Empresa en el ranking

NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 07 DE NOVIEMBRE DEL AÑO 2019 (07/11/2019)

CANTIDAD DE PAGINAS: 88

TEXTO PAGINA: 49

49 NORMAS LEGALES Jueves 7 de noviembre de 2019 El Peruano / Que, mediante O fi cio Múltiple N° 02058-2019-MINDEF/ SG la Secretaria General del Ministerio de Defensa - MINDEF, comunica a la Secretaria General de la Presidencia del Consejo de Ministros - PCM que el pliego del Ministerio de Defensa ha emitido un informe técnico en el que concluye que el MINDEF ha excedido el monto máximo establecido por Decreto Supremo N° 047-2019-PCM destinado a las acciones de apoyo de las Fuerzas Armadas para el año fi scal 2019; Que, asimismo, con el O fi cio Nº D001522-2019- PCM/SG, la Secretaría General de la PCM señala que el MINDEF ha excedido el monto máximo establecido en el Decreto Supremo Nº 047-2019- PCM, con cargo a su presupuesto, para atender las operaciones de apoyo a los Pliegos Presupuestarios del Gobierno Nacional; Que, a través de la Nota Informativa N° 159-2019-SIS- GA, la Gerencia del Asegurado - GA informó, respecto a la verifi cación de vuelos realizados por la FAP, durante el periodo del 13 de marzo al 12 de mayo de 2019, que “(…) 33 vuelos corresponden a traslados de asegurados SIS con a fi liación en condición activa”; asimismo, con Informe N° 106-2019-SIS/GA-SGPPA-DNPH con Proveído N° 756-2019-SIS/GA, la GA señaló, respecto a la veri fi cación de vuelos realizados por la FAP durante el periodo del 01 de junio al 11 de setiembre de 2019, que “(…) de los 80 vuelos realizados por la FAP dentro del marco del convenio especí fi co, 03 traslados se encuentran observados por falta de registro de datos de los asegurados”, los mismos que corresponden al traslado de pacientes en situación de emergencia Prioridad I el marco del Convenio Especí fi co N° 015-2018-MINSA/SIS/FAP; Que, mediante Informe N° 071-2019-SIS/OGPPDO- DADZ con Proveído N° 222-2019-SIS/OGPPDO, la O fi cina General de Planeamiento, Presupuesto y Desarrollo Organizacional – OGPDDO aprobó la ampliación de la Certi fi cación de Crédito Presupuestario N° 603 hasta por la suma de S/ 1 022 168.00 (Un millón veintidós mil ciento sesenta y ocho y 00/100 Soles) en la Fuente de Financiamiento de Recursos Ordinarios, la misma que fue solicitada mediante el Memorando N° 980-2019-SIS/GNF para la programación de la transferencia fi nanciera por el concepto de pago por servicio de traslados de emergencia para asegurados SIS brindados por la FAP; Que, mediante Informe Nº 006-2019-SIS/GNF-SGRF/ VMMG con Proveído N° 841-2019-SIS/GNF, la Gerencia de Negocios y Financiamiento - GNF señala “(…) un total de S/ 2 286,922.36 comparado en términos nominales con la RJ 097-2019/SIS representa 91% condición necesaria para proceder a realizar una nueva trasferencia de manera prospectiva (…)”, por lo que concluye, en el marco del Convenio Especí fi co N° 015-2018-MINSA/SIS/FAP, “(…) aprobar la Transferencia Prospectiva de Recursos Financieros a la Unidad Ejecutora 472 Fuerza Aérea del Perú, por el monto de S/ 2 5000, 000.00 (DOS MILLONES QUINIENTOS MIL CON 00/100 SOLES) con la fi nalidad de poder realizar el transporte aéreo a los asegurados del SIS en condiciones de emergencia Prioridad I”; Que, mediante Informe N° 542-2019-SIS/OGAJ/DE con Proveído N° 561-2019-SIS/OGAJ, la O fi cina General de Asesoría Jurídica, sobre la base de lo opinado por la GA, la GNF y la OGPPDO, considera que resulta jurídicamente viable emitir la Resolución Jefatural que apruebe la transferencia fi nanciera prospectiva de recursos a favor del Pliego Presupuestal 026 Ministerio de Defensa, Unidad Ejecutora 005-472 Fuerza Aérea del Perú; Con el visto del Gerente de la Gerencia del Asegurado, del