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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 31 DE DICIEMBRE DEL AÑO 2020 (31/12/2020)

CANTIDAD DE PAGINAS: 300

TEXTO PAGINA: 186

186 NORMAS LEGALES Jueves 31 de diciembre de 2020 / El Peruano la Ley N° 28613, Ley del Consejo Nacional de Ciencia, Tecnología e Innovación Tecnológica - CONCYTEC; y, el Decreto Supremo N° 026-2014-PCM, que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del CONCYTEC; SE RESUELVE:Artículo 1.- Aceptar, a partir del 31 de diciembre de 2020, la renuncia presentada por el señor Adolfo Miguel López Bustillo, al cargo de Director Ejecutivo del Fondo Nacional de Desarrollo Cientí fi co, Tecnológico y de Innovación Tecnológica – FONDECYT, considerado de con fi anza, dándosele las gracias por los servicios prestados. Artículo 2.- Designar, a partir del 31 de diciembre de 2020, al señor Juan Martín Rodríguez Rodríguez, en el cargo de Director Ejecutivo del Fondo Nacional de Desarrollo Cientí fi co, Tecnológico y de Innovación Tecnológica – FONDECYT, cargo considerado de confi anza. Artículo 3.- Dejar sin efecto cualquier disposición que se oponga a la presente Resolución. Artículo 4.- Disponer la publicación de la presente Resolución en el Diario O fi cial “El Peruano” y en el Portal de Transparencia del Consejo Nacional de Ciencia, Tecnología e Innovación Tecnológica (www.concytec.gob.pe). Regístrese, comuníquese y publíquese. BENJAMIN ABELARDO MARTICORENA CASTILLO Presidente (e) 1916402-2 Aprueban transferencias financieras a favor de entidades públicas y otorgamiento de subvención a persona jurídica privada RESOLUCIÓN DE PRESIDENCIA N° 180-2020-CONCYTEC-P Lima, 30 de diciembre de 2020VISTOS: Los Informes Técnico - Legal Nº 123-2020-FONDECYT-USM-OGPP-OGAJ, 124-2020-FONDECYT-USM-OGPP-OGAJ y 126-2020-FONDECYT-USM-OGPP-OGAJ, y los Proveídos Nº 208-2020-FONDECYT-DE, 209-2020-FONDECYT-DE y 211-2020-FONDECYT-DE de la Unidad Ejecutora Fondo Nacional de Desarrollo Cientí fi co, Tecnológico y de Innovación Tecnológica - FONDECYT, y; CONSIDERANDO: Que, la Trigésima Cuarta Disposición Complementaria Final de la Ley Nº 30372, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2016, en su Numeral 1) autoriza excepcionalmente al CONCYTEC, a partir de la vigencia de la citada Ley, con la fi nalidad de co fi nanciar programas y proyectos en materia de ciencia, tecnología e innovación tecnológica, a: a) Efectuar transferencias fi nancieras a favor de entidades públicas del Gobierno Nacional, Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales; y b) Otorgar subvenciones a favor de personas jurídicas privadas, domiciliadas y no domiciliadas en el país. Asimismo, dispone que las referidas transferencias y subvenciones se aprueban mediante resolución del Titular del Pliego CONCYTEC, previa suscripción de convenio e informe favorable de la o fi cina de presupuesto o la que haga sus veces, debiéndose publicar en el Diario O fi cial El Peruano; Que, mediante Resolución de Presidencia Nº 156-2018-CONCYTEC-P de fecha 11 de setiembre de 2018, se aprueba la Directiva N° 003-2018-CONCYTEC-OGPP, “Disposiciones para la aprobación de Transferencias Financieras y/u Otorgamiento de Subvenciones en el marco de lo dispuesto en la Trigésima Cuarta Disposición Complementaria Final de la Ley Nº 30372, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2016”, en adelante la Directiva, la cual ha sido modi fi cada mediante Resoluciones de Presidencia N° 092-2019-CONCYTEC-P y 038-2020-CONCYTEC-P; Que, el Numeral 6.3.1 de la Directiva establece que la Dirección Ejecutiva del FONDECYT y la Unidad de Seguimiento y Monitoreo son los responsables de verifi car que se cumplan todos los requisitos establecidos en el convenio o contrato respectivo, los requisitos