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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 10 DE NOVIEMBRE DEL AÑO 2019 (10/11/2019)

CANTIDAD DE PAGINAS: 108

TEXTO PAGINA: 16

16 NORMAS LEGALES Domingo 10 de noviembre de 2019 / El Peruano CONSIDERANDO: Que, con Carta s/n de fecha 11 de setiembre de 2019, la Secretaría General del Centro Internacional de Arreglo de Diferencias Relativas a Inversiones (CIADI), invita al Ministerio de Economía y Finanzas a participar en la “Tercera Reunión con los Estados miembros del CIADI sobre el proceso de enmienda”, que se llevará a cabo del 11 al 15 de noviembre de 2019, en la ciudad de Washington D.C., Estados Unidos de América; Que, la reunión organizada por el CIADI, tiene como objetivo reunir a todos los representantes de los Estados miembros a fi n que puedan ser parte de un debate técnico acerca de las enmiendas propuestas a las reglas y al reglamento de dicho Centro; como resultado de dicha discusión se de fi nirá, a través del consenso, las enmiendas a realizarse a la actual normativa del Sistema de solución de controversias entre inversionistas y Estados; Que, el Estado peruano tiene la oportunidad de participar activamente y dejar sentada su posición, por lo que existe la oportunidad de generar no sólo una mayor efi ciencia y capacidad de respuesta del Estado ante Controversias Internacionales de Inversión, sino también una reducción signi fi cativa de costos y plazos, así como un aumento de e fi ciencia en el ejercicio de su defensa; Que, se considera importante que el señor Ricardo Manuel Ampuero Llerena, como representante titular del Ministerio de Economía y Finanzas y Presidente de la Comisión Especial de Solución de Controversias Inversionista – Estado creada por la Ley N° 28993, participe en el evento mencionado, toda vez que contribuirá al fortalecimiento de las labores de la Comisión; Que, en consecuencia y siendo de interés institucional y nacional, resulta pertinente autorizar el mencionado viaje, cuyos gastos son fi nanciados con cargo al presupuesto del Ministerio de Economía y Finanzas; Que, el numeral 10.1 del artículo 10 de la Ley Nº 30879, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2019, dispone que los viajes al exterior de los servidores o funcionarios públicos y representantes del Estado con cargo a recursos públicos deben realizarse en categoría económica y se aprueban conforme con lo establecido en la Ley N° 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, y sus normas reglamentarias; y, De conformidad con lo dispuesto en el párrafo 10.1 del artículo 10 de la Ley N° 30879, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2019; en la Ley N° 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos; en el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, que aprueba las normas reglamentarias sobre autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos; y, en la Directiva N° 001-2017-EF/43.01, Disposiciones y Procedimientos para la autorización de viajes en comisión de servicios al exterior del Ministerio de Economía y Finanzas, aprobada con Resolución Ministerial N° 493-2017-EF/43; SE RESUELVE:Artículo 1.- Autorizar el viaje, en comisión de servicios, del señor Ricardo Manuel Ampuero Llerena, Presidente de la Comisión Especial que representa al Estado en Controversias Internacionales de Inversión, a la ciudad de Washington D.C., Estados Unidos de América, del 10 al 17 de noviembre de 2019, para los fi nes expuestos en la parte considerativa de la presente resolución. Artículo 2.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente resolución, son con cargo al Presupuesto de la Unidad Ejecutora 001 – Administración General del Pliego Ministerio de Economía y Finanzas, de acuerdo con siguiente detalle: Pasajes aéreos : US $ 1 429,73 Viáticos (5 + 1) : US $ 2 640,00 Artículo 3.- Dentro de los quince (15) días calendario siguientes de efectuado el viaje, el citado comisionado debe presentar ante la Titular de la Entidad un informe detallado, describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante el viaje autorizado. Artículo 4.- La presente Resolución Ministerial no otorga derecho a exoneración o liberación de impuestos de aduana de cualquier clase o denominación a favor del comisionado cuyo viaje se autoriza. Regístrese, comuníquese y publíquese.MARÍA ANTONIETA ALVA LUPERDI Ministra de Economía y Finanzas 1825265-4 EDUCACION FE DE ERRATAS RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 521-2019-MINEDU Mediante O fi cio Nº 03907-2019-MINEDU/SG, el Ministerio de Educación solicita se publique Fe de Erratas de la Resolución Ministerial Nº 521-2019-MINEDU, publicada el 26 de octubre de 2019. - En el Cuarto, Quinto y Sétimo considerando, así como en el artículo 1. DICE:(…) señor OSCAR ENRIQUE BRAVO MELGAR, Director de la Dirección Nacional de Recreación y Promoción del Deporte – DNRPD (…). DEBE DECIR:(…) señor OSCAR ENRIQUE BRAVO MELGAR, Auxiliar Red I de la Dirección Nacional de Recreación y Promoción del Deporte – DNRPD (…) 1825013-1 ENERGIA Y MINAS Aprueban Décima Modificación al Contrato de Concesión para desarrollar la actividad de transmisión de energía eléctrica en línea de transmisión cuyo titular es CONELSUR L T S.A.C. RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 337-2019-MINEM/DM Lima, 4 de noviembre de 2019VISTOS: El Expediente N° 14002193 sobre la concesión defi nitiva para desarrollar la actividad de transmisión de energía eléctrica de la Línea de Transmisión de 220 kV C.H. Huinco - S.E. Santa Rosa; la solicitud de modi fi cación de la mencionada concesión de fi nitiva, presentada por CONELSUR LT S.A.C. (en adelante, CONELSUR); y, los Informes N° 454-2019-MINEM/DGE-DCE y N° 474-2019-MINEM/DGE-DCE de la Dirección General de Electricidad y el Informe N° 1044-2019-MINEM/OGAJ de la O fi cina General de Asesoría Jurídica del Ministerio de Energía y Minas; CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Suprema N° 031-95-EM, publicada el 7 de mayo de 1995, se otorga a la Empresa de Generación Eléctrica de Lima S.A. - EDEGEL S.A. la concesión de fi nitiva para desarrollar la actividad de transmisión de energía eléctrica para diversas líneas de transmisión que fi guran en el Expediente N° 14002193, entre las cuales se encuentra la Línea de Transmisión de 220 kV C.H. Huinco - S.E. Santa Rosa, aprobándose