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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 01 DE AGOSTO DEL AÑO 2020 (01/08/2020)

CANTIDAD DE PAGINAS: 116

TEXTO PAGINA: 55

55 NORMAS LEGALES Sábado 1 de agosto de 2020 El Peruano / CONSIDERANDO: Que, mediante la Resolución Secretarial Nº 72-2020-MINSA, de fecha 08 de junio de 2020, se aprobó el reordenamiento de cargos del Cuadro para Asignación de Personal Provisional de la Administración Central del Ministerio de Salud, en el cual el cargo de Secretario/a General (CAP- P Nº 37) del Ministerio de Salud, se encuentra clasi fi cado como cargo de con fi anza y en condición de vacante; Que, en tal sentido, se ha visto por conveniente designar a la profesional que ejercerá el cargo en mención; Que, mediante el documento de Visto, la O fi cina General de Gestión de Recursos Humanos emite opinión favorable a la acción de personal propuesta; Con el visado del Director General de la O fi cina General de Gestión de Recursos Humanos y de la Directora General de la O fi cina General de Asesoría Jurídica; y, De conformidad con lo previsto en la Ley Nº 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios públicos; la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; y, el Decreto Legislativo Nº 1161, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Salud, y modi fi catorias; SE RESUELVE:Artículo Único.- Designar a la señora SILVIANA GABRIELA YANCOURT RUIZ, en el cargo de Secretaria General (CAP- P Nº 37), Nivel F-6, del Ministerio de Salud. Regístrese, comuníquese y publíquese.PILAR ELENA MAZZETTI SOLER Ministra de Salud 1874798-5 Autorizan transferencia financiera a favor del Ministerio de Defensa, por el apoyo recibido de las Fuerzas Armadas en el Año Fiscal 2020, en el marco de lo dispuesto en el DU Nº 014-2019 RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 562-2020-MINSA Lima, 31 de julio del 2020VISTOS, los Expedientes Nos 20-043622-003 y 20- 051274-004, que contienen el Informe Nº 493-2020-OP-OGPPM/MINSA, emitido por la O fi cina General de Planeamiento, Presupuesto y Modernización; y la Nota Informativa Nº 517-2020-OGAJ/MINSA, emitida por la Ofi cina General de Asesoría Jurídica; y, CONSIDERANDO:Que, en el marco del Decreto Legislativo Nº 1440, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto Público, y del Decreto de Urgencia Nº 014-2019, Decreto de Urgencia que aprueba el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2020, se expidió la Resolución Ministerial Nº 1168-2019/MINSA, de fecha 26 de diciembre de 2019, que aprobó el Presupuesto Institucional de Apertura (PIA) para el Año Fiscal 2020 del Pliego 011: Ministerio de Salud; Que, la Trigésima Sétima Disposición Complementaria Final del DU Nº 014-2019, Decreto de Urgencia que aprueba el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2020, dispone que, durante el Año Fiscal 2020, cuando los pliegos presupuestarios del Gobierno Nacional, los Gobiernos Regionales y los Gobiernos Locales reciban el apoyo de las Fuerzas Armadas (FFAA) y/o de la Policía Nacional del Perú (PNP), para transporte aéreo, terrestre y fl uvial, de pasajeros y/o de bienes, valores y/o suministros, para un mejor cumplimiento de sus funciones, quedan autorizados, para realizar transferencias fi nancieras a favor del pliego Ministerio de Defensa y/o Ministerio del Interior, según corresponda, solo si el gasto efectuado por el apoyo que brinden las FFAA o la PNP supera el monto máximo que debe ser fi nanciado con cargo al presupuesto institucional aprobado de los pliegos Ministerio de Defensa o Ministerio del Interior, respectivamente. Dicho monto máximo anual se establece mediante decreto supremo, refrendado por el Presidente del