Empresa en el ranking

NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 28 DE MAYO DEL AÑO 2019 (28/05/2019)

CANTIDAD DE PAGINAS: 88

TEXTO PAGINA: 40

40 NORMAS LEGALES Martes 28 de mayo de 2019 / El Peruano Designan Directora de Sistema Administrativo II de la Secretaría General del Ministerio RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 382-2019 MTC/01 Lima, 24 de mayo de 2019CONSIDERANDO:Que, mediante Resolución Ministerial N° 010-2019 MTC/01, se designa al señor Walter Ricardo Gómez Hidalgo, en el cargo de Director de Sistema Administrativo II de la Secretaría General del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, cargo al cual ha formulado renuncia, siendo necesario aceptarla, así como designar a la persona que ejercerá el cargo; De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley N° 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios públicos; la Ley N° 29370, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, y su Reglamento de Organización y Funciones aprobado por el Decreto Supremo Nº 021-2018-MTC, modi fi cado por el Decreto Supremo N° 014-2019-MTC, y la Resolución Ministerial Nº 015-2019 MTC/01; SE RESUELVE:Artículo 1.- Aceptar la renuncia formulada por el señor Walter Ricardo Gómez Hidalgo, al cargo de Director de Sistema Administrativo II de la Secretaría General del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, dándosele las gracias por los servicios prestados. Artículo 2.- Designar a la señora Dora Amelia Pérez Estrada, en el cargo de Directora de Sistema Administrativo II de la Secretaría General del Ministerio de Transportes y Comunicaciones. Regístrese, comuníquese y publíquese.MARIA ESPERANZA JARA RISCO Ministra de Transportes y Comunicaciones 1772952-1 Reclasifican de manera temporal Rutas Vecinales o Rurales como Ruta Departamental o Regional de la Red Vial del departamento de Tumbes RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 384-2019 MTC/01.02 Lima, 27 de mayo de 2019VISTOS: El O fi cio N° 0146-2019-MDSJ/A de la Municipalidad Distrital de San Jacinto; el O fi cio N° 130-2019-MDM-ALC de la Municipalidad Distrital de Matapalo; el O fi cio N° 120-2019-MDSJDLV/A de la Municipalidad Distrital de San Juan de la Virgen; el O fi cio N° 125-2019-MDPDH/ALC de la Municipalidad Distrital de Pampas de Hospital; el O fi cio N° 167-2019/MPT-ALC de la Municipalidad Provincial de Tumbes; el O fi cio N° 136-2019-MPZ-ALC de la Municipalidad Provincial de Zarumilla; los O fi cios Nos. 122 y 150-2019/GOBIERNO REGIONAL TUMBES-GR del Gobierno Regional de Tumbes; el Informe N° 036-2019-MTC/19.03 de la Dirección de Disponibilidad de Predios de la Dirección General de Programas y Proyectos de Transportes; y, el Memorándum N° 1959-2019-MTC/19 de la Dirección General de Programas y Proyectos de Transportes; CONSIDERANDO: Que, el artículo 16 de la Ley N° 27181, Ley General de Transporte y Tránsito Terrestre, establece que el Ministerio de Transportes y Comunicaciones es el órgano rector a nivel nacional en materia de transporte y tránsito terrestre, correspondiéndole dictar los reglamentos nacionales establecidos en la Ley; Que, por Decreto Supremo N° 017-2007-MTC, se aprueba el Reglamento de Jerarquización Vial (en adelante, el Reglamento), el cual tiene por objeto establecer los criterios de clasi fi cación de vías destinados a orientar las decisiones de inversión y operación de éstas, así como los criterios para la declaración de áreas o vías de acceso restringido; señalando que la Jerarquización Vial es el ordenamiento de las carreteras que conforman el Sistema Nacional de Carreteras (en adelante, SINAC), en niveles de jerarquía, debidamente agrupadas sobre la base de su funcionalidad e importancia; Que, los artículos 4 y 6 del Reglamento, establecen que el SINAC se jerarquiza en tres redes viales, que están a cargo de las autoridades competentes de los niveles de gobierno que corresponden a la organización del Estado, de forma que: (i) El Ministerio de Transportes y Comunicaciones, por el Gobierno Nacional, está a cargo de la Red Vial Nacional; (ii) Los Gobiernos Regionales a cargo de la Red Vial Departamental o Regional; y, (iii) Los Gobiernos Locales a cargo de la Red Vial Vecinal o Rural; Que, los artículos 9 y 10 del Reglamento, disponen que el Ministerio de Transportes y Comunicaciones, a través de la entonces Dirección General de Caminos y Ferrocarriles, efectúa la Clasi fi cación o Reclasi fi cación de las Carreteras que conforman el SINAC, en aplicación de los criterios de jerarquización vial señalados en el artículo 8 del Reglamento, y considerando la información que proporcionen las autoridades competentes, la cual será aprobada mediante Resolución Ministerial e incorporada al Clasi fi cador de Rutas y al Registro Nacional de Carreteras (RENAC); Que, el artículo 15 del Reglamento, señala que el Clasi fi cador de Rutas es el documento o fi cial del SINAC, a través del cual, las rutas se encuentran clasi fi cadas en Red Vial Nacional, Red Vial Departamental o Regional y Red Vial Vecinal o Rural, incluye el Código de Ruta y su de fi nición según los puntos o lugares principales que conecta, respecto del cual el Ministerio de Transportes y Comunicaciones es el responsable de elaborar la actualización del Clasi fi cador de Rutas que se aprobará mediante Decreto Supremo; mientras que, las modi fi caciones serán aprobadas por Resolución Ministerial del Ministerio de Transportes y Comunicaciones; Que, el artículo 6 del Decreto Supremo Nº 012- 2013-MTC, que aprueba la actualización del Clasi fi cador de Rutas del SINAC y las disposiciones sobre dicho Clasi fi cador, establece que el Ministerio de Transportes y Comunicaciones podrá disponer, a petición de las autoridades competentes, la reclasi fi cación temporal de una vía, mediante Resolución Ministerial, con la fi nalidad de permitir que una vía que tenga una clasi fi cación, según el Clasi fi cador de Rutas, pueda ser reclasi fi cada para mejorar sus características físicas y operativas por la autoridad que, actualmente, no tiene competencia sobre ella, para lo cual debe acreditar que cuenta con recursos presupuestales para realizar proyectos viales sobre la misma; señalando que la reclasi fi cación temporal tendrá vigencia hasta la conclusión de los proyectos viales que ejecuten las autoridades competentes; Que, mediante Decreto Supremo N° 011-2016-MTC, se aprueba la actualización del Clasi fi cador de Rutas del SINAC, el cual comprende las Rutas de la Red Vial Nacional, Red Vial Departamental o Regional y la Red Vial Vecinal o Rural; Que, mediante los O fi cios Nos. 122 y 150-2019/ GOBIERNO REGIONAL TUMBES-GR, el Gobierno Regional de Tumbes solicita al Ministerio de Transportes y Comunicaciones aprobar la reclasi fi cación temporal de las Rutas Vecinales o Rurales Nos. TU-524, TU-526 y TU-532 como Ruta Departamental o Regional, para ejecutar un proyecto de inversión para mejorar las condiciones de las carreteras dentro de su ámbito jurisdiccional, señalando que cuenta con los recursos para la ejecución del referido proyecto; además, remite los O fi cios Nos. 0146-2019-MDSJ/A, 130-2019-MDM- ALC, 120-2019-MDSJDLV/A y 125-2019-MDPDH/ALC, a través de los cuales los Alcaldes de las Municipalidades