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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 31 DE MAYO DEL AÑO 2019 (31/05/2019)

CANTIDAD DE PAGINAS: 112

TEXTO PAGINA: 94

94 NORMAS LEGALES Viernes 31 de mayo de 2019 / El Peruano Autorizan a Scotiabank Perú la apertura de agencia en el distrito de San Isidro, provincia y departamento de Lima RESOLUCIÓN SBS Nº 2300-2019 Lima, 22 de mayo de 2019LA INTENDENTE GENERAL DE BANCAVISTA:La solicitud presentada por Scotiabank Perú (en adelante, el Banco) para que se le autorice apertura de una (01) agencia, según se detalla en la parte resolutiva; y, CONSIDERANDO: Que, el Banco ha cumplido con presentar la documentación pertinente que sustenta el pedido formulado; Estando a lo opinado por el Departamento de Supervisión Bancaria “B”; y, De conformidad con lo dispuesto por el artículo 30° de la Ley N° 26702 - Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Orgánica de la Superintendencia de Banca y Seguros, y la Resolución SBS N° 4797-2015; y, en uso de las facultades delegadas mediante la Resolución SBS N° 1678-2018 y Resolución Administrativa Nº 240-2013; RESUELVE: Artículo Único.- Autorizar a Scotiabank Perú la apertura de una (01) agencia denominada “Paseo de la República”, ubicada en Calle Dean Valdivia Nº 485-495 esquina con Avenida Paseo de la República, Distrito de San Isidro, Provincia y Departamento de Lima. Regístrese, comuníquese y publíquese.PATRICIA SALAS CORTÉS Intendente General de Banca 1774099-1 Autorizan viaje de funcionario de la SBS a Francia, en comisión de servicios RESOLUCIÓN SBS N° 2417-2019 Lima, 29 de mayo de 2019LA SUPERINTENDENTA DE BANCA, SEGUROS Y ADMINISTRADORAS PRIVADAS DE FONDOS DE PENSIONES VISTA:La invitación cursada por la International Organisation of Pension Supervisors (IOPS) a la Superintendencia de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones (SBS), con el fi n de participar en la Joint Meeting of the IOPS Technical Committee and OECD Working Party on Private Pensions (WPPP) y en la International Pension Research Association (IPRA) Conference, que se llevarán a cabo del 03 al 05 de junio de 2019 en la ciudad de París, República Francesa; CONSIDERANDO:Que, la Superintendencia de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones (SBS) es miembro de la International Organisation of Pension Supervisors (IOPS), su participación en los mencionados eventos le brindará la oportunidad de tomar conocimiento e intercambiar experiencias sobre el enfoque del supervisor, del usuario y los recientes cambios a nivel mundial sobre el ahorro con fi nes pensionarios;Que, la Joint Meeting of the IOPS Technical Committee and OECD Working Party on Private Pensions (WPPP) se dedicará a la discusión de los proyectos IOPS seleccionados como: directrices de supervisión de IOPS sobre la integración de los factores Environmental, Social and Governance (ESG) en la inversión y la gestión de riesgos de los fondos de pensiones, proyecciones de bene fi cios de jubilación, supervisión de inversiones en infraestructura, solvencia de los planes de pensiones de prestaciones de fi nidas - respuestas de supervisión y políticas, supervisión de la ciberseguridad, entre otros. Asimismo, se discutirá los proyectos del WPPP como: características del diseño de las pensiones fi nanciadas que afectan la participación, los niveles de contribución y los resultados de las pensiones de individuos en formas de trabajo no estándar, las implicancias de la regulación prudencial para el costo y la distribución del riesgo en los acuerdos de pensiones que mitigan los riesgos de longevidad para los pensionados, enfoques para evaluar la contribución de las pensiones fi nanciadas a la adecuación de los ingresos de jubilación, evaluación de la brecha de género en las pensiones privadas, referencia de inversión, así como revisión de la hoja de ruta de la OECD para el buen diseño de los planes de pensiones de contribución de fi nida; Que, la International Pension Research Association (IPRA) Conference abordará tres temas clave: implicancias de los pronósticos de morbilidad y mortalidad para los programas de pensiones, acuerdos de trabajo no estándar, e ingresos de jubilación y pensiones limpias: factores que impiden la entrega efectiva de los ingresos de jubilación; Que, la Asociación Internacional de Organismos de Supervisión de Fondos de Pensiones (AIOS), de la cual la Superintendencia de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones (SBS) es miembro y ocupa la Primera Vicepresidencia de la Junta Directiva, ha aprobado que el Perú la represente en los eventos mencionados, por intermedio del señor Elio Javier Sánchez Chávez, Superintendente Adjunto de Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones (a.i.) y Primer Vicepresidente de la Junta Directiva de AIOS; Que, en atención a la invitación cursada, y en tanto los temas que se desarrollarán redundarán en bene fi cio del ejercicio de las funciones de supervisión y regulación de la SBS, se ha considerado conveniente designar al señor Elio Javier Sánchez Chávez, Superintendente Adjunto de Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones (a.i.), para que participe en los citados eventos; Que, la Superintendencia de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones, mediante Directiva SBS N° SBS-DIR-ADM-085-22, ha dictado una serie de Medidas Complementarias de Austeridad en el Gasto para el Ejercicio 2019, estableciéndose en el Numeral 4.4.1 que, se restringen los viajes al exterior, únicamente se autorizarán aquellos viajes para eventos que requieran la representación sobre temas vinculados con negociaciones bilaterales, multilaterales, foros o misiones o fi ciales que comprometan la presencia de los trabajadores, así como aquellos necesarios para el ejercicio de sus funciones, capacitaciones o eventos de sumo interés para la Superintendencia, como el presente caso; Que, en consecuencia, es necesario autorizar el viaje del citado funcionario para participar en los eventos indicados, cuyos gastos por concepto de pasaje aéreo y viáticos, hasta por US$ 1 800,00, serán cubiertos por la Asociación Internacional de Organismos de Supervisión de Fondos de Pensiones (AIOS), en tanto que los gastos por concepto de viáticos serán cubiertos parcialmente por esta Superintendencia con cargo al Presupuesto correspondiente al ejercicio 2019; y, En uso de las facultades que le con fi ere la Ley N° 26702 “Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Orgánica de la Superintendencia de Banca y Seguros”, de conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 27619, así como en el Decreto Supremo N° 047-2002-PCM y en el Decreto Supremo N° 056-2013-PCM, y en virtud a la Directiva SBS N° SBS-DIR-ADM-085-22 sobre Medidas Complementarias de Austeridad en el Gasto para el Ejercicio 2019;