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55 NORMAS LEGALES Sábado 29 de agosto de 2020 El Peruano / la Fiscalía Supraprovincial Corporativa Especializada contra el Crimen Organizado, con sede desconcentrada Callao, con efectividad al 01 de agosto de 2020, materia de las Resoluciones de la Fiscalía de la Nación Nros. 531-2019-MP-FN y 1352-2019-MP-FN, de fechas 15 de marzo y 11 de junio de 2019, respectivamente. Artículo Segundo.- Hacer de conocimiento la presente Resolución, a la Junta Nacional de Justicia, Presidencia de la Junta de Fiscales Superiores del Distrito Fiscal del Callao, Coordinación Nacional de las Fiscalías Especializadas Contra la Criminalidad Organizada, Gerencia General, O fi cina General de Potencial Humano, Ofi cina de Control de la Productividad Fiscal, O fi cina de Registro y Evaluación de Fiscales y a la abogada mencionada. Regístrese, comuníquese y publíquese.ZORAIDA AVALOS RIVERA Fiscal de la Nación 1880658-1 Dan por concluidos nombramientos, designaciones y destaque; asimismo, nombran fiscales en los distritos fiscales de Lima Sur, Callao, San Martín y La Libertad RESOLUCIÓN DE LA FISCALÍA DE LA NACIÓN Nº 942-2020-MP-FN Lima, 28 de agosto de 2020 VISTO Y CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto Legislativo Nº 957, se promulgó el Código Procesal Penal, el mismo que establece en su Primera Disposición Fiscal de las Disposiciones Complementarias, que entrará en vigencia progresivamente en los diferentes Distritos Judiciales según el Calendario O fi cial. Que, el Decreto Legislativo Nº 958, en sus artículos 16º, 17º y 18º, regula el proceso de implementación y transitoriedad de la mencionada norma procesal, así como la adecuación de denuncias y liquidación de procesos en etapa de investigación. Que, por Decreto Supremo Nº 007-2006-JUS, se aprobó la actualización del Calendario O fi cial de Aplicación Progresiva del Código Procesal Penal. Que, en virtud al Decreto Supremo Nº 012-2019-JUS, de fecha 28 de junio de 2019, que modi fi có el Calendario Ofi cial de Aplicación Progresiva del Código Procesal Penal, se estableció que, en el Distrito Fiscal de Lima Sur, el mencionado código entrará en vigencia el 01 julio de 2020. Que, mediante Resolución de Junta de Fiscales Supremos Nº 022-2020-MP-FN-JFS, de fecha 23 de junio de 2020 y Resolución de la Fiscalía de la Nación Nº 724-2020-MP-FN, de fecha 23 de junio de 2020, se dictaron las disposiciones sobre la organización Fiscal en el Distrito Fiscal de Lima Sur, a fi n de adecuarlo para la implementación del nuevo Código Procesal Penal, creando despachos y plazas fi scales, así como fortaleciéndose y convirtiéndose despachos en dicho Distrito Fiscal; los mismos que conocerán los procesos de liquidación y adecuación de los casos iniciados con el Código de Procedimientos Penales y los procesos que se iniciaban con el nuevo Código Procesal Penal, a partir de 01 de julio de 2020. Que, con el Decreto Supremo Nº 007-2020-JUS, publicado en el Diario O fi cial El Peruano el 03 de julio de 2020, se dispuso suspender la Aplicación Progresiva del Código Procesal Penal y en consecuencia se modi fi có el Calendario O fi cial, quedando establecido que en los Distritos Fiscales de Lima Sur y Lima Centro entrará en vigencia el 01 de diciembre de 2020. Que, a través de los o fi cios Nros. 1403, 1474, 1546, 1577 y 1827-2020-MP-FN-PJFSLIMASUR, de fechas 28 de junio, 06, 14 y 16 de julio, y 18 de agosto de 2020, respectivamente, la abogada Niccy Mariel Valencia Llerena, Presidenta de la Junta de Fiscales Superiores del Distrito Fiscal de Lima Sur, eleva, entre otros, las propuestas para cubrir las plazas de Fiscales Provinciales, de los Despachos de las Fiscalías Provinciales Penales Corporativas y las Fiscalías Provinciales Especializadas en Violencia contra la Mujer y los Integrantes del Grupo Familiar del Distrito Fiscal de Lima Sur, conforme a la Resolución de la Junta de Fiscales