Norma Legal Oficial del día 25 de septiembre del año 2019 (25/09/2019)


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NORMAS LEGALES

Miércoles 25 de setiembre de 2019 /

El Peruano

Provincial Especializada contra el Crimen Organizado del Callao, la misma que por razones presupuestales recién se implementó el 18 de abril de 2017 mediante Resolución de la Fiscalía de la Nación N° 1276-2017-MP-FN. Que, a través de la Resolución de la Fiscalía de la Nación N° 1352-2019-MP-FN, de fecha 11 de junio de 2019, se dispuso convertir la Fiscalía Provincial Especializada contra el Crimen Organizado del Callao, en Fiscalía Supraprovincial Corporativa Especializada contra el Crimen Organizado. Esta conversión se dio en razón de la complejidad de las investigaciones penales seguidas contra las organizaciones criminales cuyo accionar e itinerancia no solo se producen dentro de la jurisdicción territorial de la provincia constitucional del Callao, sino que también despliegan su accionar en todo el territorio nacional e inclusive en el exterior del país. En este contexto, resulta necesario determinar a la Fiscalía Superior que conocerá en grado las incidencias, contiendas de competencia y otras provenientes de la Fiscalía Supraprovincial Corporativa Especializada contra el Crimen Organizado del Callao. Al respecto, el artículo 12° inciso e) del Reglamento de las Fiscalías Especializadas en Delitos de Corrupción de Funcionarios, Fiscalías Especializadas en Criminalidad Organizada y Fiscalías Especializadas en Delitos de Lavado de Activos y Pérdida de Dominio, prevé como una de las funciones del Fiscal Superior Coordinador Nacional respectivo, asignar, reasignar y distribuir de manera definitiva los casos entre los Fiscales Superiores Nacionales Especializados, Fiscales Superiores Nacionales, Fiscales Supraprovinciales y Fiscales Provinciales. Asimismo, el artículo 19° del citado Reglamento establece criterios sobre la competencia nacional al señalar que las Fiscalías Superiores Nacionales Especializadas y las Fiscalías Supraprovinciales Corporativas Especializadas contra la Criminalidad Organizada son competentes para conocer las investigaciones que revistan los siguientes presupuestos; organización criminal, gravedad, complejidad, repercusión nacional y/o internacional, que el delito sea cometido en más de un Distrito Fiscal o que sus efectos superen dicho ámbito. Asimismo, conocerán de las investigaciones correspondientes a su competencia preservando el principio de unidad de la investigación. Del mismo modo, la Resolución Administrativa N° 318-2018-CE-PJ, de fecha 12 de diciembre de 2018, que aprueba el Estatuto de la Corte Superior de Justicia Especializada en Delitos de Crimen Organizado y de Corrupción de Funcionarios prevé que este sistema especializado conoce delitos de crimen organizado siempre que resulte de aplicación el artículo 2° de la Ley N° 30077, Ley Contra el Crimen Organizado, y se cumplan los siguientes presupuestos materiales: i) el delito o sus efectos tengan repercusión nacional e internacional; y, ii) el delito dé lugar a un proceso complejo. En ese sentido, si se trata de impugnaciones, contiendas de competencia y/o incidencias procedentes de investigaciones que involucren organización(es) criminal(es) de connotación nacional y/o internacional, que superan el ámbito del Distrito Fiscal del Callao; y, además, tengan consonancia con los presupuestos de la Corte Superior de Justicia Especializada en Delitos de Crimen Organizado y de Corrupción de Funcionarios, al ser el órgano homólogo jurisdiccional del Sub Sistema de las Fiscalías Especializadas contra la Criminalidad Organizada, corresponde que el Fiscal Superior Coordinador Nacional de las Fiscalías Especializadas contra la Criminalidad Organizada determine la Fiscalía Superior Nacional que se avocará al conocimiento en grado. En cambio, si se trata solo de hechos circunscritos a la jurisdicción del Distrito Fiscal del Callao, que no cumplen con lo establecido en el párrafo precedente, corresponde que la Primera Fiscalía Superior Penal del Callao conozca, en adición a sus funciones, en grado las impugnaciones, contiendas de competencia y/o incidencias provenientes de la Fiscalía Supraprovincial Corporativa Especializada contra el Crimen Organizado del Callao. Por otro lado, mediante informe de fecha 5 de setiembre de 2019, la Presidencia de la Junta de Fiscales

