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19 NORMAS LEGALES Sábado 25 de enero de 2020 El Peruano / de Economía y Finanzas, a la ciudad de Nueva York, Estados Unidos de América, del 28 al 31 de enero del 2020, para los fi nes expuestos en la parte considerativa de la presente resolución. Artículo 2.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente resolución, son con cargo al Presupuesto de la Unidad Ejecutora 001 – Administración General del Pliego Ministerio de Economía y Finanzas, de acuerdo con el siguiente detalle: Pasajes aéreos : US$ 1 920,63 Viáticos (1 + 1) : US$ 880,00 Artículo 3.- Dentro de los quince (15) días calendario siguientes de efectuado el viaje, el citado comisionado debe presentar ante la Titular de la Entidad un informe detallado, describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante el viaje autorizado. Artículo 4.- La presente Resolución Ministerial no otorga derecho a exoneración o liberación de impuestos de aduana de cualquier clase o denominación a favor del comisionado cuyo viaje se autoriza. Regístrese, comuníquese y publíquese.MARÍA ANTONIETA ALVA LUPERDI Ministra de Economía y Finanzas 1849291-1 Actualizan montos fijos vigentes aplicables a bienes sujetos al Sistema Específico del Impuesto Selectivo al Consumo RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 042-2020-EF/15 Lima, 24 de enero del 2020CONSIDERANDO:Que mediante Resolución Ministerial Nº 026- 2001-EF/15, y normas modi fi catorias, se establecen disposiciones para la aplicación de los factores de actualización monetaria de los montos fi jos del Sistema Especí fi co del Impuesto Selectivo al Consumo; Que el Artículo 2 de la citada Resolución Ministerial establece que los montos fi jos establecidos o actualizados en el Nuevo Apéndice III o Nuevo Apéndice IV, vigentes, pueden ser actualizados anualmente siempre que la variación porcentual del IPC sea igual o superior al uno por ciento (1%). Tratándose de los montos fi jos del Nuevo Apéndice III adicionalmente el ratio de volatilidad del IPC del rubro combustibles y lubricantes debe ser menor de 1,50; Que es conveniente actualizar los montos fi jos vigentes del Sistema Especí fi co del Impuesto Selectivo al Consumo; De conformidad con lo dispuesto en el Artículo 61 del Texto Único Ordenado de la Ley del Impuesto General a las Ventas e Impuesto Selectivo al Consumo, aprobado por el Decreto Supremo Nº 055-99-EF y la Resolución Ministerial Nº 026-2001-EF/15; SE RESUELVE:Artículo Único.- A partir del día siguiente de la fecha de publicación de la presente Resolución, los montos fi jos por concepto del Impuesto Selectivo al Consumo aplicables a los bienes sujetos al Sistema Especí fi co, contenidos en el Nuevo Apéndice IV del Texto Único Ordenado de la Ley del Impuesto General a las Ventas e Impuesto Selectivo al Consumo, aprobado por el Decreto Supremo Nº 055-99-EF, serán los señalados en el Anexo 1. Regístrese, comuníquese y publíquese.MARÍA ANTONIETA ALVA LUPERDI Ministra de Economía y FinanzasANEXO 1 NUEVO APÉNDICE IV B. PRODUCTOS AFECTOS A LA APLICACIÓN DEL MONTO FIJO: PARTIDAS ARANCELARIASPRODUCTOS SOLES 2402.20.10.00/ 2402.20.20.00Cigarrillos de tabaco negro y Cigarrillos de tabaco rubioS/ 0,32 por cigarrillo 2208.20.21.00 PiscoS/ 2,17 por litro D. PRODUCTOS SUJETOS ALTERNATIVAMENTE AL SISTEMA ESPECÍFICO (MONTO FIJO), AL VALOR O AL VALOR SEGÚN PRECIO DE VENTA AL PÚBLICO: (…) BIENES SISTEMAS Partidas ArancelariasProductosGrado AlcohólicoLiteral B del Nuevo Apéndice IV – Especí fi co (Monto Fijo) 2203.00.00.00 2204.10.00.00/2204.29.90.002205.10.00.00/2205.90.00.002206.00.00.002208.20.22.00/2208.70.90.002208.90.20.00/2208.90.90.00Líquidos alcohólicosMás de 20º S/ 3,47 por litro 1849291-2 INTERIOR Autorizan viaje de cadete de la Policía Nacional del Perú a España, por tratamiento médico altamente especializado RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 082-2020-IN Lima, 24 de enero de 2020 VISTOS, el O fi cio N° 068-2020-CG PNP/SECEJE- UTD.OR. de la Unidad de Trámite Documentario de la Secretaría Ejecutiva de la Policía Nacional del Perú y el Informe N° 000122-2020/IN/OGAJ de la O fi cina General de Asesoría Jurídica del Ministerio del Interior; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución de Gerencia General N° 0279-2019-IN-SALUDPOL-GG de fecha 13 de diciembre de 2019, la Gerencia General del Fondo de Aseguramiento en Salud de la Policía Nacional del Perú – SALUDPOL, autorizó la ampliación del fi nanciamiento del tratamiento médico altamente especializado en el extranjero del Cadete de la Policía Nacional del Perú Jean Carlo Miguel Carbajal Meza, a realizarse en la Clínica CEMTRO de la ciudad de Madrid del Reino de España, por el monto de € 80 000,00 (Ochenta mil y 00/100 Euros); Que, de acuerdo a lo informado por el Fondo de Aseguramiento en Salud de la Policía Nacional del Perú – SALUDPOL mediante Informe Técnico N° 098-2019-SALUDPOL-GG-DFPS/DGFO de fecha 24 de diciembre de 2019, se concluye que se debe autorizar el viaje a la ciudad de Madrid del Reino de España para continuar con el tratamiento altamente especializado del Cadete de la Policía Nacional del Perú Jean Carlo Miguel Carbajal Meza, por un período de noventa (90) días calendario, del 27 de enero al 25 de abril de 2020;