Norma Legal Oficial del día 10 de enero del año 2020 (10/01/2020)


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TEXTO DE LA PÁGINA 19

El Peruano / Viernes 10 de enero de 2020

NORMAS LEGALES
CONSIDERANDO:

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Que, asimismo, el artículo 4 del Decreto Supremo N° 047-2002-PCM señala que "Las Resoluciones de autorización de viaje deberán publicarse en el Diario Oficial El Peruano (...)"; Con la visación de la Comandancia General de la Policía Nacional del Perú y de la Oficina General de Asesoría Jurídica del Ministerio del Interior; De conformidad con la Ley Nº 27619, Ley que Regula la Autorización de Viajes al Exterior de Servidores y Funcionarios Públicos; el Decreto Supremo N° 0472002-PCM, mediante el cual se aprobaron las normas reglamentarias sobre autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos; la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; el Decreto de Urgencia N° 014-2019, Decreto de Urgencia que aprueba el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2020; el Decreto Legislativo Nº 1266, Ley de Organización y Funciones del Ministerio del Interior; el Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio del Interior, aprobado por Resolución Ministerial N° 15202019-IN; y, el Decreto Legislativo Nº 1267, Ley de la Policía Nacional del Perú. SE RESUELVE: Artículo 1.- Autorizar el viaje al exterior, en comisión de servicios, del Suboficial Brigadier de la Policía Nacional del Perú Víctor Omar Oviedo Dulanto y del Suboficial de Tercera de la Policía Nacional del Perú José Castinaldo Carrasco Ruiz, del 10 al 14 de enero de 2020, a la Ciudad Autónoma de Buenos Aires de la República Argentina, para los fines expuestos en la parte considerativa de la presente Resolución. Artículo 2.- Los gastos por concepto de viáticos, que irrogue el cumplimiento de la presente resolución son cubiertos con cargo a la Unidad Ejecutora 002: Dirección de Economía y Finanzas de la Policía Nacional del Perú, del Pliego 007, Ministerio del Interior, de acuerdo al siguiente detalle: Importe US$ Días Personas 370,00 X 4 X 2 = Total US$ 2 960,00

Viáticos

Artículo 3.- Disponer que el personal policial cuyo viaje se autoriza presente al Titular de la Entidad, dentro de los quince (15) días calendario siguientes a la realización del viaje, un informe detallado donde describa las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante el viaje autorizado, así como la rendición de cuentas debidamente documentada por los viáticos asignados. Artículo 4.- La presente Resolución Ministerial no da derecho a exoneración o liberación del pago de impuestos o derechos aduaneros, cualquiera sea su clase o denominación. Regístrese, comuníquese y publíquese. CARLOS MORÁN SOTO Ministro del Interior 1844385-1

Que, el inciso m) del artículo 7 de la Ley Nº 29809, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, establece que el Ministerio tiene como una de sus funciones específicas supervisar el funcionamiento del Servicio Civil de Graduandos - SECIGRA DERECHO; Que, el inciso f) del artículo 64 del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 013-2017-JUS, establece que la Dirección General de Justicia y Libertad Religiosa, tiene como función normar, promover, coordinar, desarrollar y supervisar el Servicio Civil de Graduandos - SECIGRA DERECHO; Que, el Decreto Ley Nº 26113, modificado por la Ley Nº 27687, aprueba las normas relativas al Servicio Civil de Graduandos SECIGRA DERECHO, prestado facultativamente por los estudiantes de las Facultades de Derecho de las universidades del país, a partir del último año de estudios profesionales, en las que se realicen actividades jurídicas como una acción complementaria para coadyuvar a una más pronta y eficiente administración de justicia y administración pública, ampliando el ejercicio práctico de la profesión e incentivando la responsabilidad social del graduando; Que, mediante Decreto Supremo Nº 009-2014-JUS, se aprueba el Reglamento del Decreto Ley Nº 26113, modificado por la Ley Nº 27687 - Ley del Servicio Civil de Graduandos SECIGRA DERECHO; Que, asimismo, mediante Decreto Supremo Nº 0012018-JUS, se aprueba el nuevo Reglamento del Decreto Ley Nº 26113, modificado por la Ley Nº 27687 - Ley del Servicio Civil de Graduandos SECIGRA DERECHO; Que, la Única Disposición Complementaria Derogatoria de este último dispositivo señala que una vez que se concluya con el proceso de implementación progresiva del Examen Nacional SECIGRA DERECHO quedará derogado el Decreto Supremo Nº 009-2014-JUS; Que, mediante Resoluciones Directorales Nº 225, Nº 226 y Nº 250-2018-JUS/DGJLR, la Dirección General de Justicia y Libertad Religiosa del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos regula algunos aspectos del programa piloto de Examen SECIGRA DERECHO, que es aplicado en la provincia de Huaura, con la finalidad de iniciar el proceso de implementación progresiva contemplado en el Decreto Supremo Nº 001-2018-JUS; Que, mediante Resolución Ministerial Nº 0514-2018JUS, se aprueba el "Programa SECIGRA DERECHO 2019", cuyas actividades, a nivel nacional, se realizan conforme al Decreto Supremo Nº 009-2014-JUS; y, para el caso de los secigristas de la provincia de Huaura, las actividades se realizan conforme al Decreto Supremo Nº 001-2018-JUS; Que, de la evaluación del programa piloto en la provincia de Huaura, la Dirección General de Justicia y Libertad Religiosa del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos advierte que no se debe continuar con el proceso de implementación progresiva del examen Nacional SECIGRA DERECHO, por lo que resulta necesario que se derogue el Decreto Supremo Nº 0012018-JUS, que aprueba el Reglamento del Decreto Ley Nº 26113, modificado por la Ley Nº 27687 - Ley del Servicio Civil de Graduandos SECIGRA DERECHO; De conformidad con el inciso 8) del artículo 118 de la Constitución Política del Perú; DECRETA: Artículo 1.- Derogación del Decreto Supremo Nº 001-2018-JUS Derógase el Decreto Supremo Nº 001-2018-JUS, que aprueba el Reglamento del Decreto Ley Nº 26113, modificado por la Ley Nº 27687 - Ley del Servicio Civil de Graduandos SECIGRA DERECHO. Artículo 2.- Vigencia del Decreto Supremo Nº 0092014-JUS Precísase que mantiene su vigencia el Decreto Supremo Nº 009-2014-JUS, que aprueba el Reglamento del Decreto Ley Nº 26113, modificado por Ley Nº 27687 - Ley del Servicio Civil de Graduandos SECIGRA DERECHO.

JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS
Decreto Supremo que deroga el Decreto Supremo Nº 001-2018-JUS, que aprueba el Reglamento del Decreto Ley Nº 26113, modificado por la Ley Nº 27687 - Ley del Servicio Civil de Graduandos SECIGRA DERECHO
DECRETO SUPREMO Nº 001-2020-JUS EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

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