Norma Legal Oficial del día 29 de enero del año 2020 (29/01/2020)


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NORMAS LEGALES

Miércoles 29 de enero de 2020 /

El Peruano

Provincia de Chiclayo, que al mes de noviembre 2019 asciende a 5,430 expedientes. 10) Mediante el artículo vigesimoprimero de la Resolución Administrativa N° 434-2019-CE-PJ, se dispuso que el Presidente de la Corte Superior de Justicia de Lambayeque, entre otros, informe al Presidente de la Comisión Nacional de Productividad Judicial sobre los motivos por los cuales el Juzgado Civil Transitorio de Cutervo, teniendo un Cuadro para Asignación de Personal de siete plazas, resolvió una cantidad de expedientes menor a lo resuelto por el Juzgado Civil Permanente de la misma provincia, pese a que este tiene un Cuadro para Asignación de Personal de cuatro plazas; al respecto, con Oficio N° 2384-2019-P-CSJLA/PJ la Presidencia de la Corte Superior de Justicia de Lambayeque remitió a la Oficina de Productividad Judicial el Oficio N° 027-2019/ JCTC-MEZC, suscrito por el magistrado del Juzgado Civil Transitorio de Cutervo, en el cual explica las razones por las que ha venido registrando un bajo nivel resolutivo, señalando dicha presidencia de corte que con la remisión del oficio cursado por el magistrado se da cumplimiento a lo ordenado en el artículo vigesimoprimero de la Resolución Administrativa N° 434-2019-CE-PJ; sin embargo, la presidencia de corte no se ha pronunciado respecto a la problemática del juzgado; así como sobre las acciones adoptadas para subsanarlas. En tal sentido, en cumplimiento a lo dispuesto en el artículo vigesimoprimero de la Resolución Administrativa N° 434-2019-CE-PJ, recomienda que la Presidencia de la Corte Superior de Justicia de Lambayeque remita al Presidente de la Comisión Nacional de Productividad Judicial un informe donde se pronuncie sobre las acciones adoptadas para subsanar las deficiencias y limitaciones informadas por el magistrado del Juzgado Civil Transitorio de Cutervo. 11) El Presidente de la 1° Sala Laboral Transitoria de Lima, mediante Oficio N° 10-2019-SLT-NLPT-CSJLI/ AAUM, ha solicitado que se evalúe la conversión de plazas de Asistente Judicial a Especialista Legal o en su defecto se disponga la reasignación de por lo menos dos plazas de otros órganos transitorios a esta Sala Laboral Transitoria para atender la carga asignada; asimismo, con Oficio N° 655-2019-P-ETII.NLPT-CE-PJ, el Consejero Responsable del Equipo Técnico Institucional de Implementación de la Nueva Ley Procesal del Trabajo recomendando entre otros aspectos, se solicite a la Gerencia General del Poder Judicial que evalúe la factibilidad de modificar el Cuadro para Asignación de Personal de la Sala Laboral Transitoria de Lima, a fin de incorporar una plaza de Secretario Judicial y dos plazas de Asistentes Judiciales en condición de previstas. Al respecto, mediante el artículo octavo de la Resolución Administrativa N° 501-2019-CE-PJ de fecha 18 de diciembre de 2019, se ha dispuesto convertir y reubicar, a partir del 1 de febrero hasta el 31 de julio de 2020, la Sala Penal Liquidadora Transitoria de San Juan de Lurigancho, Corte Superior de Justicia de Lima Este, que cuenta con un Cuadro para Asignación de Personal (CAP) de diecisiete plazas, hacia la Corte Superior de Justicia de Loreto como Sala Civil Transitoria de la Provincia de Maynas, y considerando que la Sala Civil Permanente de Maynas cuenta con un Cuadro para Asignación de Personal (CAP) de catorce plazas, recomienda reubicar una plaza de Secretario Judicial y dos plazas de Asistentes Judiciales de la Sala Penal Liquidadora Transitoria de San Juan de Lurigancho, Corte Superior de Justicia de Lima Este, hacia 1° Sala Laboral Transitoria de la Corte Superior de Justicia de Lima. 12) Mediante el artículo tercero de la Resolución Administrativa N° 315-2019-CE-PJ se dispuso que para la evaluación de las futuras prórrogas del 16° y 17° Juzgados de Trabajo Transitorios de Lima, que tramitan con turno cerrado procesos de la subespecialidad contencioso administrativo laboral (PCAL), se tome en cuenta que dichos juzgados transitorios y los permanentes de la misma especialidad resuelvan por encima del estándar

