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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 29 DE ENERO DEL AÑO 2020 (29/01/2020)

CANTIDAD DE PAGINAS: 76

TEXTO PAGINA: 29

29 NORMAS LEGALES Miércoles 29 de enero de 2020 El Peruano / (4) Incumpla con la garantía ofertada para la fi cha- producto adjudicada, previa solicitud de la entidad contratante. (5) Uso indebido de acceso y contraseña.(6) Incumpla su obligación contractual, generando la resolución de la orden de compra o servicio, la misma que deberá estar consentida o fi rme. (7) Rechace la orden de compra o servicio, por un supuesto distinto al permitido en la documentación asociada, aplicable a cada Acuerdo Marco. (8) Incumpla ante la entidad contratante, la presentación de la carta de originalidad o documentación análoga; y, para los casos de importación, la documentación que acredite la procedencia legal de los bienes (comprobantes de pago válidos por la Superintendencia Nacional de Aduanas y Administración Tributaria, títulos valores como conocimientos de embarque o warrants, entre otros) según lo establecido en la documentación asociada, aplicable a cada Acuerdo Marco. (9) Cuando registre en la Plataforma de Catálogos Electrónicos, documentación no relacionada a la orden de compra o de servicio. (10) Contravenga la prohibición de con fi dencialidad de la información. (11) No remita la información solicitada dentro del plazo otorgado por PERÚ COMPRAS. (12) No otorgue las facilidades necesarias para la atención de visitas de PERÚ COMPRAS. (13) Restrinja la solicitud de proforma (solicitud de cotización) de bienes o servicios un número mayor de veces de las permitidas, según lo establecido en la documentación asociada aplicable a cada Acuerdo Marco. (14) No mantenga actualizados los estados de la orden de compra y/o servicio en la Plataforma de Catálogos Electrónicos, en tanto le corresponda su actualización. (15) No mantenga actualizado el correo electrónico registrado en la Plataforma de Catálogos Electrónicos. 7.2 La Exclusión de proveedores adjudicatarios en el marco de la gestión de los Catálogos Electrónicos En el marco de la gestión de los Catálogos Electrónicos, PERÚ COMPRAS, a través de la Dirección de Acuerdos Marco, ejecuta la exclusión del proveedor adjudicatario, como consecuencia de haber incurrido en alguno de los supuestos de exclusión detallados en la presente directiva, acorde con la normativa de contratación pública y/o la documentación asociada aplicable. 7.3 De la forma de ejecución de la exclusiónLas exclusiones en el Catálogo Electrónico se realizarán en forma automática o previa evaluación. 7.3.1 La exclusión será automática, cuando la Plataforma de Catálogos Electrónicos veri fi ca la ocurrencia de la causal e inmediatamente noti fi ca y ejecuta la exclusión. 7.3.2 La exclusión será previa evaluación, cuando con anterioridad a la noti fi cación y ejecución de la exclusión, la Dirección de Acuerdos Marco veri fi ca la ocurrencia de la causal. 7.4 De la temporalidad y alcance de las exclusionesConsiderando los ámbitos de tiempo y alcance, las exclusiones pueden clasi fi carse de la siguiente manera: i) Por el tiempo: Temporal: Por un determinado plazo.Defi nitiva: Por toda la vigencia del Acuerdo Marco. ii) Por el alcance: Parcial: Por un determinado Acuerdo Marco suscrito.Total: Por todos los Acuerdos Marco suscritos. Según las causales descritas en el numeral 7.1 de la presente directiva, el tiempo y el alcance de las exclusiones se determina conforme al siguiente detalle:CAUSALES DE EXCLUSIÓN TIEMPO ALCANCE a) Esté impedido para contratar con el Estado, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 11 del Texto Único Ordenado de la Ley Nº 30225.Por el plazo que dure el impedimento Todos los Acuerdos Marco b) Esté suspendido o inhabilitado, temporal o de fi nitivamente, para contratar con el Estado.Por el plazo que dure la suspensión o inhabilitación.Todos los Acuerdos Marco c) No cuente con inscripción vigente en el Registro Nacional de Proveedores – RNP.Por el plazo que deje de contar con el RNPTodos los Acuerdos Marco d) Al momento de su veri fi cación, cuente con deudas que lo registren en la categoría de pérdida en alguna de las categorías de clasi fi cación crediticia del deudor de la cartera de créditos en el Registro de la Superintendencia de Banca, Seguros y AFP (SBS).El plazo que dure la determinación de su clasi fi cación en estado de pérdida.Todos los Acuerdos Marco e) Al momento de su veri fi cación, no cuente: con el estado de contribuyente “activo” o con las condiciones de contribuyente “habido” o “pendiente”, en el Registro Único de Contribuyente - RUC, administrado por la SUNAT. Por el plazo que deje de contar con el estado de contribuyente “activo” o condiciones de “habido” o “pendiente”Todos los Acuerdos Marco f) Al momento de su veri fi cación, no cuente con al menos una de las actividades económicas (principal o adicionales) del Código de Clasi fi cación Internacional Industrial Uniforme – revisión vigente actualizada (CIIU), en la fi cha RUC administrada por la SUNAT, de acuerdo a lo establecido en cada documentación asociada.Por el plazo que no cuente con al menos una de las actividades económicas correspondientes.Del Acuerdo Marco materia de incumplimiento. g) Al momento de su veri fi cación, se encuentre omiso a la presentación de la declaración jurada anual del Impuesto a la Renta y de las declaraciones mensuales del Impuesto General a las Ventas e Impuesto a la Renta.Por el plazo que se encuentre omiso, según correspondaTodos los Acuerdos Marco h) Incumpla las condiciones contempladas en el Acuerdo Marco, conforme al siguiente detalle: (1) Cuando se incumpla la cláusula anticorrupción y/o el compromiso de integridad. Además, se considera bajo el presente supuesto la entrega de productos falsos, adulterados o de dudosa procedencia a la entidad contratante.Toda la vigencia del Acuerdo Marco.Todos los Acuerdos Marco (2) Cuando se incumpla las disposiciones y/o regulaciones obligatorias aplicables a su fabricación y/o comercialización en el país, por ejemplo, regulaciones medioambientales, de rotulado, entre otros; así como, los establecidos en las reglas y/o documentación asociada a cada Acuerdo Marco.Toda la vigencia del Acuerdo Marco.Del Acuerdo Marco correspondiente