Norma Legal Oficial del día 25 de septiembre del año 2019 (25/09/2019)


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TEXTO DE LA PÁGINA 64

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NORMAS LEGALES

Miércoles 25 de setiembre de 2019 /

El Peruano

interpuesto contra la Resolución de Sub Gerencia Nº 174-2019-MDA/GIU-SGHUE, que resolvió declarar Improcedente la solicitud de Recepción de Obras de Habilitación Urbana sin variación de Tipo Progresivo, respecto al terreno con un área de 10,431.00 m2, para Uso Residencial de Densidad Media (RDM), constituido por el Sub Lote Nº 1 de la Parcelación de los Lotes 91B, 92 y 93 frente a la Av. Santa Rosa Nº 396, distrito de Ate, provincia y departamento de Lima. Que, en vista de lo dispuesto en la Resolución de Sub Gerencia Nº 388-2019-MDA/GIU-SGHUE, se generó la Carta Nº 238-2019-MDA/GIU-SGHUE, con la cual se le solicita a los administrados modificar la sección vial de la Calle 1 en el Plano propuesto para el presente procedimiento; por lo que mediante el Anexo Nº 3470, de fecha 23.08.2019, adjunta nuevo Plano propuesto y Memoria Descriptiva. Que, mediante Informe Técnico Nº 029-2019-MDA/ GIU-SGHUE-DACV, de fecha 28.08.2019, emitido por el área técnica correspondiente de la Sub Gerencia de Habilitaciones Urbanas y Edificaciones, concluye con la procedencia del trámite de Recepción de Obras de Habilitación Urbana de Tipo Progresivo, al haberse verificado la existencia de los servicios básicos y la ejecución de veredas, así mismo, cumple con la presentación de requisitos y la redención de los déficits de aportes reglamentarios, como se encuentra establecido en la normativa vigente en la materia, dejando pendiente la pavimentación de pistas, de acuerdo a lo aprobado en la Resolución de Sub Gerencia Nº 064-2013-MDA/ GDU-SGHUE, sobre el terreno con un área de 10,431.00 m2, para Uso Residencial de Densidad Media (RDM), constituido por el Lote Nº 1 de la Parcelación de los lotes 91-B, 92 y 93 frente a la Av. Santa Rosa Nº 396, del distrito de Ate, provincia y departamento de Lima. Estando los fundamentos expuestos en la parte considerativa y en uso de las facultades conferidas por el inciso 3.6.1 del Capítulo II del artículo 79º de la Ley Nº 27972 ­ Ley Orgánica de Municipalidades, Ley Nº 27444 - Ley del Procedimiento Administrativo General; así como de conformidad con lo dispuesto por la Ley Nº 29090 - Ley de Regulación de Habilitaciones Urbanas y Edificaciones, el Decreto Supremo Nº 011-2017-VIVIENDA que aprueba el Reglamento de Licencias de Habilitación Urbana y Licencias de Edificación; y lo establecido en la Ordenanza Nº 491-MDA que aprueba el nuevo Reglamento de Organización y Funciones (ROF) y la estructura orgánica de la municipalidad. SE RESUELVE: Artículo Primero.- RECEPCIONAR de conformidad con el Plano Signado Nº 033-2019-SGHUE-GDU/MDA y Memoria Descriptiva que forma parte de la presente Resolución, suscrita por el profesional responsable, Arq. Nancy Ramos Pahuachon (C.A.P. 8399), las obras básicas de Habilitación Urbana seguido por la sociedad conyugal conformada por Alejandro Camargo Capcha y Bertha Gonzáles Cáceres de Camargo, del terreno con un área de 10,413.00 m2, para el uso de Residencial de Densidad Media "RDM", constituido por el Sub Lote Nº 1 de la Parcelación de los lotes 91B, 92 y 93 frente a la Av. Santa Rosa Nº 396, distrito de Ate, provincia y departamento de Lima, cuyo proyecto de Habilitación Urbana fue aprobado mediante Resolución de Sub Gerencia Nº 064-2013-MDA/ GDU-SGHUE, de fecha 15.01.2013, emitida por esta Entidad municipal, presentando el siguiente Cuadro de Áreas: CUADRO DE ÁREAS ÁREA BRUTA TOTAL ÁREA ÚTIL TOTAL AREA AFECTA PARA VÍAS 10,413.24 m2 9,247.10 m2 1,165.90 m2

