Norma Legal Oficial del día 23 de enero del año 2020 (23/01/2020)


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NORMAS LEGALES

Jueves 23 de enero de 2020 /

El Peruano

7.1. Organizaciones Locales de Primer Nivel.Cualquier organización social ubicada en nuestro Distrito y que son reconocidas y registradas por la Municipalidad Distrital de Carmen de la Legua-Reynoso pertenecen al primer nivel. 7.2. Organizaciones de Segundo Nivel.- Son aquellas organizaciones constituidas por un mínimo del 30% de organizaciones locales de primer nivel que tengan los mismos fines y objetivos y que se encuentren previamente constituidas y reconocidas en el RUOS de la Municipalidad de Carmen de la Legua-Reynoso. CAPÍTULO III AUTONOMÍA ORGANIZACIONAL Y PERSONERÍA MUNICIPAL Artículo 8º.- Autonomía de la Organización Social. Se reconoce la autonomía de la Organización Social, respetándose los procedimientos y normas internas de la misma, quedando fuera del ámbito de competencia de la Ordenanza, aquellas situaciones de conflicto generadas en la vida social de la organización. Artículo 9º.- Personería Municipal de la Organización Social. La Organización Social, para la gestión y ejercicio ante el gobierno local de los derechos y deberes establecidos en la presente Ordenanza, deberá previamente contar con el Reconocimiento y Registro Municipal en el RUOS. CAPÍTULO IV DE LOS DERECHOS, OBLIGACIONES Y EFECTOS PARA LA PARTICIPACIÓN VECINAL QUE SE DERIVAN DEL RECONOCIMIENTO E INSCRIPCIÓN EN EL REGISTRO ÚNICO DE ORGANIZACIONES SOCIALES (RUOS). PROHIBICIONES Y RESTRICCIONES Artículo 10º.- De los Derechos que se derivan de la Inscripción en el RUOS. 10.1. Derecho de Participación Ciudadana.Las Organizaciones Sociales que hayan obtenido su reconocimiento y registro municipal, podrán ejercer los derechos de participación ciudadana a través de las formas y mecanismos previstos por la Constitución Política del Perú, Ley Orgánica de Municipalidades (Ley Nº 27972), la Ley de los Derechos de Participación y Control Ciudadano (Ley Nº 26300), y otros dispositivos legales vigentes. 10.2. Derecho de Participar en Instancias de Participación y Concertación de la Municipalidad de Carmen de la Legua-Reynoso.- Las Organizaciones Sociales registradas pueden ejercer su derecho a participar en el proceso de conformación del Consejo de Coordinación Local Distrital, en los proceso e instancias de concertación y coordinación, tales como de Planes de Desarrollo Concertado, Presupuesto Participativo, y Consejo de Desarrollo Local, de acuerdo a su respectiva normatividad, así como en otras instancias de participación, coordinación y concertación, de acuerdo a las normas específicas vigentes. La Subgerencia de Participación Ciudadana promoverá acciones de difusión, capacitación y registro de las organizaciones sociales. Artículo 11º.- Obligaciones de las Organizaciones Sociales. Son obligaciones de las Organizaciones Sociales inscritas en el RUOS, respetar y cumplir con las normas que se derivan de la presente Ordenanza y todas aquellas que regulan la participación vecinal y el desarrollo local. Artículo 12º.- Efectos de la Inscripción. Aceptada la solicitud, verificado los requisitos y cumplido con los procedimientos establecidos en la presente Ordenanza, la Gerencia de Desarrollo Humano emitirá la resolución correspondiente, entrega un ejemplar al representante de la organización y otra a la subgerencia de participación ciudadana encargada del RUOS.

A partir de su inscripción en el RUOS las Organizaciones Sociales obtienen su Personería Municipal y podrán ejercer todo los derechos y deberes que se establece en la presente Ordenanza. Artículo 13º.- Cancelación de Inscripción en caso de detectar falsedad de los documentos. Los documentos requeridos en los procedimientos señalados en la presente Ordenanza tienen carácter de declaración Jurada, si se detectara la falsedad de uno de los documentos, se suspenderá el proceso o cancela de oficio el reconocimiento de la inscripción de la organización y determina la aplicación de las sanciones que por ley correspondan. CAPÍTULO V DEL REGISTRO ÚNICO DE ORGANIZACIONES SOCIALES (RUOS) Artículo 14º.- Definición. El Registro Único de Organizaciones Sociales RUOS, es el sistema y proceso de reconocimiento y registro, a cargo de la Municipalidad de Carmen de la LeguaReynoso, en sus respectivos niveles y tipos de las Organizaciones Sociales ubicadas en la jurisdicción del Distrito. Artículo 15º.- El Registro Único de Organizaciones Sociales - RUOS. El Registro Único de Organizaciones sociales, está constituido por libros para cada tipo y nivel de organización social clasificados por su especialidad y/o naturaleza. El RUOS también dispondrá de una plataforma electrónica que contendrá la información de las organizaciones registradas, denominándose RUOS-CDLR. Artículo 16º.- Información mínima que debe contener los Libros del RUOS. Los Libros del Registro Único de Organizaciones Sociales deben de contener como mínimo la siguiente información. 16.1. Asiento Principal de Inscripción.- Contiene la información que se requiere para la primera inscripción de la organización. a) Numero de Inscripción de la organización b) Fecha de Inscripción c) Nivel y tipo de organización d) Nombre o denominación e) Domicilio de la organización f) Fecha de fundación de la organización g) Número de Asociados o miembros de la organización h) Señalar los fines y objetivos de la organización según estatuto (Resumen) i) Relación de los integrantes del Órgano Directivo j) Fecha de inicio y termino del mandato del órgano directivo k) Numero de Resolución que reconoce a la organización y junta directiva. 16.2. Asiento secundario de Inscripción.- Contendrá los actos que realice la organización con posterioridad a su inscripción en el RUOS.: a) Cambio de nombre o denominación b) Cambio de Domicilio c) Aumento o disminución del número de miembros. d) Renovación del Órgano Directivo y/o complementación. e) Modificación parcial del estatuto. f) Otros actos que no modifiquen la esencia de la organización. CAPÍTULO VI DEL RECONOCIMIENTO Y REGISTRO MUNICIPAL DE LAS ORGANIZACIONES SOCIALES Artículo 17º.- Responsables del reconocimiento y registro de las organizaciones sociales.

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