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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 31 DE DICIEMBRE DEL AÑO 2020 (31/12/2020)

CANTIDAD DE PAGINAS: 300

TEXTO PAGINA: 179

179 NORMAS LEGALES Jueves 31 de diciembre de 2020 El Peruano / Título II, cuya vigencia ha sido extendida con el Decreto de Urgencia N° 127–2020 hasta el 31 de julio de 2021; Que, en ese sentido y en línea con las políticas aplicables para la administración pública para reducir la propagación y contagio del COVID-19, resulta necesario prorrogar la vigencia de las medidas temporales aplicables al procedimiento de reclamos de usuarios de servicios públicos de telecomunicaciones; Que, en aplicación de las funciones señaladas en el inciso i) del artículo 25 y en el inciso b) del artículo 75 del Reglamento General del OSIPTEL, y estando a lo acordado por el Consejo Directivo en su Sesión Nº 776-2020 de fecha 17 de diciembre de 2020; SE RESUELVE: Artículo Primero .- Ampliar hasta el 31 de julio de 2021 la vigencia de las Medidas Temporales Aplicables al Procedimiento de Reclamos de Usuarios de Servicios Públicos de Telecomunicaciones en el marco de la Emergencia Sanitaria producido por el COVID-19, aprobadas mediante Resolución N° 145-2020-CD/OSIPTEL. Artículo Segundo.- Encargar a la Secretaria Técnica de Solución de Reclamos, evaluar la incorporación de las Medidas Temporales Aplicables al Procedimiento de Reclamos de Usuarios de Servicios Públicos de Telecomunicaciones en el marco de la Emergencia Sanitaria producido por el COVID-19, aprobadas mediante Resolución N° 145-2020-CD/OSIPTEL, en el Reglamento para la Atención de Gestiones y Solución de Reclamos de Usuarios de Servicios Públicos de Telecomunicaciones, aprobado mediante resolución N° 047-2015-CD/OSIPTEL. Artículo Tercero.- Encargar a la Gerencia General disponer las acciones necesarias para que la presente Resolución se publique en el Diario O fi cial El Peruano. Asimismo, disponer las acciones necesarias para que la presente Resolución y el Informe de VISTOS sean publicados en el Portal Electrónico del OSIPTEL (https://www.osiptel.gob.pe). Regístrese y publíquese.RAFAEL EDUARDO MUENTE SCHWARZ Presidente del Consejo Directivo 1915862-1 Aprueban el Manual de Clasificación de Cargos del Organismo Supervisor de la Inversión Privada en Telecomunicaciones – OSIPTEL RESOLUCIÓN DE PRESIDENCIA Nº 00128-2020-PD/OSIPTEL Lima, 28 de diciembre de 2020 OBJETO APRUEBA MANUAL DE CLASIFICACIÓN DE CARGOS DEL ORGANISMO SUPERVISOR DE LA INVERSIÓN PRIVADA EN TELECOMUNICACIONES - OSIPTEL VISTOS: (i) El Informe Nº 00004-ORH/2020 emitido por la Ofi cina de Recursos Humanos sustentando la aprobación del Manual de Clasi fi cación de Cargos del OSIPTEL; (ii) El Informe N° 00018-OPPM/2020, emitido por la Ofi cina de Planeamiento, Presupuesto y Modernización con la opinión técnica favorable al proyecto de Manual de Clasi fi cador de Cargos del OSIPTEL; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución de Presidencia Nº 017- 2011-PD/OSIPTEL, se aprobó la clasi fi cación y requisitos mínimos de los cargos del Organismo Supervisor de la Inversión Privada en Telecomunicaciones – OSIPTEL, modi fi cado por Resoluciones de Presidencia Nº 051- 2011-PD/OSIPTEL, Nº 014-2013-PD/OSIPTEL, Nº 068-2013-PD/OSIPTEL, Nº 052-2015-PD/OSIPTEL, Nº 095-2016-PD/OSIPTEL, Nº 044-2017-PD/OSIPTEL, Nº 002-2018-PD/OSIPTEL, Nº 061-2018-PD/OSIPTEL, Nº 099-2018-PD/OSIPTEL, Nº 009-2019-PD/OSIPTEL, Nº 048-2019-PD/OSIPTEL, Nº 017-2020-PD/OSIPTEL y Nº 104-2020-PD/OSIPTEL; Que, mediante Decreto Supremo N° 160-2020-PCM, publicado en el Diario O fi cial