de producción (82 expedientes mensuales, sin considerar las improcedencias); razón por la cual, recomienda que para la evaluación de las futuras prórrogas del 9° Juzgado de Trabajo Transitorio de la Corte Superior de Justicia de Lima, así como del 2° Juzgado de Trabajo Transitorio que entrarán en funcionamiento a partir del 1 de febrero de 2020, también se aplique el mismo parámetro de producción. 13) El 9° Juzgado de Trabajo Transitorio de la Corte Superior de Justicia de Lima, que tramita con turno cerrado expedientes de la subespecialidad Contencioso Administrativo Laboral (PCAL) y de manera exclusiva la liquidación de procesos por los Ceses Colectivos (Ley Nº 27803) en dicha Corte Superior, al mes de noviembre de 2019 registró un avance del 39%, cifra muy inferior al avance del 91%, siendo preciso señalar que debido al bajo nivel resolutivo que desde meses atrás ha venido registrando este órgano jurisdiccional transitorio, se dispuso mediante el artículo sétimo de la Resolución Administrativa N° 299-2019-CE-PJ que el Presidente de la Corte Superior de Justicia de Lima, evalúe la idoneidad del magistrado a cargo del 9° Juzgado de Trabajo Transitorio de Lima a efecto de disponer su reemplazo y de ser el caso también del personal jurisdiccional a cargo; así como que informe al Presidente de la Comisión Nacional de Productividad Judicial sobre las acciones adoptadas, informe que aún no ha sido recibido. 14) La Sala Civil Descentralizada Transitoria del Distrito de Chorrillos, Corte Superior de Justicia de Lima Sur, que tramita con turno abierto los procesos de la especialidad civil, familia y laboral, al mes de noviembre de 2019 resolvió 891 expedientes de una carga procesal de 1,403 expedientes, lo cual equivale a un avance del 76%, cifra que es menor al avance del 91% que debe registrarse al mes de noviembre de cada año. De igual manera, la Sala Penal Transitoria del Distrito de Villa María del Triunfo funciona con turno cerrado, al mes de noviembre de 2019 resolvió 359 expedientes de una carga procesal de 932 expedientes, con lo cual obtuvo un bajo avance del 60%; situación similar a la que presentó la Sala Penal Permanente del Distrito de Villa María del Triunfo al resolver durante el mismo período 282 expedientes de una carga procesal de 1,417 expedientes, presentando un avance de 47%, razón por la cual se observa que tanto la Sala Penal Permanente como la Sala Penal Transitoria del Distrito de Villa María del Triunfo registraron en su producción un atraso mayor a dos meses respecto al avance ideal del 91% que debe registrarse al mes de noviembre de cada año. Al respecto, mediante resolución de fecha 24 de setiembre de 2019, correspondiente al Correlativo N° 549686-2019, el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial dispuso que el Jefe de la Oficina Desconcentrada de Control de la Magistratura de la Corte Superior de Justicia de Lima Sur y el Presidente de dicha Corte Superior informen en un plazo no mayor a quince días calendario sobre el bajo nivel resolutivo de la Sala Civil Descentralizada Transitoria de Chorrillos y la evaluación de idoneidad de los magistrados y del personal jurisdiccional de dicha Sala Transitoria de Chorrillos; y que el Presidente de la Corte Superior de Justicia de Lima Sur informe en un plazo no mayor a quince días calendario sobre las acciones de administración adoptadas para dar mayor celeridad a los procesos penales a cargo de la Sala Penal Permanente de Villa María del Triunfo; sin embargo, a la fecha aún no se han recibido los informes de la Oficina Desconcentrada de Control de la Magistratura ni de la Presidencia de la referida Corte Superior. 15) El Juzgado Civil Transitorio de la Provincia de Mariscal Cáceres, Corte Superior de Justicia de San Martín, que inició su funcionamiento el 1 de abril de 2019 que tramita con turno cerrado los procesos de la especialidad civil y familia, al mes de noviembre de 2019 registró 523 expedientes resueltos de una carga procesal de 900, con lo cual obtuvo un avance de 120%; asimismo, el Juzgado Mixto Permanente de dicha provincia, resolvió durante el

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