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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 21 DE AGOSTO DEL AÑO 2020 (21/08/2020)

CANTIDAD DE PAGINAS: 116

TEXTO PAGINA: 24

24 NORMAS LEGALES Viernes 21 de agosto de 2020 / El Peruano • Actividades mundiales para la eliminación total del racismo, la discriminación racial, la xenofobia y las formas conexas de intolerancia y para la aplicación y el seguimiento generales de la Declaración y el Programa de Acción de Durban, Resolución de la Asamblea General de la ONU /65/240 de 5 de abril de 2011 • Proclamación del Decenio Internacional de los Afrodescendientes, Resolución de la Asamblea General de las Naciones Unidas 68/237 de 7 de febrero de 2014 • Fortalecimiento y mejora del funcionamiento eficaz del sistema de órganos creados en virtud de tratados de derechos humanos, Resolución de la Asamblea General de las Naciones Unidas 68/268 de 21 de abril de 2014 • Transformar nuestro mundo: la Agenda 2030 para el Desarrollo Sostenible, Resolución de la Asamblea General de las Naciones Unidas 70/1 de 25 de septiembre de 2015. Desde el 29 de abril de 2019, el Perú cuenta con una Visión al 2050, aprobada por consenso en el Foro del Acuerdo Nacional • Plan de Acción para el Decenio de las Personas Afrodescendientes en las Américas (2016-2025), Resolución de la Asamblea General 2891 (XLVI-O/16) del 14 de junio de 2016 • Declaración Americana sobre los Derechos de los Pueblos Indígenas, Resolución de la Asamblea General de la OEA 2888 (XLVI-O/16) del 14 de junio de 2016 • Promoción y Protección de Derechos Humanos, Resolución de la Asamblea General de la OEA 2887 (XLVI-O/16) del 14 de junio de 2016 • Programa de Acción para el Decenio de las Américas por los Derechos y la Dignidad de las Personas con Discapacidad, 2016-2026, Resolución de la Asamblea General de la OEA 2928 (XLVIII-O/18) del 5 de junio de 2018 2.2 Nacional• Constitución Política del Perú. • Ley Nº 29158. Ley Orgánica del Poder Ejecutivo• Ley Nº 29357. Ley de organización y Funciones del Ministerio de Relaciones Exteriores • Ley Nº 29809. Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos • Decreto Legislativo Nº 1098. Ley de Organización y Funciones del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables – MIMP • Ley Nº30394, Ley que amplía las funciones de la Defensoría del Pueblo como órgano encargado del Mecanismo Nacional de Prevención de la Tortura y otros Tratos o Penas Crueles, Inhumanos o Degradantes • Ley General de la Persona Con Discapacidad, Ley Nº 29973 • Decreto Supremo Nº 012-86-JUS, se constituye en el Ministerio de Justicia y Derechos. Humanos el Consejo Nacional de Derechos Humanos • Decreto Supremo Nº 135-2010-RE, aprueban Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Relaciones Exteriores • Decreto Supremo Nº 003-2012-MIMP, que aprobó el Reglamento de Organización y Funciones del MIMP • Resolución Ministerial Nº 0167-2012-JUS, Aprueban Reglamento Interno del Consejo Nacional de Derechos Humanos del Ministerio • Decreto Supremo Nº 013-2017-JUS, que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos • Decreto Supremo Nº 006-2019-JUS, que modi fica el ROF del MINJUSDH (Única Disposición Complementaria Modi ficatoria) III. CONSIDERACIONES PRELIMINARES 3.1 Los órganos del sistema de protección internacional de derechos humanos (OSPIDH) Conforme a lo dispuesto en el ROF del MINJUSDH, se encarga a la Dirección General de Derechos Humanos (DGDH) y a la Dirección de Asuntos Internacionales, Promoción y Adecuación Normativa (DAIPAN) la elaboración de los informes así como la asistencia técnica en los procesos de colaboración con los OSPIDH, respectivamente. Asimismo, de acuerdo con dicho ROF, corresponde al Despacho Viceministerial de Derechos Humanos y Acceso a la Justicia (VMDHAJ) la aprobación del informe periódico o eventual requerido por los OSPIDH; para ello se realiza las coordinaciones necesarias con los órganos correspondientes (entre ellos, RREE 7). Para la aplicación del presente Protocolo se considera las especi ficidades de la naturaleza de cada procedimiento y eje de actuación conforme se detalla a continuación. 3.1.1 El Sistema Universal de Derechos Humanos (SUDH) El SUDH se encuentra compuesto por mecanismos internacionales de DDHH que principalmente podemos clasi ficar en los tres siguientes: a) El Sistema de Órganos de Tratados Compuesto por Comités y un Subcomité creados por los nueve tratados más importantes de las Naciones Unidas y el Protocolo Facultativo de la Convención contra la Tortura y Otros Tratos o Penas Crueles, respectivamente, para examinar las disposiciones o medidas que hayan adoptado los Estados en cumplimiento de dichos Tratados. Los OOTT tienen facultades especí ficas sobre los Estados que han rati ficado dichos Tratados, y competencia para examinar denuncias sólo en aquellos casos en que se les haya otorgado dicha competencia de manera expresa. Los OOTT están compuestos por expertos independientes elegidos por la Asamblea de los Estados Parte de cada tratado, luego de ser nominados por los Estados durante el periodo de elección de nuevos miembros. Entre las principales funciones de los órganos de tratados de las Naciones Unidas están: • Supervisar la presentación de Informes Periódicos de los Estados • Examinar quejas de individuos contra Estados Parte por presunta vulneración de derechos, cuando haya recibido competencia para ello • Examinar quejas entre Estados Parte por presunta vulneración de derechos, cuando haya recibido competencia para ello • Realizar Visitas e investigaciones urgentes cuando haya recibido competencia para ello. Se trata de un mecanismo de carácter técnico que busca la mejor realización de derechos en base al cumplimiento de las disposiciones de un tratado especí fico. El Presente Protocolo sólo regula la función de supervisar la presentación de Informes Periódicos de los Estados. Los OOTT de la ONU son los siguientes: 1. Comité para la Eliminación de la Discriminación Racial 2. Comité de Derechos Humanos 3. Comité de Derechos Económicos Sociales y Culturales 8 4. Comité contra la Tortura 5. Comité para la Eliminación de la Discriminación contra la Mujer 6. Comité de los Derechos del Niño 7. Comité de Protección de los Derechos de Todos los Trabajadores Migratorios y de sus Familiares 8. Comité de los derechos de las personas con discapacidad 7 Artículos 99(e) y 99(p) del Decreto Supremo Nº 135-2010-RE. Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Relaciones Exteriores. 8 Creado en 1985 por el Consejo Económico y Social (ECOSOC) de las Naciones Unidas. Resolución 1985/17 del Consejo Económico y Social (28 de mayo de 1985)