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62 NORMAS LEGALES Sábado 1 de agosto de 2020 / El Peruano 71+600 – Huancabamba” y el valor de la Tasación del mismo, ascendente a S/ 387.64 (Trescientos ochenta y siete con 64/100), conforme se detalla en el Anexo que forma parte integrante de la presente Resolución. Artículo 2.- Consignación del Valor de la Tasación Disponer que el Proyecto Especial de Infraestructura de Transporte Nacional – PROVIAS NACIONAL, consigne en el Banco de la Nación, el monto del valor de la Tasación a favor de los Sujetos Pasivos de la expropiación, dentro de los diez (10) días hábiles siguientes de emitida la presente Resolución. Artículo 3.- Información Necesaria para Inscribir el área del Bien Inmueble a Favor del Bene fi ciario y Orden de Levantar toda Carga o Gravamen que contenga la Partida Registral 3.1 Disponer que el Proyecto Especial de Infraestructura de Transporte Nacional – PROVIAS NACIONAL, dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes de emitida la presente Resolución y noti fi cada la consignación a los Sujetos Pasivos, remita al Registro de Predios de la O fi cina Registral correspondiente de la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos (SUNARP), la información señalada en el artículo 30 del TUO de la Ley, a efectos de inscribir el área del bien inmueble expropiado a favor del bene fi ciario. 3.2 Disponer que el Registrador, bajo responsabilidad, proceda al levantamiento de toda carga o gravamen que contenga la Partida Registral respecto del área del inmueble afectado. Los acreedores pueden cobrar sus acreencias con el valor de la Tasación pagada directamente o vía consignación a los Sujetos Pasivos. Artículo 4.- Inscripción Registral del área del bien inmueble a Favor del Bene fi ciario Disponer que la O fi cina Registral correspondiente de la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos (SUNARP) inscriba a favor del bene fi ciario el área expropiada del inmueble afectado, bajo responsabilidad y sanción de destitución. Artículo 5.- Noti fi cación a los Sujetos Pasivos Disponer que el Proyecto Especial de Infraestructura de Transporte Nacional – PROVIAS NACIONAL, notifi que la presente Resolución a los Sujetos Pasivos de la expropiación, conforme a lo dispuesto en el TUO de la Ley, requiriéndoles la desocupación y entrega del área expropiada del bien inmueble afectado dentro de un plazo máximo de diez (10) días hábiles siguientes de notifi cada la presente Resolución, de encontrarse el área del inmueble desocupada, o treinta (30) días hábiles de estar ocupada o en uso, bajo apercibimiento de iniciar los procedimientos de ejecución coactiva para el lanzamiento o toma de posesión del área del bien inmueble materia de expropiación. Regístrese, comuníquese y publíquese.CARLOS ESTREMADOYRO MORY Ministro de Transportes y Comunicaciones ANEXO VALOR DE LA TASACIÓN DEL ÁREA DEL INMUEBLE AFECTADO POR LA EJECUCIÓN DE LA OBRA: “REHABILITACIÓN Y MEJORAMIENTO DE LA CARRETERA EMP. PE - 1NJ (DV. HUANCABAMBA) – BUENOS AIRES – SALITRAL – CANCHAQUE – EMP. PE - 3N HUANCABAMBA, TRAMO KM 71+600 – HUANCABAMBA” NºSUJETO ACTIVO / BENEFICIARIOSUJETO PASIVO IDENTIFICACIÓN DEL BIEN INMUEBLEVALOR DE LA TASACIÓN (S/) 1MINISTERIO DE TRANSPORTES Y COMUNICACIONES - PROVIAS NACIONALLABAN ORTIZ JOSEFA CHINGUEL FACUNDO MIGUELCÓDIGO: HUANC-T-139 AREA AFECTADA : 12.34 m2AFECTACIÓN: Parcial del Inmueble 387.64 LINDEROS Y MEDIDAS PERIMÉTRICAS DEL ÁREA AFECTADA:• Por el Norte: No posee colindancias en el vértice 1. • Por el Este: Colinda con la U.C. 046332, en línea quebrada de los vértices 1 al 3. Con una longitud de 8.29 m.• Por el Sur: Colinda con la U.C. 046333, en línea recta de los vértices 3 al 4. Con una longitud de 3.05 m.• Por el Oeste: Colinda con Carretera Emp.PE-1NJ (Dv. Huancabamba), en línea recta de los vértices 4 al 1. Con una longitud de 9.13 m.COORDENADAS UTM DE VALIDEZ UNIVERSAL DEL INMUEBLE VERTICES LADODISTANCIA (m) WGS84 ESTE (X) NORTE (Y) 1 1 - 2 2.39 654961.7524 9404576.1069 PARTIDA REGISTRAL: Nº 11076460 perteneciente a Oficina Registral de Piura, Zona Registral Nº I, Sede Piura. CERTIFICADO DE BÚSQUEDA CATASTRAL: Emitido con fecha 28.11.2018 (Informe Técnico Catastral Nº 10614-2018-ORP-SCR-ZR Nº I-UREG/SUNARP) por la Oficina Registral de Piura de la Zona Registral Nº I, Sede Piura. CERTIFICADO REGISTRAL INMOBILIARIO: Emitido con fecha 23.08.2019, por la O ficina Registral de Piura de la Zona Registral Nº I, Sede Piura.2 2 - 3 5.90 654961.4111 9404573.7441 3 3 - 4 3.05 654960.7708 9404567.8770 4 4 - 1 9.13 654957.7174 9404567.9132 1874566-1 Aprueban la ejecución de la expropiación del área de inmueble afectado por la ejecución de la Obra: “ Autopista del Sol (Trujillo – Chiclayo – Piura - Sullana)” RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 0435-2020-MTC/01.02 Lima, 31 de julio de 2020 Visto: La Nota de Elevación Nº 069-2020-MTC/20 de la Dirección Ejecutiva del Proyecto Especial de Infraestructura de Transporte Nacional - PROVIAS NACIONAL, y; CONSIDERANDO: Que, la Quinta Disposición Complementaria Final de la Ley Nº 30025, Ley que Facilita la Adquisición, Expropiación y Posesión de Bienes Inmuebles para Obras de Infraestructura y Declara de Necesidad Pública la Adquisición o Expropiación de Bienes Inmuebles afectados para la Ejecución de diversas Obras de Infraestructura, entre otros, declara de necesidad pública la ejecución de la Infraestructura Vial “Autopista del Sol (Trujillo – Chiclayo – Piura - Sullana)”; y autoriza la expropiación de los bienes inmuebles que resulten necesarios para tal fi n; Que, el Texto Único Ordenado del Decreto Legislativo Nº 1192, Decreto Legislativo que aprueba la Ley Marco de Adquisición y Expropiación de Inmuebles, Transferencia de Inmuebles de Propiedad del Estado, Liberación de Interferencias y dicta otras medidas para la Ejecución de Obras de Infraestructura aprobado con Decreto Supremo Nº 011-2019-VIVIENDA (en adelante, el TUO de la Ley), establece el régimen jurídico aplicable a los procesos de Adquisición y Expropiación de inmuebles, transferencia de bienes inmuebles de propiedad del