Norma Legal Oficial del día 29 de enero del año 2020 (29/01/2020)


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TEXTO DE LA PÁGINA 40

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SE RESUELVE:

NORMAS LEGALES

Miércoles 29 de enero de 2020 /

El Peruano

Artículo Primero.- Prorrogar, a partir del 1 de febrero de 2020, con carácter de exclusividad y por el plazo de tres meses, para el juzgamiento de los funcionarios comprendidos en el artículo 99° de la Constitución Política del Estado; artículo 34°, numeral 4), del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial, y artículo 454° del Código Procesal Penal, cuyos procesos sean tramitados bajo los alcances del Código de Procedimientos Penales y Código Procesal Penal, los siguientes órganos jurisdiccionales: a) La Sala Penal Especial de la Corte Suprema de Justicia de la República; y, b) El Juzgado Supremo de Investigación Preparatoria. Artículo Segundo.- Transcribir la presente resolución a la Presidencia del Poder Judicial, Salas Penales de la Corte Suprema de Justicia de la República, Juzgado Supremo de Investigación Preparatoria, Ministerio Público, Oficina de Control de la Magistratura del Poder Judicial, Cortes Superiores de Justicia del país; y, a la Gerencia General del Poder Judicial, para su conocimiento y fines pertinentes. Regístrese, publíquese, comuníquese y cúmplase JOSÉ LUIS LECAROS CORNEJO Presidente 1849926-4

análisis y evaluación desarrollados respecto al ingreso de expedientes nuevos, carga procesal y producción jurisdiccional, la Oficina de Productividad Judicial puso a consideración de este Órgano de Gobierno la propuesta de prórroga de funcionamiento de los órganos jurisdiccionales transitorios en los mencionados Distritos Judiciales, la cual cuenta con la conformidad del Equipo Técnico Institucional de Implementación de la Nueva Ley Procesal del Trabajo, respecto a la prórroga de funcionamiento de órganos jurisdiccionales transitorios laborales. Tercero. Que, de otro lado, de la evaluación realizada a los órganos jurisdiccionales con vencimiento al 31 de enero de 2020, efectuada del avance ideal del 91% de la meta anual que debieron presentar al mes de noviembre del año 2019, el Jefe de la Oficina de Productividad Judicial informó lo siguiente: 1) Se observó la existencia de órganos jurisdiccionales permanentes y transitorios a cargo de la Comisión Nacional de Productividad Judicial que presentaron un avance inferior al 82%, por lo que recomendó que las Oficinas Desconcentradas de Control de la Magistratura verifiquen el bajo desempeño de estos; asimismo, recomendó que las Comisiones Distritales de Productividad Judicial efectúen el monitoreo exhaustivo del funcionamiento de sus respectivos órganos jurisdiccionales a fin de adoptar las acciones correspondientes que permitan dinamizar la descarga procesal. Los órganos jurisdiccionales con avance inferior al 82% se remiten por Anexo, estando exceptuados de esta relación las tres Salas Penales Especiales de Lima, un Juzgado de Turno Permanente de Lima y el 4° Juzgado Penal de Lima, cuya producción no puede ser medida bajo los estándares establecidos, por su naturaleza funcional. 2) El Juzgado Civil Transitorio de la Provincia de Chachapoyas, Corte Superior de Justicia de Amazonas, que tramita con turno cerrado los procesos de la especialidad civil y familia con excepción de los casos de violencia familiar, en apoyo al Juzgado Civil Permanente de la misma provincia, al mes de noviembre de 2019 resolvió 510 expedientes de una carga procesal de 1,031 expedientes, lo cual equivale a un avance del 85%, el cual fue menor al avance ideal del 91% que debió registrar al mes de noviembre del presente año; asimismo, el Juzgado Civil Permanente de Chachapoyas, que tramita expedientes de violencia familiar, resolvió durante el mismo período 1,376 expedientes de un total de 2,129, con lo cual alcanzó un avance de 229%, lo cual se debe al elevado ingreso de expedientes de violencia familiar con la Ley N° 30364, quedándole una carga pendiente de 576 expedientes; razón por la que recomienda que remita de manera aleatoria al Juzgado Civil Transitorio de la Provincia de Chachapoyas, toda la carga pendiente de la especialidad Contencioso Administrativo, Constitucional y de la subespecialidad contencioso administrativo laboral y previsional (PCALP). 3) El Juzgado Civil Transitorio de la Provincia de Huaraz, Corte Superior de Justicia de Ancash, que tramita con turno cerrado los procesos de la especialidad civil y de la subespecialidad contencioso administrativo laboral y previsional (PCALP), al mes de noviembre de 2019 resolvió 405 expedientes de una carga procesal de 966 expedientes, lo cual equivale a un avance del 90%; mientras que el 1° y 2° Juzgados Civiles Permanentes de Huaraz, durante el mismo período, resolvieron en promedio 481 expedientes de una carga procesal promedio de 922 expedientes, con lo cual alcanzaron un avance promedio del 96%, registrando en conjunto ambos órganos jurisdiccionales permanentes una carga pendiente de 487 expedientes; razón por la que recomienda que cada uno redistribuya como máximo 100 expedientes al Juzgado Civil Transitorio de la Provincia de Huaraz. 4) El Juzgado Civil Transitorio de la Provincia de Barranca, Corte Superior de Justicia de Huaura, que tramita con turno cerrado los procesos de la especialidad civil y laboral, al mes de noviembre de 2019 resolvió 356 expedientes de una carga procesal de 884 expedientes, lo cual equivale a un avance del 59%, el cual fue menor al avance ideal del 91% que debió registrar al mes de

