Norma Legal Oficial del día 10 de enero del año 2020 (10/01/2020)


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TEXTO DE LA PÁGINA 14

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NORMAS LEGALES

Viernes 10 de enero de 2020 /

El Peruano

que se encuentran a cargo del MIDIS y, de ser pertinente, proponer su actualización orientándolas a priorizar el Desarrollo Infantil Temprano; Con el visado del Despacho Viceministerial de Políticas y Evaluación Social, del Despacho Viceministerial de Prestaciones Sociales, de la Oficina General de Planeamiento, Presupuesto y Modernización, y de la Oficina General de Asesoría Jurídica; De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley Nº 29792, Ley de Creación, Organización y Funciones del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social, y su Reglamento de Organización y Funciones, aprobado por Decreto Supremo Nº 006-2017-MIDIS, modificado por Decreto Supremo N° 008-2017-MIDIS; y, los Lineamientos de Organización del Estado, aprobado por Decreto Supremo N° 054-2018-PCM y su modificatoria; SE RESUELVE: Artículo 1.- Creación y objeto del Grupo de Trabajo Créase el Grupo de Trabajo de naturaleza temporal encargado de la revisión de los criterios de elegibilidad que incluyan los ámbitos de intervención del Programa Nacional Cuna Mas, del Programa Nacional de Apoyo Directo a los Más Pobres - JUNTOS y del Fondo de Cooperación para el Desarrollo Social - FONCODES del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social. El Grupo de Trabajo tiene por objeto revisar los criterios de elegibilidad, incluyendo los ámbitos de intervención de las citadas Intervenciones Públicas Focalizadas y, de ser pertinente, proponer su actualización, orientándolos a promover el Desarrollo Infantil Temprano, en el marco de la Política Nacional de Desarrollo e Inclusión Social. Artículo 2.- Conformación del Grupo de Trabajo El Grupo de Trabajo está conformado por los siguientes miembros: a) El/la Viceministro/a de Políticas y Evaluación Social. b) El/la Viceministro/a de Prestaciones Sociales. c) El/la Director/a General de Focalización, quien lo preside. d) El/la Director/a General de Seguimiento y Evaluación. e) El/la Director/a General de Políticas y Estrategias. f) El/la Director/a General de Calidad de la Gestión de los Programas Sociales. g) El/la Director/a General de Articulación y Coordinación de las Prestaciones Sociales. h) El/la Jefe/a de la Oficina General de Planeamiento, Presupuesto y Modernización. i) El/la Director/a Ejecutivo/a del Programa Nacional Cuna Más. j) El/la Director/a Ejecutivo/a del Programa Nacional de Apoyo Directo a los Más Pobres - JUNTOS. k) El/la Director/a Ejecutivo/a del Fondo de Cooperación para el Desarrollo Social - FONCODES. Los miembros del Grupo de Trabajo pueden designar representantes, mediante comunicación escrita dirigida a la Secretaría Técnica del Grupo de Trabajo, dentro de los tres (3) días hábiles, contados a partir del día siguiente de la publicación de la presente resolución. Artículo 3.- Funciones El Grupo de Trabajo desarrolla las siguientes funciones: 3.1 Revisar los criterios de elegibilidad que incluyan los ámbitos de intervención de las intervenciones públicas focalizadas del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social citadas en el artículo 1 de la presente norma. 3.2 Proponer la actualización de los criterios de elegibilidad y los ámbitos de intervención de las intervenciones públicas focalizadas del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social, de considerarlo. 3.3 Elaborar la propuesta normativa que corresponda. 3.4 Otras que sean necesarias para el cumplimiento de su objeto.

Artículo 4.- Secretaría Técnica La Secretaría Técnica del Grupo de Trabajo está a cargo de la Dirección de Diseño de Focalización de la Dirección General de Focalización, y tiene como principales funciones: a) Convocar a sesiones ordinarias y extraordinarias, mediante comunicaciones virtuales que se detallarán en la agenda; conforme a lo requerido por la Presidencia del Grupo de Trabajo. b) Velar por el cumplimiento de los acuerdos y dar cuenta de las actividades realizadas en base a los acuerdos del Grupo de Trabajo. c) Elaborar la propuesta de acta de cada sesión y remitirla vía virtual a los miembros del Grupo de Trabajo para su respectiva revisión. d) Remitir a los miembros del Grupo de Trabajo los documentos vistos en cada reunión. e) Dar lectura del acta de la sesión anterior. f) Otras que disponga la Presidencia del Grupo de Trabajo. Artículo 5.- Plazo de instalación y sesiones El Grupo de Trabajo debe instalarse dentro del plazo máximo de tres (3) días hábiles, contados desde el día siguiente de la publicación de la presente resolución; y, sesionar de manera ordinaria una (1) vez cada (2) semanas, pudiendo sesionar de manera extraordinaria conforme sean convocados por la Presidencia del Grupo de Trabajo. Artículo 6.- Vigencia El Grupo de Trabajo tiene un plazo de sesenta (60) días hábiles, contados a partir del día siguiente de su instalación, para cumplir con el encargo conferido en el artículo 3 de la presente resolución. Dentro de dicho plazo, el Grupo de Trabajo dará cuenta sobre el cumplimiento de sus funciones al Despacho Viceministerial de Políticas y Evaluación Social del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social. Artículo 7.- Financiamiento El cumplimiento de las funciones del Grupo de Trabajo se sujeta al presupuesto institucional, sin demandar recursos adicionales al Tesoro Público. Los/las integrantes del Grupo de Trabajo, así como sus representantes, desempeñan sus funciones ad honorem. Artículo 8.- Publicación Disponer la publicación de la presente resolución en el Portal Institucional del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social (www.gob.pe/midis), el mismo día de su publicación en el Diario Oficial El Peruano. Regístrese, comuníquese y publíquese. ARIELA MARÍA DE LOS MILAGROS LUNA FLOREZ Ministra de Desarrollo e Inclusión Social 1843560-1

Designan Jefe de la Oficina de Presupuesto de la Oficina General de Planeamiento, Presupuesto y Modernización del Ministerio
RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 014-2020-MIDIS Lima, 7 de enero de 2020 VISTOS: El Memorando N° 005-2020-MIDIS/SG/OGPPM del Jefe de la Oficina General de Planeamiento, Presupuesto y Modernización; el Informe N° 003-2020-MIDIS/SG/ OGRH, el Informe de Trabajo Nº 00003-2020-MIDIS/SG/ OGRH-ssanchezc y el Proveído Nº 00005-2020-MIDIS/ OGRH de la Oficina General de Recursos Humanos; y, el Informe N° 011-2020-MIDIS/SG/OGAJ de la Oficina General de Asesoría Jurídica;

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