Norma Legal Oficial del día 07 de noviembre del año 2019 (07/11/2019)


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TEXTO DE LA PÁGINA 41

El Peruano / Jueves 7 de noviembre de 2019

NORMAS LEGALES

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(05) días hábiles contados a partir del día siguiente de la publicación de la presente resolución. Artículo 3.- Funciones del Grupo de Trabajo El Grupo de Trabajo, para el cumplimiento de su objeto, ejerce las siguientes funciones: a) Elaborar un plan de actividades para el cumplimiento del objeto del Grupo de Trabajo. b) Elaborar un informe que contenga el análisis y las recomendaciones de conformidad con lo señalado en el artículo 1, en un plazo no mayor de noventa (90) días hábiles, contados a partir de su instalación, el mismo que se presenta al Despacho Ministerial. c) Otras que el Grupo de Trabajo considere necesarias para el cumplimiento de su objeto. Artículo 4.- Secretaría Técnica El Grupo de Trabajo cuenta con una Secretaría Técnica que recae en la Dirección General de Derechos Fundamentales y Seguridad y Salud en el Trabajo, la cual coordina para el cumplimiento del objeto y funciones del Grupo de Trabajo. Artículo 5.- Instalación El Grupo de Trabajo se instala en un plazo que no exceda de diez (10) días hábiles contados a partir de la fecha de publicación de la presente resolución. Artículo 6.- Colaboración, asesoramiento y apoyo El Grupo de Trabajo, a través de la Secretaría Técnica, puede solicitar la colaboración, asesoramiento, apoyo, opinión y aporte técnico de los órganos, unidades orgánicas y dependencias del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo; entidades públicas o privadas; organizaciones de la sociedad civil; o profesionales especializados/as en la materia, nacionales o internacionales; cuya participación se estime necesaria para la consecución de sus objetivos, sin que ello genere gastos al Tesoro Público. Artículo 7.- Vigencia El Grupo de Trabajo culmina de forma automática al cumplir el objeto referido en el artículo 1 de la presente resolución. Artículo 8.- Financiamiento El cumplimiento de las funciones del Grupo de Trabajo no demanda recursos adicionales al Tesoro Público. Artículo 9.- Publicación Publícase la presente resolución ministerial en el Portal Institucional del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo (www.gob.pe/mtpe), el mismo día de la publicación de la presente resolución ministerial en el Diario Oficial El Peruano, siendo responsable de dicha acción el Jefe de la Oficina General de Estadística y Tecnologías de la Información y Comunicaciones. Regístrese, comuníquese y publíquese. SYLVIA E. CÁCERES PIZARRO Ministra de Trabajo y Promoción del Empleo 1824374-1

2019-MTC/09 de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto del Ministerio de Transportes y Comunicaciones; y, CONSIDERANDO: Que, el artículo 1 del Decreto Legislativo N° 1335, Decreto Legislativo que modifica la entidad a cargo del desarrollo de la infraestructura, equipamiento y las operaciones para los "XVIII Juegos Panamericanos y Sextos Juegos Parapanamericanos - Lima 2019", dispone la transferencia al Ministerio de Transportes y Comunicaciones del Proyecto Especial para la preparación y desarrollo de los XVIII Juegos Panamericanos del 2019 y Sextos Juegos Parapanamericanos (en adelante, el Proyecto Especial), para la preparación y desarrollo de los XVIII Juegos Panamericanos del 2019, garantizando el cumplimiento de los compromisos asumidos por el Estado Peruano; Que, el 11 de octubre de 2013, se suscribe el Acuerdo de Responsabilidades y Obligaciones para la Organización de los XVIII Juegos Panamericanos del 2019, entre la Organización Deportiva Panamericana (ODEPA) y el Comité Olímpico Peruano (COP), con la intervención de la Municipalidad Metropolitana de Lima (MML), a través del cual se definieron las condiciones bajo las que se realizará la preparación y desarrollo de los referidos Juegos; y, el 14 de setiembre de 2017 se suscribe la Adenda correspondiente al mencionado Acuerdo; Que, el literal d) de la Décima Sexta Disposición Complementaria Final de la Ley N° 30879, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2019, autoriza al Ministerio de Transportes y Comunicaciones a aprobar transferencias financieras a favor de la Organización Deportiva Panamericana (ODEPA), y otros organismos internacionales, para atender, entre otras actividades, el pago de los honorarios de jueces, árbitros, delegados técnicos y/u oficiales designados, necesarios para el desarrollo de los XVIII Juegos Panamericanos y Sextos Juegos Parapanamericanos del 2019, en el marco de los compromisos y obligaciones asumidos por el Comité Organizador de los XVIII Juegos Panamericanos del 2019 (COPAL - PERÚ); precisando que, las transferencias financieras autorizadas se realizan mediante resolución del titular del pliego, previo informe favorable de su oficina de presupuesto, la misma que se publica en el diario oficial El Peruano; Que, asimismo, la Décima Sexta Disposición Complementaria Final de la Ley N° 30879, dispone que los recursos transferidos al organismo internacional deben ser destinados solo a los fines para los cuales se autoriza la transferencia; y, que los saldos no utilizados al 31 de diciembre de 2019, en la fuente de financiamiento Recursos Ordinarios, deberán ser devueltos al tesoro público conforme a la normatividad del Sistema Nacional de Tesorería; Que, mediante Oficio N° 1231-2019-MTC/34, la Dirección Ejecutiva del Proyecto Especial, sustentado en el Informe N° 408-2019-MTC/34.01.03 de su Oficina de Administración, el Informe N° 111-2019-MTC/34.01.09 de su Oficina de Planeamiento, Presupuesto y Modernización y el Informe N° 420-2019-MTC/34.01.01 de su Oficina de Asesoría Jurídica, solicita aprobar una transferencia financiera a favor del Comité Paralímpico Internacional - IPC (International Paralympic Committee, por sus siglas en inglés), hasta por la suma de S/ 122 167,50 (CIENTO VEINTIDOS MIL CIENTO SESENTA Y SIETE Y 50/100 SOLES) en la fuente de financiamiento Recursos Ordinarios, indicando que será atendida con cargo a los recursos del Proyecto Especial, para atender el pago de honorarios (per diem) de treinta y cinco (35) miembros oficiales designados por el IPC; de conformidad con lo establecido por la Décima Sexta Disposición Complementaria Final de la Ley N° 30879 y el Acuerdo de Responsabilidades y Obligaciones para la Organización de los XVIII Juegos Panamericanos del 2019 y su respectiva Adenda; Que, con Memorando N° 2124-2019-MTC/09, la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto del Ministerio de Transportes y Comunicaciones adjunta

TRANSPORTES Y COMUNICACIONES
Aprueban Transferencia Financiera a favor del Comité Paralímpico Internacional - IPC
RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 1028-2019-MTC/01 Lima, 6 de noviembre de 2019 VISTOS: El Oficio N° 1231-2019-MTC/34 del Proyecto Especial para la preparación y desarrollo de los XVIII Juegos Panamericanos del 2019 y Sextos Juegos Parapanamericanos y el Memorando N° 2124-

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