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58 NORMAS LEGALES Viernes 8 de noviembre de 2019 / El Peruano LOCALES DECLARADOS POR LA UNIVERSIDAD Sede/ FilialCódigo de LocalDeparta- mentoProvincia Distrito DirecciónFILIAL F01L01 Ica IcaSubtan- jallaUbic. Rur. Lote de Terreno del Fundo Macacona o Santa Teresa de Jesús, F01L02 Ica IcaSalas Guada- lupeUbic. Rur. Sector Pampas de Vi- llacurí / Predio Paracas Verde C.P./Parc. Salas - Guadalupe y Ubic. Rur. Predio Don Eduardo Sec-tor Pampa de Villacuri Salas – Gua-dalupe F01L03 Ica IcaSan Juan BautistaInmueble Urbano, Sector Yanquiza/ Predio Normita Sub Lote N° 1 y N° 2 F01L04 Ica IcaSan Juan BautistaUbic. Rur. Yanquiza F02L01 Ica ChinchaChincha AltaJr. Albilla N° 108 y Av. Luis Massaro N° 425 Segundo.- DEJAR SIN EFECTO las Resoluciones N° 125-2004-CONAFU del 14 de junio de 2004, N° 702-2004-ANR del 23 de diciembre de 2004, N° 271-2006-CONAFU del 21 de agosto de 2006 y N° 030-2006-CONAFU del 13 de febrero de 2006; así como sus modi fi catorias, conexas y complementarias emitidas por el extinto Consejo Nacional para la Autorización de Funcionamiento de Universidades – Conafu o la extinta Asamblea Nacional de Rectores - ANR. Tercero.- RECONOCER que la Universidad Privada San Juan Bautista S.A.C. cuenta con cuarenta y nueve (49) programas; dieciséis (16) conducentes al grado de bachiller y título profesional, seis (6) conducentes al grado de maestro y veintisiete (27) segundas especialidades, todas bajo la modalidad presencial; conforme se detalla en el Anexo N° 4 del Informe Técnico de Licenciamiento N° 038-2019-SUNEDU-02-12. Cuarto.- RECONOCER el cambio de denominación del programa de Segunda Especialización en Medicina Familiar a Segunda Especialidad en Medicina Familiar y Comunitaria, asociado a la Facultad de Ciencias de la Salud, y comunicar a la Dirección de Documentación e Información Universitaria y Registro de Grados y Títulos – Digrat de la Sunedu la denominación modi fi cada para el registro de grados y títulos. Quinto.- ACEPTAR el desistimiento de la oferta académica presentado por la Universidad Privada San Juan Bautista S.A.C., respecto a dieciocho (18) programas de estudios 26: (i) dieciséis (16) programas de pregrado conducentes al grado de bachiller y título profesional; y dos (2) de posgrado conducentes al grado de Doctor; y, comunicar a la Dirección de Documentación e Información Universitaria y Registro de Grados y Títulos – Digrat de la Sunedu, que siete (7) programas académicos: cinco (5) de pregrado en la modalidad semipresencial y dos (2) de posgrado en la modalidad presencial, son declarados para fi nes del registro de grados y títulos académicos, conforme se detalla en las Tablas N° 46, 48 y 49 del Anexo N° 1 del Informe Técnico de Licenciamiento N° 038-2019-SUNEDU-02-12, Sexto.- ACEPTAR el desistimiento presentado por la Universidad Privada San Juan Bautista S.A.C., respecto al local (SL03) ubicado en Av. Carlos Izaguirre N° 216 – 230, distrito de Independencia, provincia y departamento de Lima. Séptimo.- REQUERIR a la Universidad Privada San Juan Bautista S.A.C.: (i) Presentar a la Dirección de Licenciamiento, al término de los periodos académicos 2020-I, 2020-II y 2021-I, evidencias del seguimiento realizado a los procesos del Sistema de Gestión de la Calidad, que incluya las medidas correctivas adoptadas, de corresponder. (ii) Presentar a la Dirección de Licenciamiento, al inicio de cada periodo académico, los Estados Financieros y notas contables de los Estados Financieros, durante el periodo 2019-2023, junto con información del número de ingresantes y estudiantes matriculados por programa. (iii) Presentar a la Dirección de Licenciamiento, al fi nalizar cada periodo académico comprendido en el periodo 2019-2023, evidencias de la ejecución de su política de provisión, castigo y recuperación de cuentas por cobrar comerciales; así como, de las cuentas por cobrar al