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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 21 DE AGOSTO DEL AÑO 2020 (21/08/2020)

CANTIDAD DE PAGINAS: 116

TEXTO PAGINA: 18

18 NORMAS LEGALES Viernes 21 de agosto de 2020 / El Peruano 5.3.1 Elaboración del plan de acción para el diálogo constructivo 5.3.2 Conformación de la delegación5.3.3 Elaboración de la intervención de la Delegación5.3.4 Preparación de la delegación5.3.5 Reuniones preparatorias5.3.6 Diálogo constructivo5.3.7 Información complementaria5.3.8 Balance del diálogo constructivo 5.4 Diálogo y re fl exión en el epu 5.4.1 Diálogo EPU 5.4.2 Re fl exión EPU a) Agrupación y distribución de las recomendaciones b) Entrega de aportesc) Sistematización de las posiciones institucionales d) Consolidación de aportese) Comunicación del balance del diálogo del EPU 5.4.3 Elaboración del informe de medio término 5.5 Preparación y acompañamiento de visitas y misiones 5.5.1 Solicitud de la visita o fi cial 5.5.2 Tramitación de la visita5.5.3 Equipo técnico multisectorial y plan de acción5.5.4 Soporte de la misión5.5.5 Balance de la visita/misión5.5.6 Entrega de información complementaria5.5.7 Difusión de las recomendaciones5.5.8 Entrega de información periódica 5.6 Respuesta de comunicaciones y solicitudes de información 5.6.1 Noti fi cación de las comunicaciones y solicitudes de información 5.6.2 Articulación intersectorial y respuesta de las comunicaciones y solicitudes de información 5.6.3 Respuestas a otras comunicaciones del Sistema de Naciones Unidas 5.6.4 Articulación para la incorporación del enfoque de derechos humanos en el proceso de elaboración del examen nacional voluntario sobre la Agenda 2030 5.6.5 Asistencia Técnica ante las audiencias en la Comisión Interamericana de Derechos Humanos 5.6.6 Asistencia Técnica en el marco de los Convenio de Ginebra de 1949 y sus Protocolos Adicionales 5.7 Implementación de las obligaciones internacionales en materia de derechos humanos y seguimiento de las recomendaciones 5.7.1 Traslado de información 5.7.2 Articulación y monitoreo de las recomendaciones 5.7.3 Coordinación de entrega complementaria a los OOTT y los PPEE 5.7.4 Asistencia técnica para el seguimiento de las recomendaciones 5.7.5 Diálogo y re fl exión para el seguimiento de las recomendaciones 5.8 Difusión de las recomendaciones 5.8.1 Difusión de la información pública y las recomendaciones 5.8.2 Fortalecimiento de capacidades en derechos humanos 5.8.3 Colaboración de la sociedad civil VI. ENTIDADES PARTICIPANTES Y FORMAS DE COLABORACIÓN6.1 Entidades participantes 6.2 Formas de colaboración de la Defensoría del Pueblo y del Mecanismo Nacional de Prevención de la Tortura 6.3 Formas de colaboración de la sociedad civil ANEXOS Anexo 1: Modelo de fi cha de seguimiento de las recomendacionesAnexo 2: Modelo de desarrollo de fi cha de seguimiento de las recomendacionesAnexo 3: Modelo de matriz de información complementaria PRESENTACIÓN El Perú, en tanto Estado miembro de la Organización de las Naciones Unidas (ONU) y de la Organización de los Estados Americanos (OEA), ha asumido el compromiso de colaborar con los órganos de los sistemas de protección internacional de los derechos humanos (OSPIDH). Además, para fortalecer sus responsabilidades en derechos humanos (DDHH), el Estado ha rati ficado tratados y ha reconocido instrumentos internacionales que establecen diferentes formas de colaboración con dichos órganos. De esta manera, conforme se encuentra establecido en determinados tratados de DDHH, el Estado peruano se ha comprometido a presentar informes periódicos sobre las medidas legislativas, judiciales o administrativas que permitan dar cuenta sobre los avances y desafíos en la implementación de dichos tratados, así como informar y hacer seguimiento de las recomendaciones recibidas para mejorar la situación general en el país. Asimismo, el Estado peruano ha brindado su consentimiento para la realización de misiones y visitas en el país con el propósito de recibir asistencia técnica de expertos y visibilizar los avances y los retos para la protección de los DDHH. De la misma forma, el Perú colabora con los diversos OSPIDH atendiendo cuestionarios para estudios temáticos y recibe comunicaciones preventivas. Los organismos internacionales contribuyen para el fortalecimiento de las políticas, los procesos e iniciativas nacionales, regionales y locales en materia de DDHH, y a partir de la interacción con estos sistemas se pueden adoptar mejoras y cambios para la protección de los DDHH. Algunos mecanismos existentes requieren que las entidades del Estado informen periódicamente acerca de los avances en materia de DDHH en el diseño de la leyes, políticas y programas y produzca evidencias desagregadas de sus logros y desafíos pendientes. Por su parte el Estado peruano consciente de la importancia de la labor de los OSPIDH se ha comprometido en el Plan Nacional de Derechos Humanos 2018-2021 (PNDH), a desarrollar un mecanismo nacional de elaboración, presentación de informes y seguimiento ante estos órganos. A tal efecto, el presente protocolo intersectorial tiene por objetivo constituirse en un instrumento de alcance nacional que promueva mecanismos de coordinación y articulación a fin propiciar la implementación de las obligaciones internacionales del Estado peruano en materia de DDHH y, a la vez, estandarizar y simpli ficar los procesos y procedimientos de coordinación interinstitucional a nivel de gobierno nacional, regional y local, así como facilitar las formas de colaboración con la sociedad civil. Por consiguiente, genera un espacio en el que, a nivel interno, las entidades públicas puedan evaluar y adoptar medidas sectoriales o multisectoriales, respecto a problemáticas de derechos humanos que los OSPIDH hubiesen identi ficado en el Perú. Además, se encuentra alineado con los marcos normativos internacionales y nacionales, y considera las recomendaciones dadas al Estado peruano por los OSPIDH en materia del proceso de gestión de la información, el reporte y la incorporación de la sociedad civil. Al mismo tiempo, este documento identi fica las acciones para fortalecer la coordinación entre las distintas entidades competentes.