Norma Legal Oficial del día 08 de enero del año 2020 (08/01/2020)


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TEXTO DE LA PÁGINA 56

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NORMAS LEGALES

Miércoles 8 de enero de 2020 /

El Peruano

- Suscribir contratos de prestación de servicios públicos a favor del Sineace, modificarlos o resolverlos y efectuar cambio de titularidad de suministros de dichos servicios con las respectivas entidades prestadoras, de acuerdo con la normativa sobre la materia. - Representar al Sineace ante la Superintendencia Nacional de Aduanas y Administración Tributaria (SUNAT), en todo tipo de trámite en materia tributaria para realizar cualquier acto, procedimiento y/o actividad que resulte necesaria para el mejor desarrollo de la gestión administrativa y de la institución. - Representar al Sineace para iniciar y proseguir procedimientos, formular solicitudes y/o presentar escritos de carácter administrativo, desistirse, participar en cualquier tipo de audiencias administrativas e interponer recursos administrativos de impugnación; y, en general emitir e implementar los actos o actuaciones que no sean privativas de la Titular del pliego, ante Gobiernos Regionales, Municipalidades Distritales y Provinciales, el Instituto Nacional de Defensa y de la Protección de la Propiedad Intelectual ­ INDECOPI, el Organismo Supervisor de Inversión Privada en Telecomunicaciones ­ OSIPTEL, el Organismo Supervisor de la Inversión en Energía y Minería ­ OSINERMIN, el Organismo Supervisor de la Inversión en Infraestructura de Transporte de Uso Público ­ OSITRAN; la Superintendencia Nacional de Servicios de Saneamiento ­ SUNASS, Superintendencia Nacional de Registros Públicos ­ SUNARP, el Seguro Social de EsSalud, las Administradoras de Fondos de Pensiones ­ AFP, Empresas Operadoras del Servicio de Telefonía fija y/o móvil, Compañías de Seguros y Reaseguros, Notarios Públicos y Policía Nacional del Perú; así como cualquier tipo de autoridades y/o dependencias administrativas públicas y privadas; - Aprobar los actos de adquisición, administración y disposición de los bienes muebles que corresponden al Sineace, lo que incluye la suscripción de los documentos necesarios para la formalización. - Suscribir actas de entrega y recepción de donaciones de bienes muebles, efectuadas por o a favor del Sineace. En materia laboral: - Representar al Sineace ante el Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo o la Superintendencia de Fiscalización Laboral ­ SUNAFIL; ante la Autoridad Nacional del Servicio Civil ­ SERVIR, para intervenir en cualquier tipo de diligencia relacionada con las inspecciones de trabajo que versen sobre temas laborales; así como denuncias y gestiones de índole laboral. En materia de convenios y contratos: - Suscribir Convenios con entidades públicas y privadas, orientadas al bienestar del personal. - Suscribir, modificar, renovar, prorrogar y resolver los Contratos de Administración de Servicios ­ CAS, así como sus correspondientes Adendas. Sobre contratación de auditorías, de conformidad con el Reglamento de Sociedades de Auditorías conformantes del Sistema Nacional de Control, aprobado por Resolución de Contraloría Nº 063-2007CG: - Representar al Sineace en la suscripción de contratos de auditorías con las sociedades de auditoría conformantes del Sistema Nacional de Control y sus modificatorias. Artículo 3.- Delegar en el Jefe de la Unidad de Logística, durante el año fiscal 2020, las siguientes facultades y atribuciones: - Expedir las constancias de prestaciones que soliciten los contratistas. - Suscribir las órdenes de servicio y órdenes de compra derivadas de procedimientos de contratación. - Suscribir las contrataciones cuyo valor sea igual o menor a 8 UIT; así como, todos los actos que se deriven de las mismas.

Artículo 4.- Precisar que las delegaciones previstas en la presente resolución son indelegables y comprenden la facultad de decidir y resolver dentro de las limitaciones establecidas en la Ley; mas no exime de la obligación de cumplir con los requisitos y disposiciones legales vigentes establecidas para cada caso. Artículo 5.- Disponer la publicación de la presente resolución en el Diario Oficial El Peruano, así como en el portal web institucional (www.sineace.gob.pe). Regístrese, comuníquese y publíquese. CAROLINA BARRIOS VALDIVIA Presidenta del Consejo Directivo Ad Hoc 1842846-1

INSTITUTO NACIONAL DE DEFENSA DE LA COMPETENCIA Y DE LA PROTECCION DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL
Declaran barreras burocráticas ilegales diversas medidas contenidas en el Literal a) del artículo 3.03 del Estatuto del Colegio de Ingenieros del Perú Artículo 16 del Reglamento de Colegiación (julio 2018) del Colegio de Ingenieros del Perú
INSTITUTO NACIONAL DE DEFENSA DE LA COMPETENCIA Y DE LA PROTECCIÓN DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL - INDECOPI RESOLUCIÓN Nº 0549-2019/SEL-INDECOPI AUTORIDAD QUE EMITE LA RESOLUCIÓN: Sala Especializada en Eliminación de Barreras Burocráticas FECHA DE EMISIÓN DE LA RESOLUCIÓN: 28 de noviembre de 2019 ENTIDAD QUE IMPUSO LA BARRERA BUROCRÁTICA DECLARADA ILEGAL: Colegio de Ingenieros del Perú NORMA QUE CONTIENE LA BARRERA BUROCRÁTICA DECLARADA ILEGAL: Literal a) del artículo 3.03 del Estatuto del Colegio de Ingenieros del Perú. Artículo 16 del Reglamento de Colegiación (julio 2018) del Colegio de Ingenieros del Perú PRONUNCIAMIENTO DE PRIMERA INSTANCIA CONFIRMADO: Resolución 0120-2019/CEB-INDECOPI del 5 de marzo de 2019 BARRERA BUROCRÁTICA DECLARADA ILEGAL Y SUSTENTO DE LA DECISIÓN: El tratamiento diferenciado entre ingenieros de nacionalidad peruana y extranjeros, consistente en la restricción para que estos últimos obtengan la colegiatura ordinaria, pese a contar con los requerimientos exigidos en el literal a) del artículo 3.03 del Estatuto del Colegio de Ingenieros del Perú y el artículo 16 del Reglamento de Colegiación (julio 2018), referidos a haber concluido los estudios de ingeniería en universidades extranjeras, internacionalmente acreditadas, que cuenten con cinco (5) años de estudios o diez (10) semestres académicos o contar con un título revalidado por universidad peruana autorizada por Ley. La razón es que la restricción impuesta por el Colegio de Ingenieros del Perú constituye una medida

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