Norma Legal Oficial del día 25 de septiembre del año 2019 (25/09/2019)


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TEXTO DE LA PÁGINA 61

El Peruano / Miércoles 25 de setiembre de 2019

NORMAS LEGALES
EL GOBERNADOR DEL GOBIERNO REGIONAL JUNÍN VISTO:

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señala lo siguiente: Los errores material o aritmético en los actos administrativos pueden ser rectificados con efecto retroactivo, en cualquier momento, de oficio o a instancia de los administrados, siempre que no se altere lo sustancial de su contenido ni el sentido de la decisión. Siendo así, resulta necesaria la rectificación del Acuerdo de Consejo Regional Nº 110-2019/GOB.REG.HVCA/CR de fecha 26 de junio del presente año, solo en lo que respecta a la transferencia financiera realizada a favor de AGROIDEAS, dejando subsistente en lo demás que la contiene. Que, conforme dispone el Artículo 39º de la Ley Nº 27867 ­ Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, los Acuerdos de Consejo Regional expresan la decisión de éste órgano sobre asuntos internos del Consejo Regional, de interés público, ciudadano o institucional o declara la voluntad de practicar un determinado acto o sujetarse a una conducta o norma institucional. En uso de sus atribuciones conferidas por la Ley Orgánica de los Gobiernos Regionales; el Consejo Regional; ACUERDA: Artículo Primero.- RECTIFICAR el Acuerdo de Consejo Regional Nº 110-2019/GOB.REG.HVCA/CR de fecha 26 de junio del 2019, solo en el EXTREMO del Artículo Primero referente a la suscripción del Convenio Interinstitucional entre el Ministerio de Agricultura y Riego y el Gobierno regional de Huancavelica, DEBIENDO de ser y quedar de la forma siguiente: 1) AUTORIZAR al Gobernador Regional del Gobierno Regional Huancavelica la suscripción del Convenio Interinstitucional entre el Ministerio de Agricultura y Riego ­ Programa de Compensaciones para la Competitividad ­ AGROIDEAS y el Gobierno Regional de Huancavelica, con la finalidad de financiar la ejecución de planes de negocio y el apoyo a las organizaciones agrarias de la Región de Huancavelica. 2) AUTORIZAR la Transferencia Financiera a favor del Ministerio de Agricultura y Riego ­ Programa de Compensaciones para la Competitividad ­ AGROIDEAS la suma de S/.2,674,084.00 (Dos Millones Seiscientos Setenta y Cuatro Mil Ochenta y Cuatro con 00/100 Soles), con cargo a los fondos de libre disponibilidad del Gobierno Regional de Huancavelica, en merito a la Sexagésima Novena Disposición Complementaria y Final de la Ley Nº 30879 ­ Ley del Presupuesto del Sector Publico para el año fiscal 2019. 3) ENCARGAR a la Gobernación Regional y Gerencia Regional de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial la implementación del presente Acuerdo de Consejo Regional. 4) ENCARGAR al Ejecutivo del Gobierno Regional de Huancavelica la publicación del presente Acuerdo en el Diario Oficial "El Peruano", conforme a Ley. 5) PUBLICAR el presente Acuerdo de Consejo Regional en el Portal Electrónico del Gobierno Regional de Huancavelica para conocimiento y fines. Artículo Segundo.- Comuníquese el presente Acuerdo de Consejo Regional al Ejecutivo Regional y a las instancias pertinentes para su conocimiento y ejecución correspondiente. Regístrese, publíquese y cúmplase. TEOBALDO QUISPE GUILLÉN Presidente del Consejo Regional 1809872-1

El Reporte Nº 002-2019-GRJ/ORAF de fecha 08 de enero del 2019, sobre necesidad de delegación de facultades; el Reporte Nº 01-2019-ORJ/ORAF/ORH de fecha 04 de enero del 2019 y Reporte Nº 02-2019-ORJ/ ORAF/ORH de fecha 04 de enero del 2019; y, CONSIDERANDO: Que mediante Ley Nº 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales se establece la estructura, organización, competencias y funciones de los Gobiernos Regionales, constituyéndolos como una persona jurídica de derecho público, con autonomía política, económica y administrativa en asuntos de su competencia; Que, conforme a los establecido en el inciso 1) del artículo 9º de la mencionada Ley Nº 27867, los gobiernos regionales son competentes para aprobar su organización interna y su presupuesto; Que, el artículo 5 º del Decreto Supremo Nº 043-2006PCM establece que el Reglamento de Organización y Funciones es el documento técnico normativo de gestión institucional que formaliza la estructura orgánica de la Entidad orientada al esfuerzo institucional y al logro de su misión, visión y objetivos. Contiene las funciones generales de la Entidad y las funciones específicas de los órganos y unidades orgánicas y establece sus relaciones y responsabilidades; Que, el literal a) el artículo 21º del citado Reglamento de Organización y Funciones de Gobierno Regional de Junín, establece que la Gobernación Regional , de la cual es titular el Gobernador Regional, tiene como función dirección y supervisión de la marcha del Gobierno Regional de Junín y de sus órganos ejecutivos, administrativos y técnicos; Que, conforme a lo establecido en el numeral 65.1 del artículo 65º de la Ley del Procedimiento Administrativo General, el ejercicio de la competencia es una obligación directa del órgano administrativo que la tenga atribuida como propia, salvo el cambio de competencia por motivos de delegación o revocación, según lo previsto en dicha Ley; Que, teniendo en consideración la estructura orgánica del Gobierno Regional de Junín, y con el propósito de lograr una mayor fluidez a la marcha administrativa del Gobierno Regional, es conveniente efectuar las delegaciones para efectos de gestión de Recursos Humanos; Estando a lo expuesto y en uso de las facultades conferidas por la Ley Nº 27867, Ley Orgánica de Gobierno Regionales y su modificatoria Ley Nº 27902 y a lo establecido en el literal a) del artículo 21º del Reglamento de Organización y Funciones del Gobierno Regional de Junín y contando con las visaciones de las áreas competentes, SE RESUELVE: Artículo 1º.- DELEGAR AL GERENTE GENERAL REGIONAL LA SIGUIENTES FACULTADES Y ATRIBUCIONES DURANTE EL AÑO FISCAL 2019 EN MATERIA DE HUMANOS: GESTIÓN DE RECURSOS

GOBIERNO REGIONAL DE JUNÍN
Delegan facultades y atribuciones al Gerente General Regional durante el Año Fiscal 2019
RESOLUCIÓN EJECUTIVA REGIONAL Nº 083-2019-GR-JUNÍN/GR Huancayo, 11 de enero de 2019.

1.1. Autorizar la contratación de personal bajo el Régimen Especial de Contratación Administrativo de Servicios, conforme a lo establecido por el Decreto Legislativo Nº 1057, su Reglamento y modificatorias así como las disipaciones de la Autoridad Nacional del Servicio Civil ­ SERVIR sobre la materia, de la Unidad Ejecutora 001- Gobierno Regional de Junín. 1.2. Autorizar la contratación del personal bajo el Régimen laboral del Decreto Legislativo 276, solo para efectos de implementar la contratación por reemplazo y suplencia temporal en las plazas vacantes de la Unidad Ejecutora 001- Gobierno Regional Junín. Artículo 2º.- DÉJESE SIN EFECTO las resoluciones ejecutivas delegación de facultades con fecha anterior a la presente, en materia de Gestión de Recursos Humanos.

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