Gerente de la Gerencia de Negocios y Financiamiento, de la Directora General de la O fi cina General de Planeamiento, Presupuesto y Desarrollo Organizacional, del Director General (e) de la O fi cina General de Asesoría Jurídica; y, de la Secretaria General; y, De conformidad con lo establecido en la Ley N° 30879, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2019, y en el Reglamento de Organización y Funciones del Seguro Integral de Salud, aprobado por Decreto Supremo Nº 011-2011-SA, modi fi cado por Decreto Supremo N° 002-2016-SA. SE RESUELVE: Artículo 1.- Aprobar la transferencia fi nanciera de la Unidad Ejecutora 001 Seguro Integral de Salud - SIS hasta por la suma de S/ 2 500,000.00 (DOS MILLONES QUINIENTOS MIL Y 00/100 SOLES) con cargo a la Fuente 00: Recursos Ordinarios a favor del Pliego Presupuestario 026 Ministerio de Defensa, Unidad Ejecutora 005-472- Fuerza Aérea del Perú, para cubrir los gastos de transporte aéreo en que incurra la Fuerza Aérea del Perú en el traslado de los asegurados del Seguro Integral de Salud en condiciones de emergencia Prioridad I, en el marco del Convenio Especí fi co N° 015-2018-MINSA/SIS/FAP - “Convenio Especí fi co de Cooperación Interinstitucional entre el Ministerio de Salud, el Seguro Integral de Salud y la Fuerza Aérea del Perú”. Artículo 2.- Disponer que los recursos transferidos al que hace referencia el artículo 1 de la presente Resolución, se incorporen en el Programa, Producto y Actividad Presupuestaria 9002 asignaciones presupuestarias que no resultan en productos 3.999999. SIN PRODUCTO 5.002179. PRESTACIONES ADMINISTRATIVAS SUBSIDIADAS/NO TARIFADO y se utilicen única y exclusivamente para los fi nes del acotado convenio especí fi co: combustible, lubricantes, equipo de apoyo en tierra, mantenimiento mayor y mantenimiento menor. Artículo 3.- Precisar que los recursos a que se re fi ere el artículo 1 de la presente Resolución, no podrán ser destinados, bajo responsabilidad, a fi nes distintos para los cuales son autorizados. Artículo 4.- La Gerencia de Negocios y Financiamiento y la O fi cina General de Planeamiento, Presupuesto y Desarrollo Organizacional del Seguro Integral de Salud, en el ámbito de sus competencias, son responsables del monitoreo, seguimiento y cumplimiento de los fi nes para los cuales se realiza la transferencia que se aprueba a través de la presente Resolución Jefatural, en el marco de lo dispuesto en la Cuadragésima Primera Disposición Complementaria Final de la Ley Nº 30879, Ley de Presupuesto del Sector Público para el año fi scal 2019. Artículo 5.- Disponer la publicación de la presente Resolución en el Diario O fi cial El Peruano, así como en el Portal Institucional del Seguro Integral de Salud. Regístrese, comuníquese y publíquese.DORIS MARCELA LITUMA AGUIRRE Jefa del Seguro Integral de Salud 1824035-1 ORGANISMOS REGULADORES SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE SERVICIOS DE SANEAMIENTO Aprueban metas de gestión, fórmula tarifaria y estructura tarifaria que deberá cumplir EMAPA SAN MARTÍN S.A. en el quinquenio regulatorio 2019 - 2024 RESOLUCIÓN DE CONSEJO DIRECTIVO Nº 034-2019-SUNASS-CD EXP.: 007-2019-SUNASS-GRT-FT Lima, 30 de octubre de 2019VISTO: El Memorándum N° 100-2019-SUNASS-DRT emitido por la Dirección de Regulación Tarifaria, que presenta el estudio tarifario que sustenta la propuesta para el quinquenio regulatorio 2019-2024; de: i) la fórmula tarifaria, estructura tarifaria y metas de gestión que serán aplicadas por EMAPA SAN MARTÍN S.A. 1 (en adelante EMAPA SAN MARTÍN) y ii) los costos máximos de las unidades de medida de las actividades requeridas para determinar los precios de los servicios colaterales que serán de aplicación por la referida empresa.