Empresa en el ranking

NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 29 DE AGOSTO DEL AÑO 2020 (29/08/2020)

CANTIDAD DE PAGINAS: 80

TEXTO PAGINA: 52

52 NORMAS LEGALES Sábado 29 de agosto de 2020 / El Peruano no hay delito” que ella sabe lo que va a hacer porque es abogada...”. Estando a lo expuesto, se encuentra debidamente acreditada la responsabilidad de la Investigada July Tiffany Sánchez Silva como Secretaria Judicial del área civil del Juzgado Mixto de Celendín, en la elaboración de resoluciones judiciales y o fi cios fraudulentos, con la fi nalidad de lograr la reincorporación de efectivos policiales a la situación de actividad en la Policía Nacional del Perú, en el tramite de los Expedientes números sesenta y siete guión dos mil doce guión C, sesenta y ocho guión dos mil doce guión C, y cien guión dos mil doce guión C, para lo cual procedió a establecer relaciones extraprocesales con las partes procesales y el abogado de dichos procesos, contando con la colaboración de Nilson Arturo Tafur Culqui, quien falsi fi có la fi rma del Juez José Luis Vásquez Cabrera y de la Secretaria Judicial Arminda Lizet Marín Cachay; así como con la colaboración de Miguel Ángel Terrones Tafur, personal de limpieza del juzgado, quien colaboró en la formación de los cuadernos cautelares, traslado de útiles de o fi cina, entre otros. En ese sentido, habiéndose veri fi cado la falta muy grave que le ha sido imputada a la investigada Sánchez Silva, prevista en el artículo diez, inciso ocho, del Reglamento del Régimen Disciplinario de los Auxiliares Jurisdiccionales del Poder Judicial, corresponde aprobar la propuesta de destitución formulada en su contra por la O fi cina de Control de la Magistratura del Poder Judicial. Por estos fundamentos; en mérito al Acuerdo Nº 1441-2019 de la cuadragésimo sexta sesión del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial de la fecha, adoptado con la intervención de los señores Lecaros Cornejo, Arévalo Vela, Lama More, Alvarez Trujillo, Pareja Centeno y Castillo Venegas; en uso de las atribuciones conferidas por el artículo ochenta y dos del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial. De conformidad con el informe del señor Consejero Lama More. Por unanimidad, SE RESUELVE:Imponer la medida disciplinaria de destitución a la señora July Tiffany Sánchez Silva y al señor Nilson Arturo Tafur Culqui, por su desempeño como Secretaria Judicial y Auxiliar Judicial, respectivamente, del Juzgado Mixto de Celendín, Corte Superior de Justicia de Cajamarca. Inscribiéndose la medida disciplinaria impuesta en el Registro Nacional de Sanciones contra Servidores Civiles (antes Registro Nacional de Sanciones de Destitución y Despido). Regístrese, publíquese, comuníquese y cúmplase.-JOSÉ LUIS LECAROS CORNEJO Presidente 1880652-3 Imponen medida disciplinaria de destitución a Juez de Paz de la Comunidad de Huamantanga, Corte Superior de Justicia de Lima Norte (Se publica la siguiente Investigación a solicitud del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, mediante O fi cio N° 3899-2020-SG-CE-PJ, recibido el 28 de agosto de 2020) INVESTIGACIÓN PRELIMINAR Nº 1102-2015-LIMA NORTE Lima, cuatro de diciembre de dos mil diecinueve.- VISTA: La Investigación Preliminar número mil ciento dos guión dos mil quince guión Lima Norte que contiene la propuesta de destitución del señor Ulises Sixto Castañeda Gutiérrez, por su desempeño como Juez de Paz de la Comunidad de Huamantanga, Corte Superior de Justicia de Lima Norte, remitida por la Jefatura de la O fi cina de Control de la Magistratura del Poder Judicial, mediante resolución número once, de fecha diez de diciembre de dos mil dieciocho; de fojas setenta y ocho a ochenta y uno. CONSIDERANDO:Primero. Que mediante documento de fojas cinco, con fecha ocho de junio de dos mil quince, el Coordinador