Norma Legal Oficial del día 08 de noviembre del año 2019 (08/11/2019)


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TEXTO DE LA PÁGINA 58

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LOCALES DECLARADOS POR LA UNIVERSIDAD Código Sede/ Departade Filial mento Local F01L01 Ica Provincia Ica Distrito

NORMAS LEGALES
Dirección

Viernes 8 de noviembre de 2019 /

El Peruano

F01L02 FILIAL

Ica

Ica

F01L03

Ica

Ica

F01L04 F02L01

Ica Ica

Ica Chincha

Subtan- Ubic. Rur. Lote de Terreno del Fundo jalla Macacona o Santa Teresa de Jesús, Ubic. Rur. Sector Pampas de Villacurí / Predio Paracas Verde Salas C.P./Parc. Salas - Guadalupe y GuadaUbic. Rur. Predio Don Eduardo Seclupe tor Pampa de Villacuri Salas ­ Guadalupe San Inmueble Urbano, Sector Yanquiza/ Juan Predio Normita Sub Lote N° 1 y N° 2 Bautista San Juan Ubic. Rur. Yanquiza Bautista Chincha Jr. Albilla N° 108 y Av. Luis Massaro Alta N° 425

Segundo.- DEJAR SIN EFECTO las Resoluciones N° 125-2004-CONAFU del 14 de junio de 2004, N° 702-2004ANR del 23 de diciembre de 2004, N° 271-2006-CONAFU del 21 de agosto de 2006 y N° 030-2006-CONAFU del 13 de febrero de 2006; así como sus modificatorias, conexas y complementarias emitidas por el extinto Consejo Nacional para la Autorización de Funcionamiento de Universidades ­ Conafu o la extinta Asamblea Nacional de Rectores - ANR. Tercero.- RECONOCER que la Universidad Privada San Juan Bautista S.A.C. cuenta con cuarenta y nueve (49) programas; dieciséis (16) conducentes al grado de bachiller y título profesional, seis (6) conducentes al grado de maestro y veintisiete (27) segundas especialidades, todas bajo la modalidad presencial; conforme se detalla en el Anexo N° 4 del Informe Técnico de Licenciamiento N° 038-2019-SUNEDU-02-12. Cuarto.- RECONOCER el cambio de denominación del programa de Segunda Especialización en Medicina Familiar a Segunda Especialidad en Medicina Familiar y Comunitaria, asociado a la Facultad de Ciencias de la Salud, y comunicar a la Dirección de Documentación e Información Universitaria y Registro de Grados y Títulos ­ Digrat de la Sunedu la denominación modificada para el registro de grados y títulos. Quinto.- ACEPTAR el desistimiento de la oferta académica presentado por la Universidad Privada San Juan Bautista S.A.C., respecto a dieciocho (18) programas de estudios26: (i) dieciséis (16) programas de pregrado conducentes al grado de bachiller y título profesional; y dos (2) de posgrado conducentes al grado de Doctor; y, comunicar a la Dirección de Documentación e Información Universitaria y Registro de Grados y Títulos ­ Digrat de la Sunedu, que siete (7) programas académicos: cinco (5) de pregrado en la modalidad semipresencial y dos (2) de posgrado en la modalidad presencial, son declarados para fines del registro de grados y títulos académicos, conforme se detalla en las Tablas N° 46, 48 y 49 del Anexo N° 1 del Informe Técnico de Licenciamiento N° 038-2019-SUNEDU-02-12, Sexto.- ACEPTAR el desistimiento presentado por la Universidad Privada San Juan Bautista S.A.C., respecto al local (SL03) ubicado en Av. Carlos Izaguirre N° 216 ­ 230, distrito de Independencia, provincia y departamento de Lima. Séptimo.- REQUERIR a la Universidad Privada San Juan Bautista S.A.C.: (i) Presentar a la Dirección de Licenciamiento, al término de los periodos académicos 2020-I, 2020-II y 2021I, evidencias del seguimiento realizado a los procesos del Sistema de Gestión de la Calidad, que incluya las medidas correctivas adoptadas, de corresponder. (ii) Presentar a la Dirección de Licenciamiento, al inicio de cada periodo académico, los Estados Financieros y notas contables de los Estados Financieros, durante el periodo 2019-2023, junto con información del número de ingresantes y estudiantes matriculados por programa. (iii) Presentar a la Dirección de Licenciamiento, al finalizar cada periodo académico comprendido en el periodo 2019-2023, evidencias de la ejecución de su política de provisión, castigo y recuperación de cuentas