máximo de 10 años contados a partir de la notificación de la presente Resolución. Artículo Tercero.- DEJAR SIN EFECTO el Artículo Tercero de la Resolución de Sub Gerencia Nº 064-2013MDA/GDU-SGHUE, de fecha 15.01.2013, en mérito a que los propietarios han cumplido con redimir en dinero a cada entidad competente el pago por el déficit de los aportes reglamentarios correspondientes a Parques Zonales (Serpar), Renovación Urbana (Fomur) y Ministerio de Educación, tal como se encuentra expuesto en el octavo considerando de la presente Resolución. Artículo Cuarto.- INCORPORAR en la jurisdicción del distrito de Ate, la Habilitación Urbana que se recepciona con la presente Resolución. Artículo Quinto.- DISPONER la publicación de la presente Resolución en el Diario oficial "El Peruano", en el plazo de 30 días calendarios de notificada, por cuenta de los interesados. Artículo Sexto.- TRANSCRIBIR la presente Resolución de Sub Gerencia al Registro de Propiedad Inmueble de la Oficina Registral de Lima y Callao ­ SUNARP para los efectos de su Inscripción correspondiente; a la Municipalidad Metropolitana de Lima; y a los Interesados para su conocimiento y fines pertinentes. Regístrese, comuníquese y cúmplase. CÉSAR ARMANDO OLIVERA FALCONI Subgerente de Habilitaciones Urbanas y Edificaciones 1809749-1

MUNICIPALIDAD DE CHORRILLOS
Ordenanza que aprueba beneficios para el pago de deudas tributarias y administrativas
ORDENANZA MUNICIPAL Nº 367-2019/MDCH Chorrillos, 13 de setiembre de 2019 EL SEÑOR ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE CHORRILLOS VISTOS: El Concejo Municipal en Sesión Ordinaria de 13 de setiembre de 2019. Visto el Informe Nº1565/2019-SGRGAT-MDCH de 3 de setiembre de 2019 de la Subgerencia de Rentas, el Informe Nº 081-2019-MDCH-GESECISFA de 26 de agosto de 2019 de la Subgerencia de Fiscalización Administrativa, el Informe Nº 054-2019/ SOPRYCU-GDU-MDCH de 3 de setiembre de 2019, de la Subgerencia de Obras Privadas y Control Urbano, y; CONSIDERANDO: Que, el artículo 194º de la Constitución Política del Perú, establece que, las municipalidades provinciales y distritales son los órganos de gobierno local con autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia; reconociéndoseles que son competentes para crear, modificar y suprimir contribuciones, tasas, arbitrios, licencias y derechos municipales conforme a la ley, según lo dispuesto en el artículo 195º, numeral 4 del mismo texto normativo; concordante con los lineamientos establecidos en la Norma IV del Título Preliminar del Texto Único Ordenado del Código Tributario, aprobado por el Decreto Supremo Nº 133-2013-EF. Que, corresponde a la Municipalidad de Chorrillos, desarrollar acciones que tengan por objeto reducir los índices de morosidad de las deudas tributarias y no tributarias, en concordancia con las políticas de la gestión pública, promoviendo el cumplimiento voluntario de las obligaciones de pago y fortaleciendo la cultura tributaria en los vecinos del distrito;

Artículo Segundo.- CONSIDERAR de Tipo Progresivo la presente Recepción de obras de Habilitación Urbana, dejándose diferidas la ejecución de las obras de pavimentación de pistas, de acuerdo a la Habilitación Urbana aprobada mediante Resolución de Sub Gerencia Nº 064-2013-MDA/GDU-SGHUE, de fecha 15.01.2013, debiendo ser ejecutadas por los propietarios en un plazo

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