establecidos en las Bases del Instrumento Financiero, en el Plan Operativo del Proyecto, en las Directivas, Guías y Lineamientos u otros documentos normativos similares para proceder a los desembolsos solicitados por el FONDECYT, así como de precisar si se trata de un Instrumento/Esquema Financiero que se encuentra en ejecución cuyo convenio ha sido suscrito con entidades públicas o personas jurídicas privadas domiciliadas y no domiciliadas en el país, o si se trata de un Esquema Financiero proveniente de un concurso; Que, el Numeral 6.3.2 de la Directiva señala que la O fi cina General de Planeamiento y Presupuesto es responsable de la emisión del Certi fi cado de Crédito Presupuestario y de veri fi car que se esté cumpliendo con las disposiciones contenidas en la Directiva; Que, conforme al Numeral 6.3.3 de la Directiva, la Ofi cina General de Asesoría Jurídica es responsable de: i) Veri fi car la vigencia del convenio o contrato materia de subvención o transferencia, ii) Veri fi car que la entidad o persona jurídica a quien se propone transferir o subvencionar, cuente con la Resolución que lo declare ganador del Instrumento Financiero respectivo, y iii) Veri fi car que se esté cumpliendo con las disposiciones contenidas en la Directiva; Que, mediante el Proveídos Nº 208-2020-FONDECYT- DE, 209-2020-FONDECYT-DE y 211-2020-FONDECYT-DE, la Dirección Ejecutiva de la Unidad Ejecutora FONDECYT solicita se aprueben las transferencias fi nancieras a favor de entidades públicas y el otorgamiento de la subvención a una persona jurídica privada por un importe total ascendente a S/ 135,647.30 (Ciento Treinta y Cinco Mil Seiscientos Cuarenta y Siete y 30/100 Soles), señalando que permitirá co fi nanciar los proyectos y programas ganadores de los concursos de los Esquemas Financieros E041-2018-01 denominado “Proyectos de Investigación Básica”, EF-033 denominado “Programas de Doctorado en Universidades Peruanas” y E052-2020-01 denominado “Proyectos en Temas Estratégicos CYTED 2020”, para lo cual remite los Informes Técnico - Legal Nº 123-2020-FONDECYT-USM-OGPP-OGAJ, 124-2020-FONDECYT-USM-OGPP-OGAJ y 126-2020-FONDECYT-USM-OGPP-OGAJ, mediante los cuales el Responsable de la Unidad de Seguimiento y Monitoreo de la Unidad Ejecutora FONDECYT, la Jefa (e) de la O fi cina General de Planeamiento y Presupuesto y el Jefe (e) de la O fi cina General de Asesoría Jurídica del CONCYTEC, determinan la viabilidad técnica, presupuestal y legal para efectuar las transferencias fi nancieras a favor de entidades públicas y el otorgamiento de la subvención a una persona jurídica privada, para el desarrollo de los proyectos y programas señalados en los Informes Técnico - Legal, para tal efecto adjunta los Certi fi cados de Crédito Presupuestario N° 1913-2020, 1914-2020 y 1915-2020, y copia de las Resoluciones de Dirección Ejecutiva Nº 156-2015-FONDECYT-DE, 099-2018-FONDECYT-DE y 121-2020-FONDECYT-DE, que aprueban los resultados de las convocatorias de los citados esquemas fi nancieros; Que, los Informes Técnico - Legal concluyen que la Unidad de Seguimiento y Monitoreo de la Unidad Ejecutora FONDECYT, la O fi cina General de Planeamiento y Presupuesto y la O fi cina General de Asesoría Jurídica del CONCYTEC, cada una en el ámbito de su competencia, emiten opinión técnica, presupuestal y legal favorable, habiendo veri fi cado el cumplimiento de todos requisitos exigidos en la Directiva N° 003-2018-CONCYTEC-OGPP, en las bases de los concursos, en los contratos o convenios suscritos, en los documentos normativos, lineamientos y otros documentos a fi nes, emitidos y suscritos por la referida Unidad Ejecutora, así como en la normativa vigente sobre la materia, para efectuar los desembolsos solicitados en los mencionados Informes Técnico - Legal;