Superiores del Distrito Fiscal de Callao propone que se precise en el artículo primero de la Resolución de la Fiscalía de la Nación N° 1352-2019-MP-FN, que la Fiscalía Supraprovincial Corporativa Especializada contra el Crimen Organizado es con sede desconcentrada Callao. Al respecto, el artículo 20° del Reglamento de las Fiscalías Especializadas en Delitos de Corrupción de Funcionarios, Fiscalías Especializadas en Criminalidad Organizada y Fiscalías Especializadas en Delitos de Lavado de Activos y Extinción de Dominio, establece que podrá establecerse sedes desconcentradas de las Fiscalías Especializadas en Delitos de Corrupción de Funcionarios, de Criminalidad Organizada y de Lavado de Activos y Pérdida de Dominio, de acuerdo a las necesidades del servicio. En ese contexto, la precisión de la sede desconcentrada Callao no altera el sentido de la decisión de la Resolución de la Fiscalía de la Nación N° 1352-2019-MP-FN, por lo que corresponde emitir el resolutivo respectivo. Que, la Fiscal de la Nación, como titular del Ministerio Público, es la responsable de dirigir, orientar y formular la política institucional, debiendo adoptar las acciones pertinentes a fin de garantizar un servicio fiscal eficiente y oportuno. Que, en ejercicio de las facultades conferidas por el artículo 158° de la Constitución Política del Estado, el artículo 64° de la Ley Orgánica del Ministerio Público y el artículo 63° del Código Procesal Penal de 2004; SE RESUELVE: Artículo Primero.- Dejar sin efecto la Resolución de la Fiscalía de la Nación N° 4049-2017-MP-FN, de fecha 7 de noviembre de 2017. Artículo Segundo.- Designar a la Primera Fiscalía Superior Penal del Distrito Fiscal del Callao para que conozca, en adición a sus funciones, en grado las impugnaciones, elevación de actuados, contiendas de competencia y/o incidencias que provengan de la Fiscalía Supraprovincial Corporativa Especializada contra el Crimen Organizado del Callao, siempre y cuando se trate de hechos circunscritos únicamente a la jurisdicción del Distrito Fiscal del Callao. Artículo Tercero.- Facultar al Fiscal Superior Coordinador Nacional de las Fiscalías Especializadas contra la Criminalidad Organizada para que, atendiendo al turno y a la carga procesal, determine la Fiscalía Superior Nacional que se avocará al conocimiento en grado de las contiendas de competencia, impugnaciones e incidencias que provengan de la Fiscalía Supraprovincial Corporativa Especializada contra el Crimen Organizado del Callao, siempre y cuando correspondan a investigaciones que involucren organización(es) criminal(es) de connotación nacional y/o internacional, que superan el ámbito del Distrito Fiscal del Callao; y, además, tengan consonancia con los presupuestos de la Corte Superior de Justicia Especializada en Delitos de Crimen Organizado y de Corrupción de Funcionarios, al ser el órgano homólogo jurisdiccional del Sub Sistema de las Fiscalías Especializadas contra la Criminalidad Organizada. Artículo Cuarto.- Precisar en el artículo primero de la Resolución de la Fiscalía de la Nación N° 1352-2019-MPFN, que la Fiscalía Supraprovincial Corporativa Especializada contra el Crimen Organizado es con sede desconcentrada Callao. Artículo Quinto.- Precisar que las acciones administrativas relacionadas al control de asistencia del personal fiscal y administrativo de la Fiscalía Supraprovincial Corporativa que se hace mención en el artículo cuatro de la presente resolución seguirán a cargo del Distrito Fiscal del Callao. Artículo Sexto.- Hacer de conocimiento la presente resolución a la Presidencia de la Corte Superior de Justicia Especializada en Delitos de Crimen Organizado y de Corrupción de Funcionarios, Coordinación Nacional de las Fiscalías Especializadas en Delitos contra la Criminalidad Organizada, Presidencia de la Junta de Fiscales Superiores del Distrito Fiscal del Callao, Corte Superior de Justicia del Distrito Judicial del Callao, Oficina Técnica de Implementación del Nuevo Código Procesal

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