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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 03 DE DICIEMBRE DEL AÑO 2020 (03/12/2020)

CANTIDAD DE PAGINAS: 64

TEXTO PAGINA: 31

31 NORMAS LEGALES Jueves 3 de diciembre de 2020 El Peruano / RELACIONES EXTERIORES Nombran al Embajador Extraordinario y Plenipotenciario del Perú en la República de Turquía, para que se desempeñe simultáneamente como Embajador Extraordinario y Plenipotenciario del Perú ante Georgia RESOLUCIÓN SUPREMA N° 145-2020-RE Lima, 2 de diciembre de 2020VISTA: La Resolución Suprema N° 087-2018-RE, que nombró Embajador Extraordinario y Plenipotenciario del Perú en la República de Turquía, al Embajador en el Servicio Diplomático de la República Luis Alberto Campana Boluarte; CONSIDERANDO: Que, mediante Nota N° 27/29102, de 4 de noviembre de 2020, de la Embajada de Georgia en la República de Turquía, la cual otorga el beneplácito de estilo al Embajador en el Servicio Diplomático de la República Luis Alberto Campana Boluarte, para que se desempeñe como Embajador Extraordinario y Plenipotenciario del Perú ante Georgia, con residencia en Ankara, República de Turquía; De conformidad con el artículo 118 de la Constitución Política del Perú; la Ley N° 28091, Ley del Servicio Diplomático de la República y modi fi catorias, el Decreto Supremo N° 130-2003-RE, Reglamento de la Ley del Servicio Diplomático de la República y modi fi catorias; y, el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Relaciones Exteriores, aprobado por Decreto Supremo N° 135-2010-RE; SE RESUELVE: Artículo 1.- Nombrar al Embajador Extraordinario y Plenipotenciario del Perú en la República de Turquía, Embajador en el Servicio Diplomático de la República Luis Alberto Campana Boluarte, para que se desempeñe simultáneamente como Embajador Extraordinario y Plenipotenciario del Perú ante Georgia, con residencia en Ankara, República de Turquía. Artículo 2.- Extenderle las Cartas Credenciales y Plenos Poderes correspondientes. Artículo 3.- La presente Resolución Suprema será refrendada por la Ministra de Relaciones Exteriores. Regístrese, comuníquese y publíquese. FRANCISCO RAFAEL SAGASTI HOCHHAUSLER Presidente de la República ELIZABETH ASTETE RODRÍGUEZ Ministra de Relaciones Exteriores 1908690-3 Delegan facultades para suscribir el “ Acuerdo entre la Sultanía de Omán y la República del Perú sobre exención mutua de visas para titulares de pasaportes diplomáticos, especiales o de servicio” RESOLUCIÓN SUPREMA N° 146-2020-RE Lima, 2 de diciembre de 2020Vista la Hoja de Trámite (GAC) N° 1984 del Despacho Viceministerial de Relaciones Exteriores del 17 de noviembre de 2020, y el memorándum DGC013442020 de la Dirección General de Comunidades Peruanas en el Exterior y Asuntos Consulares del Ministerio de Relaciones Exteriores del 11 de noviembre de 2020; Debiéndose suscribir el “Acuerdo entre la Sultanía de Omán y la República del Perú sobre exención mutua de visas para titulares de pasaportes diplomáticos, especiales o de servicio”; De conformidad con lo establecido en el artículo 5.6 de la Ley Nº 29357 del 13 de mayo de 2009, y el Decreto Supremo N° 031-2007-RE del 21 de mayo de 2007; Estando a lo acordado; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Delegar en la persona del señor José Luis Salinas Montes, Embajador Extraordinario y Plenipotenciario del Perú ante la Sultanía de Omán, las facultades su fi cientes para que suscriba el “Acuerdo entre la Sultanía de Omán y la República del Perú sobre exención mutua de visas para titulares de pasaportes diplomáticos, especiales o de servicio”. Artículo 2º.- Extender los Plenos Poderes correspondientes al señor José Luis Salinas Montes, Embajador Extraordinario y Plenipotenciario del Perú ante la Sultanía de Omán. Artículo 3º.- La presente Resolución Suprema será refrendada por la señora Ministra de Estado en el Despacho de Relaciones Exteriores. Regístrese, comuníquese y publíquese.FRANCISCO RAFAEL SAGASTI HOCHHAUSLER Presidente de la República ELIZABETH ASTETE RODRÍGUEZ Ministra de Relaciones Exteriores 1908690-4 Delegan facultades para suscribir el “ Acuerdo entre la República del Perú y Mongolia sobre la supresión de visas de turistas para titulares de pasaportes ordinarios” RESOLUCIÓN SUPREMA N° 147-2020-RE Lima, 2 de diciembre de 2020Vista la Hoja de Trámite (GAC) N° 1977 del Despacho Viceministerial de Relaciones Exteriores del 13 de noviembre de 2020, y el memorándum DGC013432020 de la Dirección General de Comunidades Peruanas en el Exterior y Asuntos Consulares del Ministerio de Relaciones Exteriores del 11 de noviembre de 2020; Debiéndose suscribir el “Acuerdo entre la República del Perú y Mongolia sobre la supresión de visas de turistas para titulares de pasaportes ordinarios”; De conformidad con lo establecido en el artículo 5.6 de la Ley Nº 29357 del 13 de mayo de 2009, y el Decreto Supremo N° 031-2007-RE del 21 de mayo de 2007; Estando a lo acordado; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Delegar en la persona del señor Luis Felipe Quesada Incháustegui, Embajador Extraordinario y Plenipotenciario del Perú ante Mongolia, las facultades suficientes para que suscriba el “Acuerdo entre la República del Perú y Mongolia sobre la supresión de visas de turistas para titulares de pasaportes ordinarios”.