Norma Legal Oficial del día 02 de mayo del año 2019 (02/05/2019)


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TEXTO DE LA PÁGINA 43

El Peruano / Jueves 2 de mayo de 2019

NORMAS LEGALES

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de las disposiciones del Reglamento y sus normas complementarias. Que con Ordenanza Nº 062-2008-MLV, de fecha 16 de setiembre del 2008, se aprueba la Ordenanza que regula el Ordenamiento Vial en el distrito de La Victoria; Que mediante Informe Nº 021-2019-GTTSV-GM/ MLV la Gerencia de Tránsito, Transporte y Seguridad Vial fundamenta la Ordenanza que aprueba el Ordenamiento Vial en el Distrito de La Victoria señalando que frente a la problemática de falta de estacionamientos y el consecuente uso de la vía pública para tal fin, resulta necesario derogar la Ordenanza Nº 062-2008-MLV y emitir una nueva norma municipal que regule el ordenamiento vial en el distrito de La Victoria; Que mediante Informe Nº 088-2019-GFC/MLV la Gerencia de Fiscalización y Control emite opinión favorable la aprobación de la Ordenanza referida en el párrafo anterior ya que busca promover la regulación y gestión eficiente del uso de la red vial y el espacio público urbano, así como la calidad del transporte público urbano sirviendo en gran medida a la ordenación del tránsito vehicular y peatonal garantizando un trabajo oportuno y eficiente por parte de la autoridad municipal; Que mediante Informe Nº 188-2019-GAJ-MLV la Gerencia de Asesoría Jurídica emite opinión favorable la aprobación de la presente Ordenanza emitida acorde a la normatividad vigente y encontrándose debidamente sustentada en el control de tránsito y recuperación de espacios que la autoridad municipal busca efectuar en virtud a sus atribuciones conferidas por ley, en concordancia con la política de la actual gestión de facilitar a los vecinos y usuarios el acceso pleno a una circulación libre, estableciendo para ello lineamientos claros que permitan a las unidades orgánicas competentes realizar el control adecuado en cumplimiento de sus funciones, informe que es compartido por la Gerencia Municipal mediante Proveído Nº 653-2019-GM; Estando a los fundamentos expuestos, y en uso de las facultades conferidas por el numeral 8) del artículo 9º, y artículo 40º de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, contando con el voto por unanimidad de los señores regidores asistentes a la Sesión Ordinaria de Concejo de fecha 10 de abril de 2019, y con la dispensa de la lectura y aprobación del Acta; se aprobó la siguiente: ORDENANZA QUE DICTA MEDIDAS COMPLEMENTARIAS PARA EL ORDENAMIENTO VIAL Y RECUPERACIÓN DE ESPACIOS PÚBLICOS EN EL DISTRITO DE LA VICTORIA APROBADO MEDIANTE ORDENANZA Nº 062-2008-MLV Artículo Primero.- La presente Ordenanza tiene como finalidad regular el ordenamiento vial en el Distrito de La Victoria y la recuperación de los espacios públicos para mejorar la libre circulación peatonal y vehicular en las vías que la conforman. Artículo Segundo.- Incluir dentro de las prohibiciones indicadas en los artículos 3º y 4º de la Ordenanza Nº 0622008-MLV a los vehículos de transporte de carga. Artículo Tercero.- Modificar los artículos 5º, 6º, 8º, 10º, 12º, 13º de la Ordenanza Nº 062-2008-MLV que quedarán redactados de la siguiente manera:
DESCRIPCIÓN DE LA INFRACCIÓN

"Artículo 5º.- Prohíbase la ocupación de la vía pública para la venta y exhibición de vehículos que no se encuentren autorizados por la Municipalidad Distrital de La Victoria y los paraderos informales para el servicio de taxi, los mismos que darán lugar a las sanciones correspondientes conforme al Régimen de Aplicación de Sanciones y al Cuadro Único de Infracciones y Sanciones. Queda establecido que la Gerencia de Seguridad Ciudadana, Fiscalización y Control y Gestión de Riesgo de Desastres cumpla con la regulación y aplicación de la presente norma, contando con el apoyo de la Gerencia de Tránsito, Transporte y Seguridad Vial. Artículo 6º.- Prohíbase la obstaculización de la vía pública por transportistas de vehículos menores que realizan labores de taxis en lugares no autorizados como paraderos, encargándose el retiro de los mismos a la Gerencia de Tránsito, Transporte y Seguridad Vial, con el apoyo de las unidades orgánicas competentes y la Policía Nacional del Perú cuando sea necesario. Para el caso de aquellos vehículos que cumplen funciones de carga y descarga de mercaderías en zonas comerciales y similares el horario se regulará mediante decreto de alcaldía. Artículo 8º.- El Estudio de Impacto Vial constituye un elemento concurrente de la autorización correspondiente. La Subgerencia de Tránsito, Transporte y Seguridad Vial evaluará los requisitos y su aprobación en el distrito de La Victoria y estará relacionado a los terminales terrestres, centros comerciales y similares, de acuerdo a lo estipulado en la Ordenanza Nº 2087-MML. Artículo 10º.- El control del tránsito y recuperación del espacio público en el distrito de La Victoria se orienta a adoptar medidas correctivas, con apoyo de la Policía Nacional del Perú, cuando fuera necesario, respecto a su buen uso público, como son las vías, áreas verdes, y bermas centrales, veredas y calzadas que forman parte del material urbano del distrito y que constantemente vienen siendo ocupadas por vehículos de uso particular, con todo tipo de finalidades inclusive, como taller de reparaciones y actividades similares y otros. Artículo 12º.- Las empresas de transporte terrestre interprovincial de personas y mercancías, así como también los vehículos de transporte de carga solo podrán circular en las rutas y en las vías establecidas en sus respectivas autorizaciones, de acuerdo al plano del Sistema de la Red Vial de Transporte Interprovincial y de Carga del distrito de La Victoria. Artículo 13º.- Incorpórese la aplicación de las sanciones descritas en el presente artículo en la Ordenanza Nº 303/ MDLV - Régimen de Aplicación de Sanciones Administrativas (RAS) y el Cuadro Único de Infracciones y Sanciones (CUIS) - a ser aplicadas por las áreas competentes de la Gerencia de Seguridad Ciudadana, Fiscalización y Control y Gestión de Riesgo de Desastres y de la Gerencia de Tránsito, Transporte y Seguridad Vial:
MEDIDA COMPLEMENTARIA

CODIGO

OBSERVACIONES

% UIT

FACILIDADES DE PAGO

UNIDAD ORGANICA

POR LA OCUPACION DE LA VIA PUBLICA Operación del Transporte Interprovincial de Pasajeros, 03-0307 vehículos pesados y transporte de carga en la vía pública. · Notificada la sanción tiene 15 Responsables: días para el pago y acceder al · GTTSV y GSCFCGRD 50% de descuento. Internamiento Vehicular · Posteriores a los 15 días de (SGTTSV y SGFC) notificado el pago será al 100%. Apoyo: · PNP · Notificada la sanción tiene 15 Responsable: días para el pago y acceder al GSCFCGRD 50% de descuento. · Posteriores a los 15 días de Apoyo: notificado el pago será al 100%. · SGFC · GTTSV · PNP

Multa

100

03-0308

Venta y exhibición de vehículos en la vía pública.

Multa

50

Internamiento Vehicular

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