Prorrogan funcionamiento de diversos órganos jurisdiccionales transitorios
RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA N° 036-2020-CE-PJ Lima, 22 de enero de 2020 VISTO: El Oficio N° 016-2020-OPJ-CNPJ-CE-PJ que adjunta el Informe N° 001-2020-OPJ-CNPJ-CE/PJ, cursado por el Jefe de la Oficina de Productividad Judicial. CONSIDERANDO: Primero. Que, mediante Resoluciones Administrativas Nros. 258, 343, 382, 390, 434, 465 y 472-2019-CEPJ, se prorrogó el funcionamiento de diversos órganos jurisdiccionales transitorios que se encuentran bajo la competencia de la Comisión Nacional de Productividad Judicial, hasta el 31 de enero de 2020, disponiéndose además que las Comisiones Distritales de Productividad Judicial cumplan con monitorear el funcionamiento de la producción de los órganos jurisdiccionales transitorios de descarga procesal; así como emitir informe de la labor realizada por los órganos jurisdiccionales permanentes y transitorios. Segundo. Que, por Oficio N° 016-2020-OPJ-CNPJCE-PJ que adjunta el Informe N° 001-2020-OPJ-CNPJCE/PJ, el Jefe de la Oficina de Productividad Judicial elevó a la Presidencia de este Órgano de Gobierno propuesta de prórroga de órganos jurisdiccionales transitorios de las Cortes Superiores de Justicia cuyo plazo de funcionamiento se encuentra vigente hasta el 31 de enero de 2020. Dicha evaluación se efectuó en base a la información estadística registrada y disponible en los Sistemas Informáticos del Poder Judicial, correspondiente al período de enero a noviembre de 2019, considerando que el avance ideal al mes de noviembre de cada año debe ser el 91% de la meta anual. En ese sentido, se ha establecido la capacidad operativa de cada Corte Superior de Justicia en la administración de órganos jurisdiccionales y la optimización de recursos para la mejora de la productividad y eficiencia a nivel nacional, teniendo en cuenta la escasez de recursos presupuestales disponibles. Por lo que siendo así, y conforme al

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