El Peruano el 2 de octubre de 2020, se aprobó la Sección Primera del Reglamento de Organización y Funciones del Organismo Supervisor de la Inversión Privada en Telecomunicaciones – OSIPTEL; asimismo, mediante Resolución de Presidencia N° 094-2020-PD/OSIPTEL del 9 de octubre de 2020, se aprobó la Sección Segunda del Reglamento de Organización y Funciones del Organismo Supervisor de la Inversión Privada en Telecomunicaciones – OSIPTEL; Que, en virtud de los documentos antes mencionados, el OSIPTEL cuenta con un nuevo Reglamento de Organización y Funciones que establece la estructura orgánica, funciones generales, funciones especí fi cas así como las líneas de coordinación y articulación entre las unidades de organización del OSIPTEL; Que, de acuerdo a lo señalado en el Decreto Legislativo N° 1023 y el artículo 3 del Reglamento General de la Ley del Servicio Civil aprobado por Decreto Supremo N° 040-2014-PCM, corresponde a la O fi cina de Recursos Humanos conducir el Sistema Administrativo de Gestión de Recursos Humanos, que comprende la plani fi cación de políticas de recursos humanos y la organización del trabajo y su distribución; asimismo, conforme lo indicado en el Reglamento de Organización y Funciones del OSIPTEL, la O fi cina de Recursos Humanos tiene dentro de sus funciones proponer los lineamientos, instrumentos o herramientas de gestión de recursos humanos; Que, mediante documento de visto, la O fi cina de Recursos Humanos propone aprobar un Manual de Clasi fi cación de Cargos que describa el ordenamiento de los cargos o puestos de trabajo teniendo en cuenta el grado de responsabilidad y complejidad que demandan su desempeño, las funciones típicas y los requisitos mínimos requeridos que son necesarios para desempeñar en forma e fi ciente el cargo; asimismo, adecua las denominaciones de algunos cargos en concordancia con la nueva estructura orgánica y funciones aprobadas en el Reglamento de Organización y Funciones del OSIPTEL; Que, el Manual de Clasi fi cación de Cargos es un instrumento de gestión que contiene la descripción básica de los cargos que requiere una entidad para el cumplimiento de los objetivos, competencias y funciones asignadas, estando vigente su aplicación de conformidad con lo dispuesto en la Décimo Tercera Disposición Complementaria Transitoria del Reglamento General de la Ley del Servicio Civil; siendo, además, requisito para la elaboración del Cuadro para Asignación de Personal –CAP Provisional que guarde correspondencia con el nuevo Reglamento de Organización y Funciones del OSIPTEL; Que, habiendo sido aprobado el nuevo Reglamento de Organización y Funciones del Organismo Supervisor de la Inversión Privada en Telecomunicaciones – OSIPTEL, corresponde aprobar el nuevo Manual de Clasi fi cación de Cargos, conforme a la nueva estructura, el cual contempla los cargos que requiere el OSIPTEL acorde a sus funciones, descripción, cali fi cación y requisitos mínimos para su desempeño, y sirve de base para formular el CAP Provisional; Que, en ese sentido, resulta necesario dejar sin efecto la Resolución de Presidencia Nº 017-2011-PD/OSIPTEL, que aprobó la clasi fi cación y requisitos mínimos de los cargos del Organismo Supervisor de la Inversión Privada en Telecomunicaciones – OSIPTEL, y sus modi fi catorias; Con la opinión favorable de la O fi cina de Recursos Humanos y con conformidad de la O fi cina de Planeamiento, Presupuesto y Modernización, la O fi cina de Asesoría Jurídica, y la Gerencia General. SE RESUELVE:Artículo 1.- Aprobar el Manual de Clasi fi cación de Cargos del Organismo Supervisor de la Inversión Privada