Norma Legal Oficial del día 23 de enero del año 2020 (23/01/2020)


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TEXTO DE LA PÁGINA 77

El Peruano / Jueves 23 de enero de 2020

NORMAS LEGALES

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Que, el artículo 42º de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades establece que "Los decretos de alcaldía establecen normas reglamentarias y de aplicación de las ordenanzas, sancionan los procedimientos necesarios para la correcta y eficiente administración municipal y resuelven o regulan asuntos de orden general y de interés para el vecindario, que no sean de competencia del concejo municipal."; Que, mediante Ordenanza Nº 1016-MML de la Municipalidad Metropolitana de Lima se aprueba el Sistema Metropolitano de Gestión Ambiental, la misma que señala como objeto "(...) establecer las bases del Sistema Metropolitano de Gestión Ambiental con la finalidad de integrar, coordinar, supervisar y garantizar la aplicación de las políticas, planes, programas y acciones destinados a la protección, conservación y mejoramiento del medio ambiente y el aprovechamiento sostenible de los recursos naturales en la provincia de Lima, en cumplimiento de lo que disponen las leyes sobre materia ambiental.", en este sentido la citada Ordenanza establece los niveles operativos del Sistema Metropolitano de Gestión Ambiental, entre los que se encuentran las Municipalidades distritales de Lima Metropolitana; Que, el artículo 1º de la Ordenanza Nº 177-MVES, que crea la Comisión Ambiental Municipal ­ CAM del distrito de Villa El Salvador, señala que es un "(...) órgano de coordinación y concertación de las políticas ambientales en el ámbito del Distrito, promoviendo el diálogo y el acuerdo entre todos los actores locales."; asimismo, el artículo 3º de la citada Ordenanza, establece a sus miembros, así también el artículo 18º del Texto Íntegro del Reglamento de Organización y Funciones (ROF) con enfoque de gestión de resultados de la Municipalidad Distrital de Villa el Salvador, aprobado con Ordenanza Nº 369-MVES, señala que la Comisión Ambiental Municipal es "(...) un órgano consultivo y de coordinación integrado por entidades públicas y privadas, que diseñan y proponen instrumentos de gestión ambiental dirigidos a la mejora de la calidad de vida de la población de Villa El Salvador. Está integrado por e/la alcalde/sa, quien la preside, conformado de acuerdo a la normativa vigente."; Que, con Informe Nº 164-2019-SGPJIEA-GSCGA/ MVES la Subgerencia de Parques y Jardines, Información y Evaluación Ambiental, remite a la Gerencia de Servicios a la Ciudad y Gestión Ambiental la relación de miembros de la Comisión Ambiental Municipal del distrito de Villa el Salvador por el periodo 2019-2020, manifestando que la Comisión Ambiental Municipal es un órgano de concertación y coordinación de políticas ambientales en beneficio del distrito, por lo que resulta importante formalizar quienes conforman dicha Comisión, solicitando consecuentemente se emita el Decreto de Alcaldía correspondiente, Informe que es ratificado por la Gerencia de Servicios a la Ciudad y Gestión Ambiental mediante Informe Nº 097-2019-GSCGA/MVES, cabe precisar que mediante Memorando Nº 424-2019-SGPJIEA-GSCGA/ MVES, la citada Subgerencia remite actas de reunión de la Comisión Ambiental Municipal 2019, en donde se constata los miembros de la Comisión Ambiental Municipal ­ CAM de Villa El Salvador; Que, con Informe Nº 597-2019-OAJ/MVES, la Oficina de Asesoría Jurídica, teniendo en consideración el artículo 6º de la Ordenanza Nº 1016-MML, el artículo 25º de la Ley Nº 28245 Ley Marco del Sistema Nacional de Gestión Ambiental, el artículo 42º de la Ley Orgánica de Municipalidades, el artículo 3º de la Ordenanza Nº 177-MVES, emite opinión legal precisando que resulta favorable la emisión de un Decreto de Alcaldía mediante el cual se establezca la conformación de la Comisión Ambiental Municipal ­ CAM de Villa el Salvador para el periodo 2019-2020, conforme a las actas que se adjuntan, precisando que un en Anexo adjunto al dispositivo municipal que se emita, deberá señalarse la relación de los representantes de ONGs, universidades, empresas u asociaciones vinculadas a la gestión ambiental del distrito, que formarán parte de la Comisión Ambiental Municipal ­ CAM de Villa El Salvador para el periodo 2019-2020; Estando a lo expuesto, y a lo solicitado por la Gerencia Municipal mediante Memorando Nº 1349-2019GM/MVES, y en uso de las facultades conferidas por el

