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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 30 DE ABRIL DEL AÑO 2020 (30/04/2020)

CANTIDAD DE PAGINAS: 56

TEXTO PAGINA: 33

33 NORMAS LEGALES Jueves 30 de abril de 2020 El Peruano / y/o a pedido de la parte legitimada la situación jurídica de los procesados y sentenciados privados de su libertad, que estén bajo su competencia, a fi n de evaluar modi fi caciones en su condición jurídica; y e) Los jueces penales de los Distritos Judiciales del país, incluidos los que integran los órganos jurisdiccionales de emergencia, están en la obligación de resolver las solicitudes de variación del mandato de detención o de cese de prisión preventiva según corresponda al modelo procesal que se aplique, que se presenten en los procesos judiciales a su cargo. Artículo Tercero.- Reiterar que los jueces y personal auxiliar que se designe en los órganos jurisdiccionales de emergencia, no deben pertenecer a la población vulnerable. Artículo Cuarto.- Los Presidentes de las Cortes Superiores de Justicia del país emitirán las medidas que sean pertinentes, para el adecuado funcionamiento de los órganos jurisdiccionales designados. Artículo Quinto.- Transcribir la presente resolución a la Presidencia del Poder Judicial, O fi cina de Control de la Magistratura del Poder Judicial, Salas Permanentes y Transitorias de la Corte Suprema de Justicia de la República, Cortes Superiores de Justicia del país, Gerencia General del Poder Judicial; y a la O fi cina de Administración de la Corte Suprema de Justicia de la República, para su conocimiento y fi nes pertinentes. Regístrese, publíquese, comuníquese y cúmplase.JOSÉ LUIS LECAROS CORNEJO Presidente 1865887-2 Autorizan el uso de “Google Hangouts Meet” para las comunicaciones de abogados y litigantes con los jueces y/o administradores de los módulos básicos de justicia y módulos corporativos de las Cortes Superiores de Justicia del país RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA N° 000123-2020-CE-PJ Lima, 24 de abril del 2020VISTA:La propuesta presentada por el señor Carlos Arias Lazarte, Juez titular de la Corte Suprema de Justicia de la República y Presidente de la Comisión Nacional de Atención al Usuario Judicial, denominada “Plan de Retorno al Trabajo Post COVID - 19”. CONSIDERANDO: Primero. Que el numeral cinco de la Segunda Disposición Complementaria Final del Decreto de Urgencia N° 026-2020, de fecha 15 de marzo de 2020, en el marco del Decreto Supremo N° 008-2020-SA, estableció que corresponde al Poder Judicial y a los organismos constitucionales autónomos disponer la suspensión de los plazos procesales y procedimentales que consideren necesarios, a fi n de no perjudicar a los ciudadanos; así como las funciones que dichas entidades ejercen. Segundo. Que el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial mediante Resoluciones Administrativas Nros. 115, 117 y 118-2020-CE-PJ dispuso la suspensión de los plazos procesales y administrativos hasta el 26 de abril de 2020, en concordancia con los Decretos Supremos Nros. 044, 051 y 064-2020-PCM; por las graves circunstancias que afectan la vida de la Nación a consecuencia del brote del COVID-19. Asimismo, estableció medidas para el funcionamiento de órganos jurisdiccionales de emergencia a nivel nacional. Tercero. Que, una de las propuestas presentadas por el señor Carlos Arias Lazarte, Juez titular de la Corte Suprema de Justicia de la República y Presidente de la Comisión Nacional de Atención al Usuario Judicial, está referida al Aplicativo Web El Juez te Escucha. Cuarto. Que, durante el período del Estado de Emergencia Nacional, es necesario el uso de la Solución Empresarial Colaborativa denominada “Google Hangouts Meet”, para las comunicaciones de abogados y litigantes con los jueces y/o administradores de los módulos básicos de justicia y módulos corporativos de las Cortes Superiores de Justicia del país. Quinto. Que el artículo 82º, numeral 26, del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial establece que es atribución del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, emitir acuerdos y demás medidas necesarias para que las dependencias del Poder Judicial funcionen con celeridad y e fi ciencia. Por estos fundamentos; en mérito al Acuerdo N° 519- 2020 de la vigésima quinta sesión de fecha 21 de abril de 2020, realizada en forma virtual, con la participación de los señores Lecaros Cornejo, Arévalo Vela, Lama More, Álvarez Trujillo, Pareja Centeno y Castillo Venegas; en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 82° del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial. Por unanimidad, SE RESUELVE: Artículo Primero.- Autorizar el uso de la Solución Empresarial Colaborativa denominada “Google Hangouts Meet” para las comunicaciones de abogados y litigantes con los jueces y/o administradores de los módulos básicos de justicia y módulos corporativos de las Cortes Superiores de Justicia del país. Artículo Segundo.- Disponer que la Gerencia General, a través de las gerencias respectivas, brinde el apoyo técnico que se requiera. Artículo Tercero.- Transcribir la presente resolución a la Presidencia del Poder Judicial, Presidentes de las Salas de la Corte Suprema de Justicia de la República, Ofi cina de Control de la Magistratura del Poder Judicial, Presidentes de las Cortes Superiores de Justicia del país; y a la Gerencia General del Poder Judicial, para su conocimiento y fi nes pertinentes. Regístrese, publíquese, comuníquese y cúmplase.JOSÉ LUIS LECAROS CORNEJO Presidente 1865887-3 Aprueban la implementación masiva de la Solución de Conexión VPN, para los usuarios jurisdiccionales y administrativos del Poder Judicial RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA N° 000124-2020-CE-PJ Lima, 24 de abril del 2020 VISTA:La propuesta presentada por el señor Consejero Gustavo Alvarez Trujillo, para la implementación masiva de la Solución de Conexión VPN, para los usuarios jurisdiccionales y administrativos del Poder Judicial. CONSIDERANDO:Primero. Que el numeral cinco de la Segunda Disposición Complementaria Final del Decreto de Urgencia N° 026-2020, de fecha 15 de marzo de 2020, en el marco del Decreto Supremo N° 008-2020-SA, estableció que corresponde al Poder Judicial y a los organismos constitucionales autónomos disponer la suspensión de