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13 NORMAS LEGALES Domingo 10 de noviembre de 2019 El Peruano / ni administración propia, que se crean para cumplir funciones distintas a las de seguimiento, fi scalización, propuesta o emisión de informes técnicos, tales como la elaboración de propuestas normativas, instrumentos, entre otros productos especí fi cos; y, pueden ser sectoriales o multisectoriales, y se aprueban mediante resolución ministerial del ministerio que la preside; Que, en el marco de modernización del Estado y en la búsqueda permanente de mejora continua del mismo, se requiere establecer estrategias que permitan a los programas sociales que realizan transferencias monetarias, como son el Programa Nacional de Apoyo Directo a los Más Pobres – JUNTOS, el Programa Nacional de Asistencia Solidaria “Pensión 65” y el Programa Nacional de entrega de la pensión no contributiva a personas con discapacidad severa en situación de pobreza – CONTIGO, garantizar la mejora en la prestación de los servicios para los usuarios; Que, de los documentos de Vistos, se ha veri fi cado la necesidad de analizar, identi fi car e implementar mejoras de carácter operativo, para el cobro de las trasferencias monetarias de los citados programas sociales, entre otros, por lo que se propone crear un Grupo de Trabajo encargado de proponer mejoras en la calidad de las prestaciones de los servicios de dichos programas, orientados a brindar un servicio de calidad en materia de transferencias monetarias, en el ámbito de sus respectivas competencias; Con el visado del Despacho Viceministerial de Prestaciones Sociales, de la Dirección General de Calidad de la Gestión de los Programas Sociales, de la Dirección General de Articulación y Coordinación de las Prestaciones Sociales, de la O fi cina General de Asesoría Jurídica, de la Dirección de Mejora de la Calidad de la Gestión de los Programas Sociales, y de la Dirección de Coordinación de las Prestaciones Sociales; De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley Nº 29792, Ley de Creación, Organización y Funciones del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social, y su Reglamento de Organización y Funciones, aprobado por Decreto Supremo Nº 006-2017-MIDIS, modi fi cado por Decreto Supremo N° 008-2017-MIDIS; y, los Lineamientos de Organización del Estado, aprobado por Decreto Supremo N° 054-2018-PCM y su modi fi catoria; SE RESUELVE:Artículo 1.- Creación del Grupo de Trabajo Créase el Grupo de Trabajo de naturaleza temporal encargado de proponer mejoras en la calidad de las prestaciones de los programas sociales adscritos al Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social que realizan transferencias monetarias. Artículo 2.- Funciones del Grupo de Trabajo El Grupo de Trabajo desarrolla las siguientes funciones: a) Analizar el proceso de pago de transferencias monetarias y de fi nir las mejoras que se podrían incorporar al mismo en materia de estandarización, sincronización, incorporación de indicadores de seguimiento, identi fi cación de costos ocultos de los usuarios, entre otros. b) Identi fi car la ampliación de opciones de cobro por parte de los usuarios de transferencias monetarias. c) Identi fi car opciones para fl exibilizar el proceso de cobro para usuarias y usuarios que no pueden cobrar las subvenciones de manera personal por razones de enfermedad o similares y evaluar los riesgos del proceso. d) Evaluar las posibilidades de inclusión fi nanciera: educación fi nanciera y programas piloto de pago electrónico. Artículo 3.- Conformación del Grupo de Trabajo El Grupo de Trabajo está integrado por los siguientes miembros: a) Viceministro(a) de Prestaciones Sociales, quien lo presidirá.b) Director(a) General de la Dirección General de Calidad de la Gestión de los Programas Sociales, o su representante. c) Director(a) General de la Dirección General de Articulación y Coordinación de los Programas Sociales, o su representante. d) Director(a) Ejecutivo(a) del Programa Nacional de Asistencia Solidaria “Pensión 65”, o su representante. e) Director(a) Ejecutivo(a) del Programa Nacional de Apoyo Directo a los Más Pobres – JUNTOS, o su representante. f) Director(a) Ejecutivo(a) del Programa Nacional de entrega de la pensión no contributiva a personas con discapacidad severa en situación de pobreza – CONTIGO, o su representante. Artículo 4.- Secretaría Técnica La Dirección General de Calidad de la Gestión de los Programas Sociales actuará como Secretaría Técnica del Grupo de Trabajo. Artículo 5.- Plazo de instalación El Grupo de Trabajo debe instalarse dentro del plazo máximo de dos (2) días hábiles, contados desde el día siguiente de la publicación de la presente resolución. Artículo 6.- Plan de trabajo El Grupo de Trabajo debe elaborar su Plan de Trabajo dentro del plazo de cinco (5) días hábiles de instalado el referido grupo de trabajo. Artículo 7.- Vigencia En el plazo de treinta (30) días hábiles contados a partir de su instalación, el Grupo de Trabajo presentará al Despacho Ministerial un Informe Final sobre el cumplimiento de sus funciones. Artículo 8.- Financiamiento El cumplimiento de las funciones del Grupo de Trabajo se sujeta al presupuesto institucional, sin demandar recursos adicionales al Tesoro Público. Artículo 9.- Publicación Disponer la publicación de la presente resolución en el Portal Institucional del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social (www.gob.pe/midis), el mismo día de su publicación en el Diario O fi cial El Peruano. Regístrese, comuníquese y publíquese.ARIELA MARÍA DE LOS MILAGROS LUNA FLOREZ Ministra de Desarrollo e Inclusión Social 1825022-1 ECONOMIA Y FINANZAS Modifican la R.M. N° 233-2019-EF/10 referente a la creación del Grupo de Trabajo adscrito al MInisterio, con el objeto de elaborar e implementar la propuesta de Plan de Acciones para la Conmemoración del Bicentenario de la Independencia del Perú y del Ministerio de Economía y Finanzas RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 435-2019-EF/10 Lima, 8 de noviembre de 2019 CONSIDERANDO: Que, mediante el numeral 1.1 del artículo 1 de la Resolución Ministerial N° 233-2019-EF/10 se crea el Grupo de Trabajo sectorial de naturaleza temporal, adscrito al Ministerio de Economía y Finanzas, con el objeto de elaborar e implementar la propuesta de Plan de Acciones para la