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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 17 DE DICIEMBRE DEL AÑO 2020 (17/12/2020)

CANTIDAD DE PAGINAS: 72

TEXTO PAGINA: 42

42 NORMAS LEGALES Jueves 17 de diciembre de 2020 / El Peruano Que, la Unidad de Presupuesto de la O fi cina de Planeamiento y Presupuesto de la Comisión Nacional para el Desarrollo y Vida sin Drogas - DEVIDA, ha emitido el Informe N° 000168-2020-DV-OPP-UPTO, Informe Previo Favorable que dispone el numeral 17.2 del artículo 17° del Decreto de Urgencia N° 014-2019, Decreto de Urgencia que aprueba el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2020; asimismo, se ha emitido la Certi fi cación de Crédito Presupuestario N° 0000001029 y la respectiva conformidad del Plan Operativo de la Actividad; Que, en cumplimiento de lo dispuesto por la precitada norma legal, la Entidad Ejecutora, bajo responsabilidad, sólo destinará los recursos públicos que se trans fi eren para la ejecución de la Actividad detallada en el Anexo N° 01 de la presente Resolución, de conformidad con el POA aprobado por DEVIDA, quedando prohibido reorientar dichos recursos a otros proyectos, actividades y/o gastos administrativos; Con los visados de la Gerencia General, los Responsables de la Dirección de Articulación Territorial, la Dirección de Asuntos Técnicos, la Dirección de Promoción y Monitoreo, la O fi cina de Planeamiento y Presupuesto, la Ofi cina General de Administración, la O fi cina de Asesoría Jurídica, y; De conformidad con lo dispuesto en el Decreto de Urgencia N° 014-2019, Decreto de Urgencia que aprueba el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2020 y el Reglamento de Organización y Funciones de la Comisión Nacional para el Desarrollo y Vida sin Drogas – DEVIDA, aprobado por Decreto Supremo N° 047-2014-PCM. SE RESUELVE: Artículo Primero.- AUTORIZAR la transferencia fi nanciera hasta por la suma total de CUATROCIENTOS NOVENTA Y CINCO MIL Y 00/100 SOLES (S/ 495,000.00), para fi nanciar la Actividad a favor de la Entidad Ejecutora que se detalla en el Anexo N° 01 que forma parte integrante de la presente resolución. Artículo Segundo.- DISPONER que la transferencia fi nanciera autorizada por el Artículo Primero, se realice con cargo al presupuesto del Año Fiscal 2020 del Pliego 012: Comisión Nacional para el Desarrollo y Vida sin Drogas correspondiente a la fuente de fi nanciamiento “Recursos Ordinarios”. Artículo Tercero.- RATIFICAR que la Entidad Ejecutora, bajo responsabilidad, sólo destinará los recursos públicos que se trans fi eren para la ejecución de la Actividad descrita en el Anexo N° 01 de la presente Resolución, quedando prohibido reorientar dichos recursos a otros proyectos, actividades y/o gastos administrativos, en concordancia con lo dispuesto por el numeral 17.3 del artículo 17° del Decreto de Urgencia N° 014-2019, Decreto de Urgencia que aprueba el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2020. Artículo Cuarto.- DISPONER que la Dirección de Promoción y Monitoreo de la Comisión Nacional para el Desarrollo y Vida sin Drogas – DEVIDA, sea la encargada de efectuar el monitoreo y seguimiento de metas para las cuales fueron entregados los recursos, en el marco de lo dispuesto en el numeral 17.3 del artículo 17° del Decreto de Urgencia N° 014-2019, Decreto de Urgencia que aprueba el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2020. Artículo Quinto.- NOTIFICAR la presente resolución a la Dirección de Articulación Territorial, la Dirección de Asuntos Técnicos, la Dirección de Promoción y Monitoreo, la O fi cina de Planeamiento y Presupuesto, y a la O fi cina General de Administración para los fi nes correspondientes, así como al Responsable del Portal de Transparencia de la Entidad, a fi n que proceda a gestionar la publicación del presente acto en el Diario O fi cial El Peruano y en el portal de internet de DEVIDA. Regístrese, comuníquese, publíquese y archívese.FIDEL PINTADO PASAPERA Presidente EjecutivoANEXO 01 TRANSFERENCIA FINANCIERA DE LA COMISIÓN NACIONAL PARA EL DESARROLLO Y VIDA SIN DROGAS EN EL MARCO DEL PROGRAMA PRESUPUESTAL “PROGRAMA DE DESARROLLO ALTERNATIVO INTEGRAL Y SOSTENIBLE – PIRDAIS” Nº.ENTIDAD EJECUTORANOMBRE DE LA ACTIVIDADMONTO DE LA TRANSFERENCIA HASTA S/ 01MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE HERMILIO VALDIZÁN“CAPACITACIÓN Y ASISTEN- CIA TÉCNICA DE LA CADENA DE VALOR DEL CAFÉ EN EL DISTRITO DE HERMILIO VALDIZÁN, PROVINCIA DE LEONCIO PRADO, REGIÓN HUÁNUCO”495,000.00 TOTAL 495,000.00 1912538-1 INSTITUTO NACIONAL DE DEFENSA CIVIL Designan Secretario General del Instituto Nacional de Defensa Civil - INDECI RESOLUCIÓN JEFATURAL N° 332-2020-INDECI Lima, 16 de diciembre de 2020CONSIDERANDO: Que, de conformidad con la Ley Nº 29664, Ley que crea el Sistema Nacional de Gestión del Riesgo de Desastres (SINAGERD), su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 048-2011-PCM y el Decreto Supremo Nº 002-2016-DE, el Instituto Nacional de Defensa Civil (INDECI), es un organismo público ejecutor, con calidad de pliego presupuestal, adscrito al Ministerio de Defensa, conformante del SINAGERD y responsable técnico de coordinar, facilitar y supervisar la formulación e implementación de la Política Nacional y el Plan Nacional de Gestión del Riesgo de Desastres, en los procesos de preparación, respuesta y rehabilitación; Que, el artículo 3 de la Ley Nº 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios públicos, establece que la designación de funcionarios en cargo de con fi anza distintos a los comprendidos en el Artículo 1 de esta Ley, se efectúa mediante Resolución Ministerial o del Titular de la Entidad correspondiente; Que, por Resolución Jefatural Nº 104-2017-INDECI de fecha 12 de junio de 2017, se cali fi caron los cargos de confi anza en el INDECI, correspondiendo tal cali fi cación al cargo de Secretario General; Que, en consecuencia, al encontrarse vacante el cargo de Secretario General del INDECI, resulta pertinente designar al profesional que lo desempeñe; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 27594 – Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios públicos, la Ley Nº 29664–Ley que crea el Sistema Nacional de Gestión del Riesgo de Desastres (SINAGERD) y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 048-2011-PCM; y el Reglamento de Organización y Funciones del Instituto Nacional de Defensa Civil (INDECI), aprobado por Decreto Supremo Nº 043-2013-PCM y su modi fi catoria; y con las visaciones del Secretario General y del Jefe de la Ofi cina General de Asesoría Jurídica;