NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 25 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2019 (25/09/2019)
CANTIDAD DE PAGINAS: 88
TEXTO PAGINA: 68
68 NORMAS LEGALES Miércoles 25 de setiembre de 2019 / El Peruano LICENCIA DE FUNCIONAMIENTO PARA CESIONARIOS CALIFICADOS CON NIVEL DE RIESGO MEDIO (Con ITSE posterior)12.06 191.40 12.06 168.70 LICENCIA DE FUNCIONAMIENTO PARA CESIONARIOS CALIFICADOS CON NIVEL DE RIESGO ALTO (Con ITSE previa)12.07 359.70 12.07 359.70 LICENCIA DE FUNCIONAMIENTO PARA CESIONARIOS CALIFICADOS CON NIVEL DE RIESGO MUY ALTO (Con ITSE previa)12.08 623.40 12.08 622.20 LICENCIA DE FUNCIONAMIENTO CORPORATIVA PARA MERCADOS DE ABASTOS, GALERÍAS COMERCIALES Y CENTROS COMERCIALES (Con ITSE previa)12.09 623.40 12.09 621.30 TRANSFERENCIA DE LICENCIA DE FUNCIONAMIENTO O CAMBIO DE DENOMINACIÓN O NOMBRE COMERCIAL DE LA PERSONA JURÍDICA 12.13 30.70 12.10 26.50 CESE DE ACTIVIDADES 12.11 SIN COSTO 12.11 SIN COSTO Modi fi cación de Ordenanza N° 563-MDJM MODIFICACIÓN DEL TUPA-MDJM PROCEDIMIENTOS ADMINISTRATIVOS ESTANDARIZADOS DE LICENCIA DE FUNCIONAMIENTO CODIGO TUPAORDENANZA N° 563 MODIFICACIÓNDECRETO DE ALCALDÍA DENOMINACIÓN DEL PROCEDIMIENTODENOMINACIÓN DEL PROCEDIMIENTO 12.12CAMBIO O MODIFICACIONES EN LA LICENCIA DE FUNCIONAMIENTO-MODIFICACIÓN DE ÁREA-CAMBIO DE DENOMINACIÓN O NOMBRE COMERCIAL DE LA PERSONA JURÍDICASe modi fi ca la denominación del procedimiento suprimiendo el texto “-Cambio de denominación o nombre comercial de la persona jurídica”. Se actualiza base legal.CAMBIO O MODIFICACIONES EN LA LICENCIA DE FUNCIONAMIENTO-MODIFICACIÓN DE ÁREA 12.05LICENCIA DE FUNCIONAMIENTO PARA CESIONARIOS PARA ESTABLECIMIENTOS OBJETO DE INSPECCIÓN DE RIESGO BAJO CON ITSE POSTERIOR AL OTORGAMIENTO DE LA LICENCIA DE FUNCIONAMIENTOSe elimina. No se encuentra contemplado en el Decreto Supremo N° 045-2019-PCMPROCEDIMIENTO ELIMINADO Que, mediante Informe N° 016-2019-MDJM-GPPDI- SGPIMG, de fecha 10 de setiembre del 2019, la Sub Gerencia de Planeamiento, Inversiones y Modernización de la Gestión Pública señala que, dado que la modi fi cación propuesta no implica la creación de nuevos procedimientos, incremento de derechos de tramitación o requisitos, su aprobación requiere de la emisión y publicación de un Decreto de Alcaldía. Que, mediante Memorándum N° 546-2019-GPPDI, de fecha 10 de setiembre del 2019, de la Gerencia de Planeamiento, Presupuesto y Desarrollo Institucional, remite el Informe N° 016-2019-MDJM-GPPDI-SGPIMG, a la Gerencia de Asesoría Jurídica y Registro Civil, solicitando emitir opinión legal, a fi n de proseguir con el trámite correspondiente. Que, con Informe N° 382-2019- MDJM/GAJRC, de fecha 12 de setiembre del 2019, la Gerencia de Asesoría Jurídica y Registro Civil, emite opinión favorable respecto al a la adecuación del Texto Único de Procedimientos Administrativos (TUPA) en relación a los procedimientos administrativos estandarizados aprobados por Decreto Supremo N° 045-2019-PCM, señalando que procede aprobar la modi fi cación mediante Decreto de Alcaldía de acuerdo a lo dispuesto al artículo 30 numeral 6) de la Ley Orgánica de Municipalidades. Que, mediante Proveído N° 1522-2019-MDJM/GM, de fecha 13 de setiembre del 2019, la Gerencia Municipal indica a la Secretaría General, proceder conforme a lo señalado por la Gerencias de Asesoría Jurídica y Registro Civil mediante el Informe N° 382-2019-/GAJRC/MDJM. Que, en ese contexto, la Gerencia