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21 NORMAS LEGALES Viernes 21 de agosto de 2020 El Peruano / normas internacionales, desde las cuales se establecen estándares que permiten hacer operativa su protección y promoción. El enfoque basado en derechos humanos pone énfasis en identi ficar las variables o contenidos de los derechos, su titular y garante y la ruta de acceso que lo hace efectivo. Por lo tanto, desde el enfoque basado en derechos humanos, los planes, las políticas y los procesos de desarrollo están anclados en un sistema de derechos y de los correspondientes deberes establecidos por el derecho internacional. Ello contribuye a promover la sostenibilidad de la labor de desarrollo reconociendo su diversidad, potenciar la capacidad de acción efectiva de la población, especialmente de los grupos más marginados, los cuales deben poder participar activamente en la formulación de políticas y hacer responsables a los que tienen la obligación de actuar. Reconoce que el objetivo principal de toda acción en el marco de este Protocolo está dirigida al reconocimiento de la dignidad de las personas y a la realización de los DDHH. A partir de dicha consideración, en el marco del Protocolo, el proceso de colaboración con los OSPIDH procura fortalecer la capacidad de los titulares de derechos para reivindicar sus derechos y de los titulares de deberes para cumplir sus obligaciones. Este enfoque requiere de un análisis de contexto sobre las brechas e inequidades existentes en el goce de los DDHH para orientar las políticas públicas hacia la transformación de la situación de afectación de DDHH de determinados sectores de la población. 1.5.2 Ciclo de vidaSigni fica que las intervenciones del Estado se realizan tomando en consideración la etapa de vida en la que está cada individuo. Ello debido a que: 1) sus necesidades son distintas dependiendo de la edad que tenga; 2) cada etapa constituye una única ventana de oportunidad para evitar o resolver un problema; 3) los problemas adquiridos a edad temprana in fluyen en el desempeño de las personas durante la adolescencia y la adultez; 4) existe evidencia su ficiente que sostiene que los efectos de las intervenciones de la política pública con enfoque de ciclo de vida tienen mayor impacto. 1.5.3 Desarrollo humanoDesde este enfoque se debe buscar el desarrollo de la persona para lo cual se debe garantizar las oportunidades para su bienestar personal y la potenciación de sus capacidades. El enfoque está centrado en la elección o libertad de la víctima, para lo cual la sociedad está obligada a promover oportunidades por las que puedan o no optar, pues de ellas depende elegir. 1.5.4 Desarrollo sostenible En el marco de la Agenda 2030 para el Desarrollo Sostenible, el enfoque de desarrollo sostenible se entiende por el proceso de transformaciones naturales, económico sociales, culturales e institucionales, para mejorar de forma equitativa, la seguridad y la calidad de la vida humana, de manera acumulativa y duradera, a partir de una gestión adecuada de los recursos naturales, sin comprometer las bases del desarrollo para las futuras generaciones. De esta manera, bajo un enfoque de integralidad y complementariedad, se adoptan medidas e ficaces para proteger y mejorar el ejercicio de los derechos de las personas que armonizan las múltiples dimensiones, en especial, las condiciones ambientales, económicas y sociales. Las intervenciones del Estado propician el cumplimiento de los 17 Objetivos de Desarrollo Sostenible y 169 metas especí ficas, con el fin primordial de maximizar las consecuencias positivas en los DDHH y de prevenir, minimizar, restituir y reparar las consecuencias negativas en el ejercicio de los derechos de las personas. Este enfoque es un marco de referencia central para el desarrollo del país en vínculo directo con los compromisos internacionales. 1.5.5 Perspectiva de discapacidad Es una herramienta que debe permitir evaluar las relaciones sociales considerando las necesidades e intereses de las personas con discapacidad, pero sobre todo identi ficando las barreras del entorno y actitudinales que limitan el ejercicio de sus derechos; de tal manera que, abordando la multidimensionalidad de la problemática de exclusión y discriminación que las afecta, se adopten medidas desde las políticas y gestión públicas que permitan respetar y garantizar sus derechos humanos y construir una sociedad inclusiva. 1.5.6 Étnico racial Este enfoque surge del análisis de las formas de subordinación y exclusión prevalentes basadas en diferencias de origen étnico-racial, e indica que es necesario visibilizarlas y promover activamente su transformación para garantizar el acceso a derechos e igualdad de oportunidades para todas las personas sin distinción. Asimismo, contribuye a identi ficar, analizar, estudiar y explicar las condiciones por las cuales se reproducen las relaciones de subordinación que tienen como resultado la generación de inequidad y desigualdad que afecta a los grupos étnicos históricamente excluidos en comparación con el resto de la población, problematizando temas como la construcción de la identidad, los derechos colectivos, la pobreza y exclusión, la participación política y el ejercicio pleno de sus DDHH. 1.5.7 GéneroEl enfoque de género en las políticas públicas es una herramienta de análisis que permite identi ficar los roles y tareas que realizan los hombres y las mujeres en una sociedad, así como las asimetrías, relaciones de poder e inequidades que se producen entre ellos. Al observar de manera crítica las relaciones de poder y subordinación que las culturas y las sociedades construyen entre hombres y mujeres, y explicar las causas que producen las asimetrías y desigualdades, el enfoque de género aporta elementos centrales para la formulación de medidas (políticas, mecanismos, acciones afirmativas, normas, etc.) que contribuyen a superar la desigualdad de género, modi ficar las relaciones asimétricas entre mujeres y hombres, erradicar toda forma de violencia de género, origen étnico, situación socioeconómica, edad, la orientación sexual e identidad de género, entre otros factores, asegurando el acceso de mujeres y hombres a recursos y servicios públicos y fortaleciendo su participación política y ciudadana en condiciones de igualdad 5. A partir de dichas consideraciones, se estimula la creación de condiciones especiales para facilitar la participación, autonomía y empoderamiento de las niñas, las adolescentes y las mujeres, y de las personas LGTBI. Busca no solo el acceso igualitario a oportunidades, sino también el goce efectivo de los derechos humanos de todas y todos sin discriminación. Ello implica cuestionar la cultura, los valores, los estereotipos y los roles tradicionales de género que reproducen y mantienen las barreras de acceso a los derechos por parte de las niñas, las adolescentes, las mujeres y las personas LGTBI en sus diversas modalidades. En el marco del presente Protocolo, las actividades del proceso de colaboración con los OSPIDH promueven la transversalización del enfoque de género en la elección de metodología, el diagnóstico, el reporte de información, la implementación, el planeamiento, el monitoreo y la evaluación de las intervenciones. 1.5.8 Inclusión socialEs la situación en la que todas las personas puedan ejercer sus derechos, aprovechar sus habilidades y tomar 5 MINISTERIO DE LA MUJER Y POBLACIONES VULNERABLES. Decreto Supremo Nº 008-2019-MIMP. Política Nacional de Igualdad de Género. Publicado en la separata especial del Diario O ficial “El Peruano”: 04.04.2019. Pág. 43