numeral 6) del artículo 20º y el artículo 42º de la Ley Nº 27972- Ley Orgánica de Municipalidades; DECRETA: Artículo Primero.- PRECISAR que la Comisión Ambiental Municipal del Distrito de Villa el Salvador ­ CAM del año 2019 y 2020, está conformada por las siguientes entidades públicas y privadas: - El Alcalde de la Municipalidad Distrital de Villa el Salvador o a quien designe en su ausencia - Representante de cada ONG que trabaje en tema ambiental en el distrito - Representante de los Comités Ambientales - Representante de la Unidad de Gestión Educativa Local Nº 01 SJM - Representante de la Red de Salud de Villa el Salvador - Representante de las Organizaciones de recicladores que participan en el programa municipal "Bono Verde" - Representante de la Universidades Interesados en la temática ambiental - Representante de la Sociedad Civil del Consejo de Coordinación Local - Representante de FUCOMIVES por los comerciantes del distrito - Representante de la red de municipios escolares - Representante de SEDAPAL - Representante de Luz del Sur - Representante de empresas o asociaciones con responsabilidad social empresarial que soliciten y sea aprobada su incorporación Presidente Miembro Miembro Miembro Miembro Miembro Miembro Miembro Miembro Miembro Miembro Miembro Miembro

En anexo que forma parte del presente Decreto de Alcaldía, se establecen las ONG, universidades, empresas y asociaciones que forman parte de la Comisión Ambiental Municipal ­ CAM de Villa El Salvador para el periodo 2019-2020. El Gerente de Servicios a la Ciudad y Gestión Ambiental, asume el cargo de Secretario Técnico de la Comisión Ambiental Municipal ­ CAM de Villa El Salvador para el periodo 2019-2020. Artículo Segundo.- ENCARGAR a la Gerencia Municipal, Gerencia de Servicios Municipales y Gestión Ambiental, Subgerencia de Parques y Jardines, Información y Evaluación Ambiental, el cabal cumplimiento del presente Decreto. Artículo Tercero.- ENCARGAR a la Gerencia de Servicios a la Ciudad y Gestión Ambiental a través de la Subgerencia de Parques y Jardines, Información y Evaluación Ambiental, la notificación a las entidades públicas y privadas que conforman la Comisión Ambiental Municipal, el presente Decreto de Alcaldía, debiendo informar a la Oficina de Secretaria General la debida notificación; así como solicitar a todas las entidades e instituciones miembros, acrediten a sus representantes titulares y alternos ante la Comisión Ambiental Municipal. Artículo Cuarto.- ENCARGAR a la Oficina de Secretaria General la publicación del presente Decreto de Alcaldía y su anexo, en el diario oficial El Peruano Artículo Quinto.- ENCARGAR a la Unidad de Desarrollo Tecnológico la publicación del presente Decreto y sus anexos en el portal institucional de la Municipalidad de Villa El Salvador (www.munives.gob.pe). Regístrese, publíquese y cúmplase C. KEVIN YÑIGO PERALTA Alcalde ANEXO REPRESENTANTES DE ONGS, UNIVERSIDADES, EMPRESAS O ASOCIACIONES QUE FORMARÁN PARTE DE LA COMISIÓN AMBIENTAL MUNICIPAL ­ CAM DE VILLA EL SALVADOR PARA EL PERIODO 2019-2020 ONGs QUE TRABAJAN TEMAS AMBIENTALES EN EL DISTRITO - Fomento de Vida ­ FOVIDA - IPES ­ Promoción del Desarrollo Sostenible - Ciudad Saludable

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