Norma Legal Oficial del día 02 de mayo del año 2019 (02/05/2019)


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TEXTO DE LA PÁGINA 48

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ACUERDO DE CONCEJO Nº 029-2019-MDI Independencia, 2 de abril de 2019 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DE INDEPENDENCIA ­ HUARAZ

NORMAS LEGALES

Jueves 2 de mayo de 2019 /

El Peruano

VISTO, la Carta de fecha 01ABR.2019, del señor Adrian Bühler ­ Representante de la Empresa Doppelmayr Garaventa - Suiza: Invitación al Alcalde a participar de un Viaje de Visita a la Planta de Fábrica de Teleféricos, y de Ganadería Mejorada, los días, 20, 21 y 22 de Mayo de 2019; y, CONSIDERANDO: Que, la Constitución Política del Perú, modificada por Ley Nº 27680 ­ Ley de Reforma Constitucional, en su Artículo 194º, concordante con el Artículo II del Título Preliminar de la Ley Nº 27972, establece que las Municipalidades Provinciales y Distritales son Órganos de Gobierno Local, con autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia; Que, el Inciso 11) del Artículo 9º de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972, establece que son atribuciones del Concejo Municipal: "Autorizar los viajes al exterior del país que, en comisión de servicios o representación de la Municipalidad, realicen el Alcalde, los Regidores, el Gerente Municipal y cualquier otro funcionario"; por lo que la autorización de viaje del señor Alcalde que se plantea en el visto deberá ser aprobada por el Concejo Municipal; Que, mediante Carta, de fecha Switzerland (Suiza), receibida con fecha 01ABR.2019, el señor Adrian Bühler ­ Representante de la Empresa Doppelmayr Garaventa, ha cursado invitación al Alcalde de esta comuna para participar de un Viaje de Visita a la Empresa Doppelmayr Garaventa ­ Suiza, líderes en la fabricación de equipos teleféricos, como una grata experiencia in situ, que nos permita evaluar la instalación de estos equipos en nuestra ciudad, a fin de potenciar el turismo en nuestra región. Asimismo, en dicha estadía visitará una planta de ganadería mejorada para adquirir experiencias y conocimientos en la mejora de nuestro sistema ganadero; Que, el Artículo 1º de la Ley Nº 27619 ­ Ley que Regula la Autorización de Viajes al Exterior de Servidores y Funcionarios Públicos, establece que: "La presente Ley regula la autorización de viajes al exterior de los funcionarios y servidores públicos o representantes del Estado que irrogue gastos al Tesoro Público y que se encuentren comprendidas en las Entidades Públicas sujetas al ámbito de control del Presupuesto del Sector Público, incluyendo aquellos comprendidos en el Fondo Nacional de Financiamiento de la Actividad Empresarial del Estado (FONAFE). (...) Los viajes al exterior de los funcionarios y servidores públicos del Congreso de la República, el Poder Judicial, el Tribunal Constitucional, las Universidades Públicas, el Consejo Nacional de la Magistratura, el Ministerio Público, la Defensoría del Pueblo, el Jurado Nacional de Elecciones, la Oficina Nacional de Procesos Electorales, el Registro Nacional de

Identificación y Estado Civil, el Banco Central de Reserva del Perú, la Superintendencia de Banca y Seguros, LAS MUNICIPALIDADIDADES, y la Contraloría General de la República, se autorizarán mediante Resolución de la más alta autoridad de la respectiva Entidad"; Que, sin embargo, en el caso de los Gobiernos Locales, el Artículo 9º Inciso 11) de la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley Nº 27972, prescribe como atribución del Concejo Municipal: "AUTORIZAR LOS VIAJES AL EXTERIOR DEL PAÍS. QUE, EN COMISIÓN DE SERVICIOS O REPRESENTACIÓN DE LA MUNICIPALIDAD, REALICEN EL ALCALDE, LOS REGIDORES, EL GERENTE MUNICIPAL Y CUALQUIER OTRO FUNCIONARIO"; Que, asimismo, de acuerdo a lo estipulado en el Inciso 1) del Artículo 24º de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972, en ausencia o vacancia del Alcalde, lo reemplaza el Teniente Alcalde que es el primer regidor hábil que sigue en su propia lista electoral. En caso de ausencia o vacancia de este último lo reemplaza el regidor hábil que sigue en la lista; Que, en tanto dure su ausencia por los motivos expuestos, el señor Alcalde deberá disponer la Encargatura del Despacho de Alcaldía, en la forma prevista por la Ley; Estando a lo expuesto, el Concejo Municipal reunido en su Sesión Ordinaria Nº 007-2019 de fecha 01 de Abril de 2019, de conformidad con los Artículos 20º Inciso 3), 39º y 41º de la Ley 27972, con dispensa del trámite de lectura y aprobación del acta, por mayoría; ACUERDA: Artículo 1º.- AUTORIZAR el viaje del señor Alcalde FIDENCIO SÁNCHEZ CAURURO, en representación de la Municipalidad Distrital de Independencia ­ Huaraz, los días del 20, 21 y 22 de Mayo de 2019, a la República Suiza, participar de un Viaje de Visita a la Empresa Doppelmayr Garaventa ­ Suiza, líderes en la fabricación de Equipos Teleféricos, con la finalidad de evaluar la posibilidad de instalar dichos equipos en nuestra ciudad para potenciar el turismo en nuestra región. Asimismo, en dicha estadía visitará una planta de ganadería mejorada para adquirir experiencias y conocimientos en la mejora de nuestro sistema ganadero, conforme a los fundamentos expuestos en la parte considerativa del presente Acuerdo. Artículo 2º.- DISPONER que el señor Alcalde realice conforme a Ley, la encargatura del Despacho de Alcaldía durante los días previstos en el Artículo 1º del presente Acuerdo. Artículo 3º.- HACER de conocimiento del presente Acuerdo de Concejo a la Gerencia Municipal y demás órganos competentes, para los fines de Ley, así como disponer su publicación en el Diario Oficial El Peruano, conforme lo dispone el Artículo 3º de la Ley Nº 27619. Regístrese, comuníquese, cúmplase y archívese. FIDENCIO SÁNCHEZ CAURURO Alcalde 1764848-2

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