Norma Legal Oficial del día 08 de enero del año 2020 (08/01/2020)


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TEXTO DE LA PÁGINA 17

El Peruano / Miércoles 8 de enero de 2020

NORMAS LEGALES DECRETO DE URGENCIA Nº 004-2020

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b) Obras y consultorías de obras: Al menos dos (2) evaluadores pertenecen al AT y cuentan con conocimiento especializado en el objeto de la contratación. 2. Lineamientos contienen: de evaluación y contratación

a) Términos de referencia/expediente técnico de obra. b) Cronograma e indicaciones para presentar ofertas. c) Metodología de evaluación. d) Condiciones contractuales. e) Proforma del contrato que incluye cláusulas anticorrupción/integridad. 23.4. Las infracciones, sanciones y procedimiento sancionador regulados en el Texto Único Ordenado de la Ley N° 30225, Ley de Contrataciones del Estado y en el Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado, aprobado mediante Decreto Supremo N° 344-2018EF, son aplicables a los proveedores, contratistas y subcontratistas, comprendidos en las contrataciones que regula el presente artículo con excepción de las previstas en los literales e), l) y n) del numeral 50.1 del artículo 50 del Texto Único Ordenado de la Ley N° 30225, Ley de Contrataciones del Estado. Vigesimo Cuarta.RECUPERACIÓN EXTRAJUDICIAL El Sujeto Activo, a través del Procurador Público o quien haga sus veces, puede realizar la recuperación extrajudicial, regulada en la Ley Nº 30230, sobre predios del Sujeto Pasivo afectados por los proyectos de obras de infraestructura declaradas de necesidad pública, siempre que conste inscrita la anotación preventiva del proyecto o identificación de Sujeto Pasivo. "DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS TRANSITORIAS (...) Cuarta.- Establézcase que el Ministerio de Transportes y Comunicaciones, dentro de un plazo no mayor a sesenta (60) días calendario a la identificación de los inmuebles afectados por la ejecución de las Obras de Infraestructura, remite al perito u órgano encargado de la Tasación, los expedientes técnicos legales necesarios para la Tasación". Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los siete días del mes de enero del año dos mil veinte. MARTÍN ALBERTO VIZCARRA CORNEJO Presidente de la República VICENTE ANTONIO ZEBALLOS SALINAS Presidente del Consejo de Ministros JORGE LUIS MONTENEGRO CHAVESTA Ministro de Agricultura y Riego SONIA GUILLÉN ONEEGLIO Ministra de Cultura MARÍA ANTONIETA ALVA LUPERDI Ministra de Economía y Finanzas JUAN CARLOS LIU YONSEN Ministro de Energía y Minas ANA TERESA REVILLA VERGARA Ministra de Justicia y Derechos Humanos EDMER TRUJILLO MORI Ministro de Transportes y Comunicaciones RODOLFO YAÑEZ WENDORFF Ministro de Vivienda, Construcción y Saneamiento 1843545-2

DECRETO DE URGENCIA QUE ESTABLECE MEDIDAS PARA LA GESTIÓN, MANTENIMIENTO, OPERACIÓN, DISPOSICIÓN, MONITOREO Y SOSTENIBILIDAD DEL LEGADO DE LOS XVIII JUEGOS PANAMERICANOS Y SEXTOS PARAPANAMERICANOS DE LIMA 2019
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA CONSIDERANDO: Que, de conformidad con el artículo 135 de la Constitución Política del Perú, durante el interregno parlamentario, el Poder Ejecutivo legisla mediante decretos de urgencia, de los que da cuenta a la Comisión Permanente para que los examine y los eleve al Congreso, una vez que éste se instale; Que, mediante Decreto Supremo Nº 165-2019PCM, Decreto Supremo que disuelve el Congreso de la República y convoca a elecciones para un nuevo Congreso, se dispone la disolución del Congreso de la República, la revocatoria del mandato parlamentario, manteniéndose en funciones la Comisión Permanente; y la convocatoria a elecciones para un nuevo Congreso, a realizarse el día 26 de enero de 2020, a fin de completar el periodo parlamentario de las Elecciones Generales 2016; Que, en el 2013, con ocasión de la LI Asamblea General de la Organización Deportiva Panamericana -ODEPA (Panam Sports), se eligió a la ciudad de Lima como sede de los XVIII Juegos Panamericanos del 2019, los mismos que se realizaron desde el 26 de julio hasta el 11 de agosto de 2019, incluyendo además la realización de los Sextos Juegos Parapanamericanos desde el 23 de agosto al 01 de setiembre de 2019; Que, con la finalidad de asegurar el cumplimiento de las obligaciones y compromisos para la realización de los citados Juegos, el Poder Ejecutivo emitió diversas normas para la ejecución de los proyectos y actividades tales como la Resolución Suprema Nº 006-2015-MINEDU, modificada con Resolución Suprema Nº 003-2017-MTC, en donde se declaró de interés nacional la organización de los XVIII Juegos Panamericanos del 2019 y se formaliza la creación del grupo de trabajo denominado "Comité Organizador de los XVIII Juegos Panamericanos y Sextos Juegos Parapanamericanos del 2019" (en adelante, COPAL-PERÚ); Que, mediante Decreto Supremo Nº 002-2015-MINEDU se crea, el "Proyecto Especial para la preparación y desarrollo de los XVIII Juegos Panamericanos del 2019", con el objeto de programar y ejecutar las acciones necesarias para el desarrollo de los XVIII Juegos Panamericanos del 2019 y de los Juegos Parapanamericanos del 2019, principalmente los proyectos de inversión pública en infraestructura deportiva, en el marco del correspondiente Plan Maestro y los compromisos asumidos por el Comité Organizador de los citados juegos, COPAL - PERÚ; Que, el literal i) del artículo 2 del Decreto Supremo Nº 002-2015-MINEDU, modificado con Decreto Supremo Nº 018-2019-MTC, señala que el Proyecto Especial tiene como una de sus actividades el elaborar y aprobar propuestas de planes para la gestión del legado de los XVIII Juegos Panamericanos y Sextos Juegos Parapanamericanos del 2019, incluyendo principalmente, el modelo de gobernanza, los indicadores que permitan la medición de su impacto en el corto y largo plazo, así como su sostenibilidad; Que, el artículo 3 del Decreto Legislativo Nº 1335, Decreto Legislativo que modifica la entidad a cargo del desarrollo de la infraestructura, equipamiento y las operaciones para los "XVIII Juegos Panamericanos y Sextos Juegos Parapanamericanos - Lima 2019", dispone que los recursos a que se refiere la Vigésimo Cuarta Disposición Complementaria Final de la Ley Nº 30518, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año 2017, así como los recursos asignados a la Unidad Ejecutora

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