Norma Legal Oficial del día 07 de noviembre del año 2019 (07/11/2019)


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TEXTO DE LA PÁGINA 53

El Peruano / Jueves 7 de noviembre de 2019

NORMAS LEGALES

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EPS de las Metas de Gestión establecidas al mismo nivel, serán determinados aplicando las siguientes ecuaciones: · Para las Metas de Gestión "Renovación de medidores", "Incremento de medidores", "Reforestación para el control de erosión de suelos en la microcuenca Alto Cachiyacu", "Reforestación para el control de erosión de suelos en la unidad operativa Lamas", "Reforestación para el control de erosión de suelos en la unidad operativa Bellavista" y "Reforestación para el control de erosión de suelos en la unidad operativa San José de Sisa".

Meta de Gestión. Cabe precisar que, se consideran las metas de gestión referidas a los Mecanismos de Retribución por Servicios Ecosistémicos (MRSE) y a los servicios de agua potable y alcantarillado. Se expresa en porcentaje de la siguiente manera:

Donde: N : es el número total de metas de gestión. i : es el año del quinquenio regulatorio que se desea medir.

Donde: i : es el año del quinquenio regulatorio que se desea medir. a : son los años hasta llegar a "i". · Para las Metas de Gestión "Presión Promedio", "Continuidad promedio", "Catastro Técnico de Agua Potable y Alcantarillado", "Catastro Comercial de Agua Potable y Alcantarillado", "Instalación de macromedidores", "Registro del volumen de producción mediante macromedidores" y "Registro de datos del sistema de monitoreo hidrológico en las cuencas de aporte de Lamas, Bellavista, San José de Sisa y Cachiyacu".

Metas de Gestión: Son los parámetros seleccionados por la Dirección de Regulación Tarifaria para el seguimiento y evaluación sistémica del cumplimiento del programa de inversiones, las acciones de mejora en la gestión de la empresa prestadora establecidos en el estudio tarifario. Las Metas de Gestión son aprobadas en el Consejo Directivo de SUNASS. Valor Meta (VM): Es el valor de la Meta de Gestión establecido por el Consejo Directivo a propuesta de la Dirección de Regulación Tarifaria, que indica el objetivo a alcanzar por la empresa prestadora al final del año regulatorio. Valor Obtenido (VO): Es el valor de la Meta de Gestión alcanzado por la empresa prestadora como resultado de la gestión realizada durante el año regulatorio. II.- FISCALIZACIÓN DE LAS METAS DE GESTIÓN

Donde: i : es el año del quinquenio regulatorio que se desea medir. Para las mencionadas metas de gestión, el valor resultante deberá redondearse a un decimal. · Para las Metas de Gestión "Plan de Contingencia" y "Seguro de bienes y de responsabilidad civil". Para cada meta se aplicará lo siguiente: - Si la EPS cumple con lo establecido para la presente meta de acuerdo a lo señalado en el Anexo VII del Estudio Tarifario, ICI= 100%. - Si la EPS no cumple con lo establecido para la presente meta de acuerdo a lo señalado en el Anexo VII del Estudio Tarifario, ICI= 0%. · Para la Meta de Gestión "Relación de trabajo".

Para efecto de las acciones de fiscalización y sanción, la SUNASS verificará que al final de cada año del quinquenio regulatorio EMAPA SAN MARTÍN S.A. haya cumplido como mínimo las siguientes condiciones: - El 85% del ICG. - El 80% del ICI a nivel de EPS. - El 80% del ICI a nivel de localidad. El cumplimiento de los índices antes señalados será evaluado conforme a lo establecido en el numeral anterior. ANEXO N° 2 FÓRMULA TARIFARIA DE EMAPA SAN MARTÍN S.A. PARA EL QUINQUENIO REGULATORIO 2019-2024 Y CONDICIONES DE APLICACIÓN DE LOS INCREMENTOS TARIFARIOS A. FÓRMULA E INCREMENTO TARIFARIO BASE 1. Para las localidades de Tarapoto, Lamas, Bellavista, Saposoa y San José de Sisa
1. Por el servicio de agua potable T1 = T0 (1 + 0,140) (1 + ) 2. Por el servicio de alcantarillado T1 = T0 (1 + 0,140) (1 + ) T2 = T1 (1 + 0,110) (1 + ) T3 = T2 (1 + 0,000) (1 + ) T4 = T3 (1 + 0,105) (1 + ) T5 = T4 (1 + 0,000) (1 + )

Donde: i : es el año del quinquenio regulatorio que se desea medir. Para la presente meta de gestión, el valor resultante deberá redondearse a un decimal. Para efectos de la evaluación del cumplimiento de las metas de gestión señaladas, si el ICI resulta mayor al 100% se considerará un cumplimiento individual del 100%. Índice de Cumplimiento Global (ICG): Es el índice que se utiliza para medir el nivel de cumplimiento promedio de las metas de gestión en un año regulatorio. Se define como la media aritmética de los ICI a nivel EPS de cada

T2 = T1 (1 +0,110) (1 + ) T3 = T2 (1 + 0,000) (1 + ) T4 = T3 (1 + 0,108) (1 + ) T5 = T4 (1 + 0,000) (1 + )

2. Para la localidad de Picota
1. Por el servicio de agua potable T1 = T0 (1 + 0,000) (1 + ) T2 = T1 (1 +0,000) (1 + ) T3 = T2 (1 + 0,000) (1 + ) T4 = T3 (1 + 0,108) (1 + ) T5 = T4 (1 + 0,000) (1 + ) 2. Por el servicio de alcantarillado T1 = T0 (1 + 0,000) (1 + ) T2 = T1 (1 + 0,000) (1 + ) T3 = T2 (1 + 0,000) (1 + ) T4 = T3 (1 + 0,105) (1 + ) T5 = T4 (1 + 0,000) (1 + )

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