de Planeamiento, Presupuesto y Desarrollo Institucional, en el marco de las competencias señaladas en la Resolución de Secretaría de Gestión Pública de la Presidencia del Consejo de Ministros N° 005-2018-PCM-SGP, que aprueba los Lineamientos para la Elaboración y Aprobación del TUPA, ha procedido a la elaboración del Proyecto de Decreto de Alcaldía, a través del cual se adecúan los procedimientos administrativos de Licencia de Funcionamiento contenidos en el TUPA institucional, en los requisitos, silencios, plazos, y modi fi cación de sus respectivos derechos de tramitación y demás formalidades establecidos en el Decreto Supremo N° 045-2019-PCM, que aprueba procedimientos administrativos estandarizados de Licencia de Funcionamiento. Que, el artículo 44 numeral 44.5 del Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, señala que, una vez aprobado el TUPA, toda modi fi cación que no implique la creación de nuevos procedimientos, incremento de derechos de tramitación o requisitos, se debe realizar por Decreto de Alcaldía, en el caso de los Gobiernos Locales; Contando con el Visto bueno de la Sub Gerencia de Planeamiento, Inversiones y Modernización de la Gestión Pública, de la Gerencia de Planeamiento, Presupuesto y Desarrollo Institucional, de la Gerencia de Asesoría Jurídica y Registro Civil y la conformidad de Gerencia Municipal; en uso de las facultades conferidas por el numeral 6) del artículo 20º y a lo señalado por el artículo 42° de la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley N° 27972; DECRETA;Artículo Primero.- APROBAR la modi fi cación de los procedimientos administrativos de Licencia de Funcionamiento, contenidos en el Texto Único de Procedimientos Administrativos de la Municipalidad Distrital de Jesús María, de competencia de la Subgerencia de Desarrollo Empresarial y Comercialización, aprobados por Ordenanza N° 575-MDJM, correspondientes a los Ítem 12.01, 12.02, 12.03, 12.04, 12.06, 12.07, 12.08, 12.09, 12.13, y 12.11, así como, al Ítem 12.12, aprobado por Ordenanza N° 563-MDJM y rati fi cado mediante Acuerdo de Concejo N° 584-MML, como se detalla a continuación y en el ANEXO que forma parte del presente Decreto de Alcaldía. CODIGO TUPADENOMINACIÓN DEL PROCEDIMIENTODERECHO DE TRÁMITE 12.01LICENCIA DE FUNCIONAMIENTO PARA EDIFICACIONES CALIFICADAS CON NIVEL DE RIESGO BAJO (Con ITSE posterior)156.70 12.02LICENCIA DE FUNCIONAMIENTO PARA EDIFICACIONES CALIFICADAS CON NIVEL DE RIESGO MEDIO (Con ITSE posterior)167.70 12.03LICENCIA DE FUNCIONAMIENTO PARA EDIFICACIONES CALIFICADAS CON NIVEL DE RIESGO ALTO (Con ITSE previa)358.80 12.04LICENCIA DE FUNCIONAMIENTO PARA EDIFICACIONES CALIFICADAS CON NIVEL DE RIESGO MUY ALTO (Con ITSE previa)621.30 12.06LICENCIA DE FUNCIONAMIENTO PARA CESIONARIOS CALIFICADOS CON NIVEL DE RIESGO MEDIO (Con ITSE posterior)168.70 12.07LICENCIA DE FUNCIONAMIENTO PARA CESIONARIOS CALIFICADOS CON NIVEL DE RIESGO ALTO (Con ITSE previa)359.70 12.08LICENCIA DE FUNCIONAMIENTO PARA CESIONARIOS CALIFICADOS CON NIVEL DE RIESGO MUY ALTO (Con ITSE previa)622.20 12.09LICENCIA DE FUNCIONAMIENTO CORPORATIVA PARA MERCADOS DE ABASTOS, GALERÍAS COMERCIALES Y CENTROS COMERCIALES (Con ITSE previa)621.30 12.10TRANSFERENCIA DE LICENCIA DE FUNCIONAMIENTO O CAMBIO DE DENOMINACIÓN O NOMBRE COMERCIAL DE LA PERSONA JURÍDICA 26.50 12.11 CESE DE ACTIVIDADESSIN COSTO 12.12CAMBIO O MODIFICACIONES EN LA LICENCIA DE FUNCIONAMIENTO -MODIFICACIÓN DE ÁREA30.70