Consejo de Ministros; Que, la citada norma establece que su fi nanciamiento será con cargo al presupuesto institucional del pliego que reciba el apoyo de las Fuerzas Armadas o Policía Nacional del Perú, por la fuente de fi nanciamiento Recursos Ordinarios para el caso de las entidades del Gobierno Nacional y por cualquier fuente de fi nanciamiento para el caso de los Gobiernos Regionales y los Gobiernos Locales, sin demandar recursos adicionales al Tesoro Público; Que, asimismo, la norma aludida dispone que las transferencias fi nancieras se aprueban mediante resolución del Titular del Pliego para el caso de las entidades del Gobierno Nacional, previo informe de la Presidencia del Consejo de Ministros (PCM) en el que se debe indicar si el pliego Ministerio de Defensa o Ministerio del Interior, según corresponda, ha excedido el monto máximo destinado a las acciones de apoyo fi jado por la PCM, y de la O fi cina de Presupuesto o la que haga sus veces en el pliego que reciba el apoyo de las Fuerzas Armadas o Policía Nacional del Perú, bajo responsabilidad del Titular de dicho pliego. La resolución del Titular del Pliego se publica en el diario o fi cial El Peruano; Que, mediante Decreto Supremo Nº 017-2020-PCM se estableció el monto máximo de CINCUENTA Y DOS MIL SETECIENTOS VEINTISIETE Y 00/100 SOLES (S/ 52 727,00), en la Fuente de Financiamiento 1 Recursos Ordinarios, para la atención de las operaciones de apoyo a los Pliegos Presupuestarios del Gobierno Nacional, los Gobiernos Regionales y los Gobiernos Locales en el Año Fiscal 2020, que podría destinar el Pliego 026 – Ministerio de Defensa para esos fi nes; Que, con O fi cio Múltiple Nº 0319-2020-MINDEF/SG de fecha 5 de mayo de 2020, la Secretaria General del Ministerio de Defensa remite a esta Entidad, el O fi cio Nº D000112-2020-PCM-SG, de fecha 3 de abril de 2020, por el que la Secretaria General de la Presidencia del Consejo de Ministros, informa sobre el exceso del monto máximo destinado a las acciones de apoyo que brinda las Fuerzas Armadas a otras Entidades del Estado — Año Fiscal 2020, fi jado mediante Decreto Supremo Nº 017-2020-PCM, por el importe de S/ 52 727.00; Que, el artículo 20 de la Directiva Nº 011-2019- EF/50.01 “Directiva para la Ejecución Presupuestaria”, aprobada con Resolución Directoral Nº 036-2019-EF/50.01, establece el procedimiento a seguir para la ejecución de la transferencia fi nanciera; Que, mediante Memorándum Nº 877-2020-OGA/ MINSA, la O fi cina General de Administración, solicita la transferencia fi nanciera a favor del Ministerio de Defensa en relación a los vuelos solicitados por la Dirección General de Personal de la Salud – DIGEP por el importe de S/ 231 335.00 (DOSCIENTOS TREINTA Y ÚN MIL TRESCIENTOS TREINTA Y CINCO Y 00/100 SOLES); Que, el numeral 34.1 del artículo 34 de la Directiva Nº 011-2019-EF/50.01 “Directiva para la Ejecución Presupuestaria”, aprobado por Resolución Directoral Nº 036-2019-EF/50.01, establece que dado el carácter fi nanciero del Presupuesto del Sector Público, sólo procede la incorporación de recursos monetarios, cuyos montos se registran en números enteros; Que, a través del Informe Nº 493-2020-OP-OGPPM/ MINSA, la O fi cina General de Planeamiento, Presupuesto y Modernización emite opinión favorable para autorizar una transferencia fi nanciera del Presupuesto Institucional del Pliego 011: Ministerio de Salud para el Año Fiscal 2020, hasta por la suma de S/ 231 335.00 (DOSCIENTOS TREINTA Y ÚN MIL TRESCIENTOS TREINTA Y CINCO Y 00/100 SOLES), a favor del Pliego 026 Ministerio de Defensa, por el apoyo recibido de las Fuerzas Armadas en el Año Fiscal 2020, en el marco de la Trigésima Sétima Disposición Complementaria Final del DU Nº 014-2019,