por cobrar comerciales; así como, de las cuentas por cobrar al personal. (iv) Presentar a la Dirección de Licenciamiento, antes del inicio de los periodos académicos 2020-I y 2021-I, los resultados y las acciones tomadas respecto a la ejecución presupuestal de los planes de capacitación docente del año anterior, de acuerdo a las líneas de capacitación y/o actualización priorizadas; las acciones implementadas y los resultados para mejorar la cantidad de docentes ordinarios; las acciones implementadas respecto a los docentes que se encuentran en plazo de adecuación, para dar cumplimiento a los requisitos establecidos en el artículo 82 de la Ley Universitaria; en todos los casos, tanto en sede como en filial. (v) Presentar a la Dirección de Licenciamiento, a fines del periodo 2020-II, las evidencias de la participación de los estudiantes en los grupos de investigación por áreas de conocimiento que trabajan los docentes que realizan investigación. (vi) Presentar a la Dirección de Licenciamiento, antes del inicio de los semestres académicos 2021-I y 2021-II, un informe que contenga los resultados del monitoreo a los proyectos de investigación ejecutados entre el 2019 y 2020. (vii) Presentar a la Dirección de Licenciamiento, antes de finalizar los semestres académicos 2021-I y 2021-II, evidencias de los resultados en la gestión de las líneas de investigación en el marco de la "Guía práctica para la identificación, categorización, priorización y evaluación de líneas de Investigación", aprobada por la Resolución de Presidencia 115-2019-CONCYTEC-P. (viii) Presentar a la Dirección de Licenciamiento, antes del inicio de los semestres académicos 2020-I y 2021-I, un informe que contenga los resultados de impacto de los proyectos de investigación ejecutados entre el 2019 y 2020, así como en qué espacios fueron publicados. (ix) Presentar a la Dirección de Licenciamiento, a inicios del semestre 2021-I, un registro y evidencias de ejecución de proyectos de investigación con fondos concursables externos y, de aquellos que cuenten con financiamiento interno, con presupuesto relevantes en coherencia con su cronograma de ejecución. (x) Presentar a la Dirección de Licenciamiento, antes del inicio del semestre académico 2020-I, 2021I, 2022-I, evidencias del incremento del presupuesto de investigación total y del presupuesto asignado a los proyectos de investigación docente. Además, se requiere que al término de los períodos académicos 2020-II, 2021II y 2022-II, presente los resultados de los proyectos de investigación docente, los cuales deben ser productos que tengan un impacto social positivo. (xi) Presentar, a la Dirección de Licenciamiento, al finalizar los semestres académicos 2019-II y 2020II y 2021-II, evidencias de las acciones realizadas para promover el incremento de los docentes Renacyt, así como sus resultados, en el marco de la consolidación de sus líneas de investigación. (xii) Presentar a la Dirección de Licenciamiento, al inicio de los semestres académicos 2020-I y 2020-II, un informe que contenga las acciones realizadas en el marco del Plan Académico Anual de la Dirección de Seguimiento y Vinculación Laboral (que incluya, entre otros, actividades para el incremento de las prácticas profesionales); y, al finalizar el semestre académico 2020-II, presentar un informe sobre la gestión y eficacia de la plataforma de bolsa de trabajo virtual (en términos de intermediaciones y colocaciones laborales y las prácticas preprofesionales y profesionales). (xiii) Presentar a la Dirección de Licenciamiento, al inicio del periodo académico 2020-I, evidencias de ejecución de acciones para incrementar la cantidad de graduados y titulados; y, al finalizar el periodo académico 2020-II, evidencias de dicho incremento.

26

El desistimiento del programa de "Medicina Veterinaria y Zootecnia" es únicamente sobre la prestación del servicio en el local de la sede en Lima (SL01), pero se mantiene la prestación en la Filial Ica (FL01L01)

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