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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 31 DE MAYO DEL AÑO 2019 (31/05/2019)

CANTIDAD DE PAGINAS: 112

TEXTO PAGINA: 106

106 NORMAS LEGALES Viernes 31 de mayo de 2019 / El Peruano Alcaldía para que proceda a emitir el Decreto de Alcaldía correspondiente; Que, agrega, la Gerencia de Asesoría Jurídica que la presente norma tiene por fi nalidad prorrogar los bene fi cios existentes y vigentes a la actualidad de la Ordenanza N° 591-MSS, por lo que resulta factible prescindir de la prepublicación conforme al Artículo 14º, numeral 3) acápite 3.2) del Reglamento que establece disposiciones relativas a la publicidad, publicación de proyectos normativos y difusión de normas legales de carácter general, aprobado por Decreto Supremo Nº 001-2009-JUS y la Directiva Nº 005-2009-MSS aprobada mediante Resolución Nº 220-2009-RASS, siendo innecesaria la prepublicación por cuanto la propuesta normativa contiene un bene fi cio a favor de los vecinos; Que, con Proveído del 22.05.2019, la Gerencia Municipal solicita proyectar el Decreto de Alcaldía, para la propuesta de prórroga de la Ordenanza N° 591-MSS; Estando al Informe Nº 021-2019-GAT-MSS y al Informe Nº 457-2019-GAJ-MSS emitidos por la Gerencia de Administración Tributaria y la Gerencia de Asesoría Jurídica, respectivamente, y de conformidad con el numeral 6) del Artículo 20º y 39º de la Ley Orgánica de Municipalidades – Ley Nº 27972; DECRETA: Artículo Primero.- PRORROGAR la vigencia de la Ordenanza N° 591-MSS hasta el 28 de agosto del 2019. Artículo Segundo.- EL PRESENTE Decreto de Alcaldía entrará en vigencia al día siguiente de su publicación en el diario o fi cial El Peruano. Artículo Tercero.- ENCARGAR a la Secretaría General la publicación del presente Decreto de Alcaldía en el Diario O fi cial El Peruano y a la Gerencia de Tecnologías de la Información en el Portal Institucional de la Municipalidad de Santiago de Surco, dentro del día siguiente de su aprobación, conforme prescribe el Artículo 13° de la Directiva N° 001-2017-PCM/SGP, aprobada mediante Resolución Ministerial N° 035-2017-PCM. Artículo Cuarto.- ENCARGAR a la Gerencia Municipal, a la Gerencia de Administración Tributaria, a la Gerencia de Tecnologías de la Información, a la Subgerencia de Registro y Control Tributario, el cumplimiento del presente Decreto de Alcaldía, así como a la Gerencia de Comunicaciones e Imagen Institucional, la divulgación y difusión de sus alcances. Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase.JEAN PIERRE COMBE PORTOCARRERO Alcalde 1774382-1 PROVINCIAS MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DEL CUSCO Aprueban la participación de la Municipalidad Provincial del Cusco en el XV Congreso Mundial de las Ciudades del Patrimonio Mundial (OCPM), a desarrollarse en Polonia y autorizan la participación del Alcalde ACUERDO MUNICIPAL Nº 032-2019-MPC Cusco, 29 de abril de 2019. EL CONCEJO MUNICIPAL DE LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DEL CUSCO. VISTO: En Sesión Ordinaria de Concejo Municipal, de fecha 29 de abril de 2019, y;CONSIDERANDO: Que, de conformidad con lo establecido por el artículo 194º de la Constitución Política del Perú, modi fi catorias y el artículo II del Título Preliminar de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, establece que los gobiernos locales gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia. La autonomía que la Constitución Política del Perú establece para las municipalidades radica en la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y de administración, con sujeción al ordenamiento jurídico; Que, la autonomía política consiste en la capacidad de dictar normas de carácter obligatorio en los asuntos de su competencia dentro de su jurisdicción, la autonomía económica consiste en la capacidad de decidir sobre su presupuesto y los destinos de los gastos y las inversiones con la participación activa de la sociedad civil, la autonomía administrativa es la capacidad de organizarse de la manera que más convenga a sus planes de desarrollo local; Que, el Decreto Supremo Nº 007–2013–EF, regula el otorgamiento de viáticos para viajes en comisión de servicios en el territorio nacional de servidores y funcionarios públicos, entre ellos autoridades como alcaldes y regidores; Que, mediante Directiva Nº 002–2011–OGA/MPC, aprobada por Resolución de Alcaldía 375 – 2011 – MPC, se estableció las normas para el otorgamiento de viáticos para viajes en comisión de servicios de los funcionarios y trabajadores de la Municipalidad del Cusco y la rendición de los gastos irrogados al erario público; Que, el Concejo Municipal reunido en sesión ordinaria de fecha 11 de febrero de 1988, bajo la Presidencia del señor Alcalde, ingeniero Carlos Chacón Galindo, tomó el Acuerdo Municipal Nº 010 – A / MC – SG – 88, por Unanimidad, aprobando la iniciativa para realizar las gestiones a efecto de suscribir el Hermanamiento del Cusco, con la ciudad de Cracovia, suscribiéndose el Convenio respectivo el 16 de marzo de 1988; Que, mediante documento con Exp. Nº 561 con fecha 27 de febrero de 2019, el Alcalde de Cracovia, Jacek Majchrowski hace llegar la invitación al Dr. Víctor Germán Boluarte Medina – Alcalde de la Municipalidad Provincial del Cusco, a participar en el XV Congreso Mundial de las Ciudades del Patrimonio Mundial (OCPM), a desarrollarse en la ciudad de Cracovia, Polonia, entre los días 02 al 05 de junio de 2019 y a la vez para celebrar el 30º aniversario del Hermanamiento entre Cracovia y Cusco; Que, el Gerente de Centro Histórico, mediante Informe Nº 020 – 2019 – GCHC – GM – MPC, de fecha 7 de marzo de 2019, opina a favor de la participación de la Municipalidad Provincial del Cusco, en el XV Congreso Mundial de las Ciudades del Patrimonio Mundial (OCPM), a desarrollarse en la ciudad de Cracovia, Polonia; Que, el Director de la O fi cina General de Cooperación Técnica, mediante Informe Nº 25-DGCT-GMC-2019, de fecha 18 de marzo de 2019, opina a favor de la participación de la Municipalidad Provincial del Cusco, en el XV Congreso Mundial de las Ciudades del Patrimonio Mundial (OCPM), a desarrollarse en la ciudad de Cracovia, Polonia; Que, en la Sesión Ordinaria de Concejo Municipal, de fecha 29 de abril de 2019, se dio cuenta de dicha invitación a participar en el XV Congreso Mundial de las Ciudades del Patrimonio Mundial (OCPM), a desarrollarse en la ciudad de Cracovia, Polonia, entre los días 02 al 05 de junio de 2019, para posteriormente pasarse a debatir y aprobar la participación de la Municipalidad Provincial del Cusco y autorizar la participación del Alcalde de la Municipalidad Provincial del Cusco, para su viaje a Cracovia, Polonia; Que, el artículo 39º de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, establece que el Concejo Municipal ejerce sus funciones de gobierno mediante la aprobación de Ordenanzas Municipales y Acuerdos Municipales; igualmente, el artículo 41º de dicha Ley precisa que los Acuerdos son decisiones que toma el Concejo Municipal sobre asuntos especí fi cos que expresan la voluntad de dicho órgano de gobierno para practicar un determinado acto o sujetarse a una conducta o norma institucional;