Norma Legal Oficial del día 02 de mayo del año 2019 (02/05/2019)


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TEXTO DE LA PÁGINA 46

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NORMAS LEGALES

Jueves 2 de mayo de 2019 /

El Peruano

· POR GASTOS ADMINISTRATIVOS: Pagar en caja del Local Central por Expediente Matrimonial la Suma de S/. 40.00 (cuarenta con 00/100 soles). · CERTIFICADO MEDICO PRE NUPCIAL: Pagar en la caja del Hospital Municipal por Examen Médico la Suma de S/. 100.00 (cien con 00/100 soles). Artículo Quinto.- FACULTAR al señor Alcalde para que mediante Decreto de Alcaldía dicte las disposiciones complementarias, necesarias para la adecuación y mejor aplicación de la presente Ordenanza, de ser necesario, varíe las fechas de los dos matrimonios Civiles Comunitarios 2019. Artículo Sexto.- ENCARGAR a la Gerencia Municipal, la Gerencia de Administración y Finanzas, Sub Gerencia de Registro Civil y demás unidades orgánicas pertinentes, el cumplimiento de la presente Ordenanza. Artículo Sétimo.- La presente Ordenanza entrará en vigencia al día siguiente de su publicación. Artículo Octavo.- ENCARGAR a la Secretaría General la publicación de la presente Ordenanza en el Diario Oficial El Peruano, y a la Secretaría de Comunicación e Imagen Institucional la publicación en el portal institucional de la Municipalidad (www.munisjl.gob.pe). Regístrese, comuníquese, cúmplase y archívese. ALEX GONZALES CASTILLO Alcalde 1765005-1

PROVINCIAS

MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE AGUAS VERDES
Aprueban la modificación del Texto Único de Procedimientos Administrativos - TUPA2011 de la Municipalidad Distrital de Aguas Verdes
DECRETO DE ALCALDÍA Nº 004-2019-MDAV Aguas Verdes, 08 de marzo del 2019 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE AGUAS VERDES VISTOS; El Oficio Nº 217-2018/INDECOPISRB; El Oficio Nº 122-2019/INDECOPI-SRB, de la Secretaría Técnica Regional de Eliminación de Barreras Burocráticas, del Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y de la Protección de la Propiedad Intelectual - INDECOPI; Memorándum Nº 616-2019/MDAV-GM; Informe Nº 176-2019-GAJMDAV, Proveído Nº 1634-GGM; Respecto Al programa de Eliminación Voluntaria de Barreras Burocráticas y Simplificación Administrativa identificadas en el Texto Único de Procedimientos Administrativos ­TUPA, de la Municipalidad Distrital de Aguas Verdes; y, CONSIDERANDO: Primero: Que, el Artículo 194º de la Constitución Política del Perú establece que "Las Municipalidades Provinciales y distritales son los órganos de gobierno local tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia...". Segundo: Que, en el artículo 42º de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, señala que los decretos de alcaldía establecen normas reglamentarias y de aplicación de las Ordenanzas, sancionan los

procedimientos necesarios para correcta y eficiente administración y resuelven o regulan asuntos de orden general y de interés para el vecindario, que no sean de competencia del Concejo Municipal. Tercero: Que, mediante Ordenanza Municipal Nº 001-2012-MDAV-SG de fecha 15 de Febrero de 2017, se aprobó el Texto Único de Procedimientos Administrativos (T.U.P.A) de la Municipalidad Distrital Aguas Verdes; Ratificado con Acuerdo de Concejo Nº 042-2012-CM/MPZ de fecha 18 de abril de 2012. Cuarto: Que, con Oficio Nº 0217-2018/INDECOPISRB con fecha de recepción el 10 de Octubre del 2018, la Secretaría Técnica Regional de Eliminación de Barreras Burocráticas, del Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y de la Protección de la Propiedad Intelectual (INDECOPI) ha identificado requisitos y exigencias contenidas en el Texto Único de Procedimientos Administrativos, las cuales podrían contravenir las normas de alcance nacional. Así mismo, da a conocer el Secretario Técnico Regional de Eliminación de Barreras Burocráticas que la eliminación voluntaria de barreras burocráticas y la adopción de estrategias internas de prevención dentro de la entidad pública puede motivar medidas en favor de la Entidad. Quinto: Que, mediante Oficio Nº 122-2019/ INDECOPI-SRB con fecha de recepción el 23 de Enero de 2019, la Secretaria Técnica Regional de Eliminación de Barreras Burocráticas, del Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y de la Protección de la Propiedad Intelectual (INDECOPI) informa que a la fecha de la emisión del documento antes señalado no se ha cumplido con acreditar la Eliminación Voluntaria de las Barreras Burocráticas identificadas a pesar de las constantes comunicaciones dirigidas en la Gestión anterior. Sexto: Que, con Memorándum Nº 616-2019/MDAVGM de fecha 04 de Marzo de 2019, el Gerente General Municipal de la Municipalidad Distrital de Aguas Verdes, solicita al Asesor Jurídico emitir opinión legal, respecto a la sugerencia de adoptar las acciones normativas necesarias para disponer la adecuación de los requisitos, exigencias, cobros, prohibiciones y/o limitaciones presuntamente ilegales establecidos en el Texto Único de Procedimientos Administrativos de la Municipalidad Distrital de Aguas Verdes. Séptimo: Que, con Informe Nº 176-2019/GAJ-MDAV de fecha 04 de marzo de 2019, el Gerente de Asesoría Jurídica, informa al Gerente Municipal que una vez habiéndose realizado las coordinaciones con las áreas respectivas se proceda con la emisión del Decreto de Alcaldía conforme a lo indicado por la Secretaria Técnica Regional de Eliminación de Barreras Burocrática conforme al Oficio Nº 122-2019/INDECOPI-SRB. Octavo: Que, el numeral 39.3 del Artículo 39º del T.U.O de la Ley de Procedimiento Administrativo General ­ Ley Nº 27444, señala que las disposiciones a la eliminación de procedimientos o requisitos o a la simplificación de los mismos, podrán aprobarse por Resolución Ministerial, Norma Regional de rango equivalente o Decreto de Alcaldía, según se trate de entidades dependientes del Gobierno Central, Gobiernos Regionales o Locales, respectivamente. Estando a las consideraciones expuestas y en uso de las facultades conferidas en el numeral 6) del artículo 20º de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972. DECRETA: Artículo Primero.- APROBAR, la modificación del Texto Único de Procedimientos Administrativos ­ TUPA2011 de la Municipalidad Distrital de Aguas Verdes, conforme a lo identificado por la Secretaria Técnica Regional de Eliminación de Barreras Burocráticas del INDECOPI en los requisitos y exigencias contenidas en el Texto Único de Procedimientos Administrativos, las cuales podrían contravenir normas de alcance nacional. Los requisitos modifican los procedimientos: Nº 1-3º,4º; 2-d); 3-2º,4º; 4-1º, 5-A, 5-B.1) 6-1º,2º; 7-1º,2º; 8-1º,2º; 9-A)-

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