personal. (iv) Presentar a la Dirección de Licenciamiento, antes del inicio de los periodos académicos 2020-I y 2021-I, los resultados y las acciones tomadas respecto a la ejecución presupuestal de los planes de capacitación docente del año anterior, de acuerdo a las líneas de capacitación y/o actualización priorizadas; las acciones implementadas y los resultados para mejorar la cantidad de docentes ordinarios; las acciones implementadas respecto a los docentes que se encuentran en plazo de adecuación, para dar cumplimiento a los requisitos establecidos en el artículo 82 de la Ley Universitaria; en todos los casos, tanto en sede como en fi lial. (v) Presentar a la Dirección de Licenciamiento, a fi nes del periodo 2020-II, las evidencias de la participación de los estudiantes en los grupos de investigación por áreas de conocimiento que trabajan los docentes que realizan investigación. (vi) Presentar a la Dirección de Licenciamiento, antes del inicio de los semestres académicos 2021-I y 2021-II, un informe que contenga los resultados del monitoreo a los proyectos de investigación ejecutados entre el 2019 y 2020. (vii) Presentar a la Dirección de Licenciamiento, antes de fi nalizar los semestres académicos 2021-I y 2021-II, evidencias de los resultados en la gestión de las líneas de investigación en el marco de la “Guía práctica para la identi fi cación, categorización, priorización y evaluación de líneas de Investigación”, aprobada por la Resolución de Presidencia 115-2019-CONCYTEC-P. (viii) Presentar a la Dirección de Licenciamiento, antes del inicio de los semestres académicos 2020-I y 2021-I, un informe que contenga los resultados de impacto de los proyectos de investigación ejecutados entre el 2019 y 2020, así como en qué espacios fueron publicados. (ix) Presentar a la Dirección de Licenciamiento, a inicios del semestre 2021-I, un registro y evidencias de ejecución de proyectos de investigación con fondos concursables externos y, de aquellos que cuenten con fi nanciamiento interno, con presupuesto relevantes en coherencia con su cronograma de ejecución. (x) Presentar a la Dirección de Licenciamiento, antes del inicio del semestre académico 2020-I, 2021-I, 2022-I, evidencias del incremento del presupuesto de investigación total y del presupuesto asignado a los proyectos de investigación docente. Además, se requiere que al término de los períodos académicos 2020-II, 2021-II y 2022-II, presente los resultados de los proyectos de investigación docente, los cuales deben ser productos que tengan un impacto social positivo. (xi) Presentar, a la Dirección de Licenciamiento, al fi nalizar los semestres académicos 2019-II y 2020- II y 2021-II, evidencias de las acciones realizadas para promover el incremento de los docentes Renacyt, así como sus resultados, en el marco de la consolidación de sus líneas de investigación. (xii) Presentar a la Dirección de Licenciamiento, al inicio de los semestres académicos 2020-I y 2020-II, un informe que contenga las acciones realizadas en el marco del Plan Académico Anual de la Dirección de Seguimiento y Vinculación Laboral (que incluya, entre otros, actividades para el incremento de las prácticas profesionales); y, al fi nalizar el semestre académico 2020-II, presentar un informe sobre la gestión y e fi cacia de la plataforma de bolsa de trabajo virtual (en términos de intermediaciones y colocaciones laborales y las prácticas preprofesionales y profesionales). (xiii) Presentar a la Dirección de Licenciamiento, al inicio del periodo académico 2020-I, evidencias de ejecución de acciones para incrementar la cantidad de graduados y titulados; y, al fi nalizar el periodo académico 2020-II, evidencias de dicho incremento. 26 El desistimiento del programa de “Medicina Veterinaria y Zootecnia” es únicamente sobre la prestación del servicio en el local de la sede en Lima (SL01), pero se mantiene la prestación en la Filial Ica (FL01L01)