelante, ONPE) tiene a su cargo la organización y ejecución de los procesos electorales y consultas populares, ejerciendo sus atribuciones y funciones con sujeción a la Constitución Política del Perú y a la normativa vigente; Mediante Decreto Supremo N° 001-2019-PCM, el Presidente de la República convocó a Elecciones Municipales Complementarias 2019, para el día 07 de julio de 2019, con la finalidad de elegir alcaldes y regidores de los concejos municipales en las circunscripciones donde el Jurado Nacional de Elecciones declaró la nulidad de Las Elecciones Municipales 2018; En virtud a lo dispuesto en el segundo párrafo del Artículo 165 de la LOE, "El diseño y el procedimiento para la ubicación de las candidaturas o símbolos deben publicarse y presentarse ante los personeros de las organizaciones políticas y candidatos, de ser el caso, dentro de los dos (2) días calendario después del vencimiento del plazo para la presentación de solicitudes de inscripción de fórmulas y listas de candidatos. La ubicación de las candidaturas

o símbolos se efectúa mediante sorteo público, en presencia de los personeros y de notario público, el cual debe realizarse luego de vencido el plazo para el retiro de fórmula o lista de candidatos previsto en la presente ley", (el subrayado es nuestro); Asimismo, en la Primera Disposición Complementaria de la Ley N° 27734, Ley que modifica diversos artículos de la Ley Nº 26864 de Elecciones Municipales, se establece que las Organizaciones Políticas Locales que participen en el proceso electoral municipal lo harán con los números asignados, mediante sorteo público efectuado por la ONPE; Sobre el particular, la entrada en vigor de la Ley N° 30688, "Ley que modifica la Ley 28094, Ley de Organizaciones Políticas, y la Ley 26864, Ley de Elecciones Municipales, para promover organizaciones políticas de carácter permanente", supuso la eliminación de las organizaciones políticas locales, provinciales y distritales. Sin embargo, las organizaciones políticas locales con inscripción vigente o que hubiesen adquirido los formularios para la recolección de firmas de adherentes para su inscripción hasta la fecha de publicación de la referida norma, mantendrían su vigencia hasta la conclusión de los próximos comicios de alcance provincial o distrital; En observancia a ello, el Jurado Nacional de Elecciones precisa, a través del Artículo Cuarto de la Resolución N° 0001-2019-JNE, que en las Elecciones Municipales Complementarias 2019 (en adelante, EMC 2019), pueden participar, además de los partidos políticos y los movimientos regionales con inscripción vigente, las organizaciones políticas locales que participaron en las Elecciones Municipales 2018, quedando estas últimas habilitadas para presentar candidatos en la circunscripción respectiva; Mediante el Informe de visto, la Gerencia de Gestión Electoral comunica a la Gerencia General que, a través del Oficio N° 335-2019-DNROP/JNE, el Director Nacional del Registro de Organizaciones Políticas (en adelante ROP) del Jurado Nacional de Elecciones ha enviado la Lista Maestra de las Organizaciones Políticas con inscripción vigente en el ROP y por ende habilitadas para participar en las EMC 2019; lista en la que solo existe una organización política local de alcance distrital (OPLD) habilitada; por lo que, en cumplimiento de sus funciones previstas en el literal m) del artículo 68 del Reglamento de Organización y Funciones de la ONPE, y atendiendo a esta circunstancia, han elaborado las propuestas de instrucciones para la asignación de número a las organizaciones políticas y para la ubicación en la cédula de sufragio; las mismas cuya aprobación debe publicarse entre los días 20 y 21 de marzo del presente año, luego de la fecha límite para la presentación de los candidatos; La Gerencia General, mediante el documento de vistos, acoge las propuestas formuladas y las eleva recomendando su aprobación y publicación correspondientes; De conformidad con lo dispuesto en el numeral 7 del artículo 4 del Decreto Supremo N° 001-2009-JUS, que "Aprueba el Reglamento que establece disposiciones relativas a la publicidad, publicación de Proyectos Normativos y difusión de Normas Legales de Carácter General"; en el literal f) del numeral 8 del artículo 1 del Decreto Supremo N° 018-97-PCM, que "Precisan régimen de gratuidad de las publicaciones que se realicen en el Diario Oficial El Peruano"; en los literales c) y g) del artículo 5 y en el artículo 13 de la Ley Nº 26487, Ley Orgánica de la Oficina Nacional de Procesos Electorales; y en el literal s) del artículo 11 del Reglamento de Organización y Funciones aprobado por Resolución Jefatural N° 0632014-J/ONPE y sus modificatorias; Con los visados de la Secretaría General, de la Gerencia General, así como de las Gerencias de Asesoría Jurídica, y de Gestión Electoral; SE RESUELVE: Artículo Primero.- Aprobar las "Instrucciones para la Asignación de Número Par a la Organización Política Local Distrital de las Elecciones Municipales Complementarias 2019", que consta de siete (7) artículos;

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