de la O fi cina Distrital de Apoyo a la Justicia de Paz de la Corte Superior de Justicia de Lima Norte informa a la Presidencia de dicha Corte Superior, que el cinco de junio del mismo año se realizó las Visitas de Supervisión a los Juzgados de Paz, entre ellos, el Juzgado de Paz de Huamantanga, conforme a lo dispuesto en la Resolución Administrativa número cuatrocientos cuarenta y cuatro guión dos mil quince guión P guión CSJLN diagonal PJ, de fecha siete de mayo de dos mil quince, advirtiendo que el señor Ulises Castañeda Gutiérrez se desempeña como juez de paz del mencionado órgano jurisdiccional, pero paralelamente también ejerce la función de Teniente Alcalde de dicha jurisdicción. Segundo. Que por Resolución de Presidencia número seiscientos cuarenta guión dos mil quince guión CSJLN diagonal PJ, de fecha veinticuatro de junio de dos mil quince, de fojas dos a tres, la Presidencia de la Corte Superior de Justicia de Lima Norte aceptó a partir de esa fecha la renuncia del señor Ulises Sixto Castañeda Gutiérrez al cargo de Juez de Paz del distrito de Huamantanga, provincia de Canta; designando al accesitario en su reemplazo, y disponiendo se expidan copias certi fi cadas a la O fi cina Desconcentrada de Control de la Magistratura de dicha Corte Superior, a efectos que se investigue la presunta irregularidad incurrida por el renunciante, al ocupar dos cargos públicos provenientes de elección popular en forma paralela. Es menester precisar que el señor Castañeda Gutiérrez habría presentado su renuncia al cargo de juez de paz, en el mes de julio de dos mil catorce; sin embargo, habiendo transcurrido más de un año, la Corte Superior de Justicia de Lima Norte no le habría dado una respuesta estimatoria o desestimatoria, por lo que optó por continuar en el ejercicio del cargo de juez de paz. Tercero. Que por resolución número uno del siete de julio de dos mil quince, la O fi cina Desconcentrada de Control de la Magistratura de la Corte Superior de Justicia de Lima Norte abrió procedimiento disciplinario contra el señor Ulises Sixto Castañeda Gutiérrez, en su actuación como Juez de Paz titular de la Comunidad de Huamantanga, de la mencionada Corte Superior, atribuyéndosele haber ejercido dicho cargo, inclusive hasta el cinco de junio de dos mil quince, pese a que según Acta de Proclamación de Resultados de Cómputo de las Elecciones Municipales del veintisiete de octubre de dos mil catorce fue elegido como teniente alcalde del distrito de Huamantanga, provincia de Canta, departamento de Lima, por el periodo de gobierno municipal dos mil quince a dos mil dieciséis. Con ello, habría inobservado lo previsto en el artículo dos, numeral uno, (ocupar cargo político), concordante con el artículo siete, inciso uno, (intervenir en actividades político-partidarias), e inciso seis (conocer causas a sabiendas de estar legalmente impedido), lo que constituye falta muy grave prevista en el artículo cincuenta, inciso uno, (desempeñar simultáneamente el cargo de teniente alcalde municipal), e inciso doce (ocultar alguna restricción para el acceso o ejercicio de la función de juez de paz, o abstenerse de informa una causal sobrevenida), de la Ley de Justicia de Paz, lo que se sanciona con destitución, conforme a lo dispuesto en el artículo cincuenta y cuatro de la referida ley. Cuarto. Que la Jefatura de la O fi cina de Control de la Magistratura del Poder Judicial por resolución número once, de fecha diez de diciembre de dos mil dieciocho, propone a este Órgano de Gobierno, entre otros, que se imponga la sanción disciplinaria de destitución al investigado Ulises Sixto Castañeda Gutiérrez, en su actuación como Juez del Juzgado de Paz de la Comunidad de Huamantanga, Corte Superior de Justicia de Lima Norte, concluyendo que ha quedado demostrado que el investigado a partir de enero hasta junio de dos