Supremos Nº 022-2020-MP-FN-JFS, solicitando que se les asigne a la Presidencia a su cargo, con la fi nalidad de que presten apoyo al plan de descarga requerido en el Distrito Fiscal de Lima Sur, en el marco de la próxima implementación del nuevo Código Procesal Penal. Que, asimismo, producto de la conversión y/o traslado de plazas dispuestas mediante Resolución de la Fiscalía de la Nación Nº 724-2020-MP-FN, de fecha 23 de junio de 2020, los Despachos de la Fiscalía Provincial Corporativa Transitoria Especializada en Violencia contra la Mujer y los Integrantes del Grupo Familiar de Villa El Salvador y de la Fiscalía Provincial Transitoria Especializada en Violencia contra la Mujer y los Integrantes del Grupo Familiar de Lurín, quedarán conformados en su estructura, no solo por plazas nuevas, sino también por plazas fi scales con carácter transitorio, las cuales provienen de fi scalías que actualmente existen, y que se encuentran cubiertas por personal fi scal, razón por la que, a fi n de no nombrarse a un (01) fi scal en una plaza que ya viene siendo ocupada por otro magistrado, a pesar de que su designación estaría en la fi scalía nueva convertida, se debe expedir el resolutivo respectivo, mediante el cual se disponga el nombramiento de los fi scales que se encuentran actualmente ocupando plazas transitorias en las Fiscalías Provinciales Penales, en las plazas nuevas creadas de las Fiscalías Penales Corporativas conforme corresponda y a los nuevos abogados en las plazas transitorias ya existentes de las Fiscalías Especializadas en Violencia contra la Mujer y los Integrantes del Grupo Familiar. Que, mediante o fi cios Nros. 940 y 987-2020-MP-FN-GG- OGPLAP, de fechas 03 y 07 de julio de 2020, respectivamente, suscritos por Mary Del Rosario Jessen Vigil, Gerenta de la Ofi cina General de Plani fi cación y Presupuesto, se informa que según los cuadros de la desagregación del presupuesto autorizado remitido por el Equipo Técnico de Implementación del Nuevo Código Procesal Penal, para el Distrito Fiscal de Lima Sur se tiene previsto la designación de 01 Fiscal Superior, 05 Fiscales Adjuntos Superiores, 16 Fiscales Provinciales y 80 Fiscales Adjuntos Provinciales, todos en la condición de provisional percibiendo una asignación por Gastos Operativos de acuerdo a los montos establecidos en el Decreto Supremo Nº 409-2017-EF; por lo que, dicha O fi cina General opina que existe disponibilidad presupuestal para la designación de los fi scales provisionales antes señalados a partir del 1º de julio del presente año. Que, mediante Resolución de la Fiscalía de la Nación Nº 036-2019-MP-FN, de fecha 08 de enero de 2019, se resolvió destacar provisionalmente al abogado Jeans Arnol Velazco Hidalgo, Fiscal Adjunto Provincial Titular Penal (Corporativo) de Trujillo, Distrito Fiscal de La Libertad, designado en el Despacho de la Segunda Fiscalía Provincial Penal Corporativa de Trujillo, para que preste apoyo en el Despacho de la Primera Fiscalía Provincial Penal Corporativa de San Martín, con sede en Tarapoto; y, a la abogada Roxana Edith Rojas Silva, Fiscal Adjunta Provincial Titular Penal (Corporativa – Sede Tarapoto) de San Martín, Distrito Fiscal de San Martín, designada en el Despacho de la Primera Fiscalía Provincial Penal Corporativa de San Martín, con sede en Tarapoto, para que preste apoyo en el Despacho de la Segunda Fiscalía Provincial Penal Corporativa de Trujillo. En ese sentido, se hace necesario emitir el resolutivo respectivo en el que se disponga los nombramientos, designaciones y asignaciones del personal fi scal que ocupe provisionalmente los referidos cargos, previa verifi cación de los requisitos de ley. Estando a lo expuesto y de conformidad con lo establecido en el artículo 64º del Decreto Legislativo Nº 052 - Ley Orgánica del Ministerio Público. SE RESUELVE:Artículo Primero.- Dar por concluido el nombramiento del abogado Juan Luis Astorayme Salvatierra, como Fiscal