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29 NORMAS LEGALES Viernes 21 de agosto de 2020 El Peruano / 5.1 Noti ficación El RREE comunica al MINJUSDH la noti ficación recibida de un organismo internacional con el propósito que la DGDH se encargue de las tareas que se requieren conforme al plan de acción y eje de actuación según la naturaleza del proceso. Luego de recibir la noti ficación del calendario de actividades ante los OSPIDH, el VMDHAJ, a propuesta de la DGDH, informa y convoca a las entidades competentes a fin de articular el funcionamiento de un «equipo técnico multisectorial» dentro del CNDH, que funciona con la asistencia de la DGDH, a través de la DAIPAN, atendiendo al eje de actuación que corresponda. 5.2 Redacción del informe ante los OOTT y EPU5.2.1 Convocatoria del equipo técnico multisectorial y entrega del plan de acción La DGDH analiza la información previamente e identi fica las actividades necesarias que correspondan atendiendo a las características propias de los OSPIDH, en coordinación con RREE 17, a partir de ello elabora el «Plan de acción para la elaboración del informe» (conforme a lo señalado por el Apartado 4.2). Posteriormente, se convoca mediante comunicación escrita o virtual a los puntos focales institucionales y técnicos de las entidades concernidas a una reunión preparatoria del equipo técnico multisectorial y se pone a su conocimiento la propuesta de plan de acción. 5.2.2 Reunión preparatoria y requerimiento de información La DGDH conduce una reunión preparatoria con el objetivo de: • Capacitar a los integrantes de los equipos técnicos multisectoriales acerca del eje de actuación de los OSPIDH; • Informar sobre los antecedentes, así como el consolidado de recomendaciones de los diferentes OSPIDH, agrupándolas por las competencias especí ficas de las entidades concernidas; • Informar de los temas priorizados por los OSPIDH que podrían ser materia de análisis para el Estado peruano; y, • Recoger aportes de los puntos focales para la aprobación del plan de acción. Asimismo, la DGDH formaliza la solicitud de información a los puntos focales para la elaboración del informe y adjunta la «Ficha de seguimiento de recomendaciones», la misma que incluye información actualizada sobre políticas públicas, medidas normativas o de carácter jurisdiccional. La información de respuesta de las entidades es remitida por los puntos focales de responsabilidad institucional de manera o ficial y por correo electrónico en formatos editables a fin de simpli ficar las tareas de redacción del informe y poder registrar con facilidad las actualizaciones y las modi ficaciones de la información brindada por los puntos focales. De ser conveniente, se realizan reuniones de trabajo bilaterales y multisectoriales con las entidades concernidas a fin de brindarles asistencia técnica sobre el alcance y las características de la solicitud de información para la elaboración del informe. En caso de que el punto focal no haya enviado la información en el plazo establecido, o la información remitida resultara insu ficiente o requiera precisiones, se otorga un plazo adicional de entrega en un intervalo de entre tres a diez días hábiles. El plazo especí fico depende del tipo de procedimiento de los OSPIDH y la complejidad de la información requerida. Sin embargo, el plazo adicional no debe alterar sustancialmente el cronograma preestablecido en el plan de acción. Además, se solicita aportes a la DP, en el marco de sus competencias constitucionalmente autónomas. De la misma forma, según la naturaleza del procedimiento, se requiere los aportes del MNPT, y del MNSCDPD y a las organizaciones representativas de la sociedad civil a fin de elaborar un esquema del borrador del informe y organizar las temáticas priorizadas. 5.2.3 Consolidación de la información y elaboración del borrador del informe La DGDH consolida la información brindada por los puntos focales y elabora el borrador del informe. En dicho documento se identi fica las fuentes de información descriptiva o estadística, y se señalan aquellos casos que están pendiente de respuesta o requieren de información complementaria por parte de los puntos focales. Se solicitan a los puntos focales comentarios, observaciones y sugerencias para la actualización y la modi ficación de la información consignada en el borrador del informe. Las fuentes de información deben quedar claramente identi ficadas a fin de que la información refleje los aportes de los puntos focales. Asimismo, se identi fican aquellos casos en los que no se ha conseguido información desagregada y especí fica. El borrador del informe se pre-publica en el portal web institucional del MINJUSDH para informar del proceso de participación con los OSPIDH, y para recibir las opiniones de la sociedad civil por un plazo de 15 días hábiles. 5.2.4 Reunión de trabajo con la Defensoría del Pueblo y los Mecanismos Nacionales La DGDH presenta en una reunión de trabajo el borrador del informe a la DP, MNPT y MNSCDPD, según corresponda conforme a la temática del documento. En dicha reunión, reciben los comentarios y los aportes de ambas instituciones y formalizan los requerimientos de información y de colaboración para la elaboración del informe. 5.2.5 Socialización, difusión y participación de la sociedad civil La DGDH promueve la adopción de metodologías de participación de la sociedad civil durante el proceso de elaboración del informe a través de diversas medidas, en función de la naturaleza y la temática del informe. Para ello elabora estrategias que promuevan la participación activa, informada, accesible y diversa. Las actividades de participación de la sociedad civil pueden incluir la realización de eventos públicos, reuniones de trabajo, el fortalecimiento y el acompañamiento de espacios de participación de la sociedad civil, el acceso a herramientas informáticas y otras formas que garanticen la participación efectiva e informada, de ser necesario, con el soporte técnico del Sistema de Naciones Unidas en el Perú y con la O ficina del Alto Comisionado para los Derechos Humanos (OACNUDH). Como resultado de la participación de la sociedad civil, la DP, el MNPT y el MNSCDPD durante el proceso de elaboración del informe, la DGDH sistematiza las actividades realizadas e identi fica los diferentes aportes respecto del contenido del borrador del informe. Finalizadas la participación de la sociedad civil, la DP, el MNPT y el MNSCDPD, el «equipo técnico multisectorial» conformado para el procedimiento especí fico procede a analizar las propuestas y su eventual incorporación al Informe. Con posterioridad a la evaluación anterior, se publica el borrador de Informe en el portal web institucional del MINJUSDH y otro espacio de acceso público para conocimiento público. 17 Artículo 99(e) y (p) del Decreto Supremo Nº 135-2010-RE. Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Relaciones Exteriores.