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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 30 DE ABRIL DEL AÑO 2020 (30/04/2020)

CANTIDAD DE PAGINAS: 56

TEXTO PAGINA: 40

40 NORMAS LEGALES Jueves 30 de abril de 2020 / El Peruano GOBIERNOS LOCALES MUNICIPALIDAD DE CHORRILLOS Prorrogan vigencia de la Ordenanza N° 391/2020-MDCH, que otorga beneficios a vecinos solidarios que cumplan con el pago total de los tributos municipales 2020 DECRETO DE ALCALDÍA Nº 003-2020-MDCH Chorrillos, 28 de abril de 2020EL SEÑOR ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DE CHORRILLOS VISTOS:El Proveído Nº 711/2020-GM-MDCH, de fecha 27 de abril de 2020 de la Gerencia Municipal, Informe Nº 222-2020-GAJ-MDCH de fecha 27 de abril de 2020 de la Gerencia de Asesoría Jurídica, Informe Nº 0120/2020-GAT-MDCH e Informe Nº 0773/2020-SR-GAT-MDCH de fecha 27 de abril de 2020 de la Gerencia de Administración Tributaria y Subgerencia de Rentas, y; CONSIDERANDO:Que, el artículo 194º de la Constitución Política del Perú y sus modi fi catorias, en concordancia con el artículo II del Título Preliminar de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972, señala que los gobiernos locales gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia; teniendo, por consiguiente, la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y de administración, con sujeción al ordenamiento jurídico; Que, el segundo párrafo del artículo 39º de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972, establece que el alcalde ejerce funciones ejecutivas de gobierno mediante decretos de alcaldía; Que, el artículo 42º de mismo cuerpo legal, señala que “Los decretos de alcaldía establecen normas reglamentarias y de aplicación de las ordenanzas, sancionan los procedimientos necesarios para la correcta y efi ciente administración municipal y resuelven o regulan asuntos de orden general y de interés para el vecindario, que no sean de competencia del concejo municipal”; Que, mediante la Ordenanza Nº 391-2020/MDCH, publicada en el Diario O fi cial “El Peruano” el 15 de abril de 2020, se estableció otorgar bene fi cios especiales a los vecinos solidarios que cumplan con el pago total de sus tributos municipales periodo 2020, a fi n de motivar al pago de sus deudas como un incentivo único y exclusivo. Que de la misma normativa en la tercera disposición complementaria, se dispuso la facultad al Señor Alcalde para que mediante Decreto de Alcaldía pueda prorrogar la fecha de vencimiento; Que, mediante el Informe Nº 0773/2020-SR-GAT- MDCH e Informe Nº 0120/2020-GAT-MDCH, de fecha 27 de abril de 2020, la Subgerencia de Rentas y la Gerencia de Administración Tributaria respectivamente remiten a la Gerencia Municipal propuesta de prórroga de fecha de pago de la Ordenanza Nº 391-2020/MDCH hasta el 30 de mayo de 2020, la misma que entrará en vigencia al día siguiente de su publicación en el Diario o fi cial “El Peruano”; Que, mediante el Informe Nº 222-2020-GAJ-MDCH de fecha 27 de abril de 2020, la Gerencia de Asesoría Jurídica, opina favorablemente por la procedencia de la prórroga de la vigencia de la Ordenanza Nº 391-2020/MDCH; Que, estando a los fundamentos expuestos, en la parte considerativa y en uso de las facultades conferidas en el inciso 6) del artículo 20º y del artículo 42º de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972, con el visto bueno de Gerencia Municipal, Gerencia de Administración Tributaria y Gerencia de Asesoría Jurídica; DECRETA:Artículo 1.- PRORROGAR, la vigencia de la Ordenanza Nº 391-2020/MDCH que aprueba “Ordenanza que otorga bene fi cios especiales a los vecinos solidarios que cumplan con el pago total de sus tributos municipales periodo 2020” hasta el 30 de mayo de 2020. Artículo 2.- ENCARGAR el cumplimiento y difusión del presente Decreto de Alcaldía a la Gerencia de Administración Tributaria y demás áreas pertinentes en cumplimiento de lo dispuesto en el presente dispositivo de acuerdo a su competencia. Artículo 3.- DISPONER a Secretaría General la publicación del presente Decreto de Alcaldía en el Diario Ofi cial “El Peruano” y a la Gerencia de Informática y Tecnología su publicación en la Página Web Institucional. Artículo 4.- El presente Decreto de Alcaldía entrará en vigencia al día siguiente de su publicación en el Diario Ofi cial El Peruano. Regístrese, publíquese y cúmplase.AUGUSTO SERGIO MIYASHIRO USHIKUBO Alcalde 1865895-1 Prorrogan vigencia de la Ordenanza N° 385- 2020/MDCH, que aprueba la “Ordenanza que amplía la vigencia del primer trimestre de los tributos municipales” DECRETO DE ALCALDÍA Nº 004-2020-MDCH Chorrillos, 28 de abril de 2020 EL SEÑOR ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DE CHORRILLOS VISTOS:El Proveído Nº 712/2020-GM-MDCH, de fecha 27 de abril de 2020 de la Gerencia Municipal, Informe Nº 223-2020-GAJ-MDCH de fecha 27 de abril de 2020 de la Gerencia de Asesoría Jurídica, Informe Nº 0121/2020-GAT-MDCH e Informe Nº 0774/2020-SR-GAT-MDCH de fecha 27 de abril de 2020 de la Gerencia de Administración Tributaria y Subgerencia de Rentas; y, CONSIDERANDO:Que, el artículo 194º de la Constitución Política del Perú y sus modi fi catorias, en concordancia con el artículo II del Título Preliminar de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972, señala que los gobiernos locales gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia; teniendo, por consiguiente, la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y de administración, con sujeción al ordenamiento jurídico; Que, el segundo párrafo del artículo 39º de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972, establece que el alcalde ejerce funciones ejecutivas de gobierno mediante decretos de alcaldía; Que, el artículo 42º de mismo cuerpo legal, señala que “Los decretos de alcaldía establecen normas reglamentarias y de aplicación de las ordenanzas, sancionan los procedimientos necesarios para la correcta y efi ciente administración municipal y resuelven o regulan asuntos de orden general y de interés para el vecindario, que no sean de competencia del concejo municipal”; Que, los plazos para la cancelación del Impuesto Predial, se encuentran contenidos en el artículo 15º del Texto Único Ordenado de la Ley de Tributación Municipal, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 156-2004-EF, y el plazo para la cancelación de los arbitrios municipales del